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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2009 (22/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de mayo de 2009 396283 y productos cárnicos cocidos de cerdo” procedente de los Estados Unidos de América de acuerdo al texto siguiente: “La carne de cerdo utilizada en estos productos fueron sometidos a uno o más de los tratamientos especifi cados en la Sección 318.10 (c) de CFR, para la destrucción de la triquina” Artículo 2°.- Disponer la emisión de los nuevos Permisos Zoosanitarios de Importación a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 3°.- El Servicio Nacional de Sanidad Agraria –SENASA, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fi n de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR M. DOMINGUEZ FALCON Director General Dirección de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 350167-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para llevar a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 074-2009-MINCETUR Lima, 21 de mayo de 2009 Visto el Ofi cio Nº 250-2009-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, acorde con sus funciones, PROMPERÚ tiene previsto llevar a cabo el evento “Puerta a Puerta - Reino Unido”, a realizarse en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 15 al 19 de junio de 2009, dirigido a tour operadores y a profesionales del turismo que venden o tienen previsto vender el destino Perú, evento en el que mediante reuniones de trabajo y negociaciones directas con los tour operadores y agentes de viajes visitados, se realiza la difusión personalizada del destino Perú; Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim y Liz Carolina Chuecas Gatty, quienes prestan servicios en la Sub Dirección de Promoción del Turismo Receptivo, a la ciudad de Londres, para que en representación de la entidad, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en el evento antes mencionado; Que, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre ellas, los viajes que se efectúan para acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con la citada Ley Nº 29289, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las señoras Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim y Liz Carolina Chuecas Gatty, a la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 13 al 20 de junio de 2009, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento “Puerta a Puerta - Reino Unido”, a realizarse en dicha ciudad. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Martha Elisabeth Quezada Bamberger de Hakim: - Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US$ 1 820,00 - Pasajes Aéreos : US$ 2 116,00 - Tarifa Corpac : US$ 31,00 Liz Carolina Chuecas Gatty: - Viáticos (US$ 260,00 x 7 días) : US$ 1 820,00 - Pasajes Aéreos : US$ 2 111,00 - Tarifa Corpac : US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza en el artículo 1º de la presente Resolución, presentarán a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento en el que participarán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 351226-13 DEFENSA Aprueban Reglamento de Visita y Permanencia de Buques de Guerra Extranjeros a Puertos Nacionales y Tránsito por Aguas bajo el Dominio Marítimo del Perú DECRETO SUPREMO Nº 013-2009-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 004-77-MA de fecha 22 de marzo de 1977 se aprobó el Reglamento de Visita y Permanencia de Buques de Guerra Extranjeros a Puertos Nacionales y Tránsito por Aguas Bajo la Soberanía y Jurisdicción del Perú y sus modifi catorias por Decreto Supremo N° 004-84-MA de fecha 27 de febrero de 1984, Decreto Supremo N° 080-MGP de fecha 26 de octubre de 1993, Decreto Supremo N° 006-DE/MGP de fecha 2 de febrero de 1998 y Decreto Supremo N° 017-DE/MGP de fecha 15 de marzo de 2000; Que, la fi nalidad del referido reglamento es establecer y regular la visita y permanencia de Buques de Guerra Extranjeros en aguas del Dominio Marítimo; señalando las normas y procedimientos para su autorización de ingreso y las que deberán observar los citados buques en el desarrollo de sus actividades dentro del territorio nacional; Que, mediante Ley N° 27856, modifi cado con Ley N° 28899, se establece los Requisitos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, indicando que el ingreso de