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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2009 (22/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de mayo de 2009 396285 relacionados con su ámbito; tiene como atribuciones, programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la Gestión del Proceso Presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, es necesario modifi car la fecha de presentación de la Evaluación Presupuestaria y de la Evaluación de los Indicadores de Desempeño a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Contraloría General de la República, a cargo de los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, dispuesta por el artículo 15º de la Directiva Nº 006-2008-EF/76.01 – Directiva para la Evaluación Semestral y Anual de los Presupuestos Institucionales de las Entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para el Año Fiscal 2008; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 183 – Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas y la Resolución Vice Ministerial Nº 148-99-EF/13.03 - Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas y normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la administración Financiera del Sector Público y los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto Público; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car la fecha dispuesta por el artículo 15º de la Directiva Nº 006-2008-EF/76.01, relativa a la remisión de la Evaluación Presupuestaria y de la Evaluación de los Indicadores de Desempeño a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Contraloría General de la República, a cargo de los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, hasta el 25 de mayo de 2009. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público 351225-1 EDUCACION Incorporan a institución educativa pública al Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0134-2009-ED Lima, 11 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2009 se crea en el Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, el cual comprende acciones de rehabilitación, remodelación y equipamiento de su infraestructura educativa, autorizándose su implementación; Que, de conformidad con el artículo 7º del citado Decreto de Urgencia, se establece que por Resolución Ministerial del Sector Educación, se podrá incorporar otras instituciones educativas al Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias; Que, por Decreto de Urgencia Nº 011-2009 se establece el fi nanciamiento para el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias; Que, la Ofi cina de Infraestructura Educativa ha propuesto la incorporación de una Institución Educativa Pública al referido Programa; y, De conformidad con la Ley Nº 28411, la Ley Nº 29289, el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Incorporar al Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias la siguiente Institución Educativa Pública: II.EE. REGIÓN PROVINCIA DISTRITO Colegio Militar Leoncio Prado Callao Callao La Perla Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 351098-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban modificación de Contratos de Concesión Nºs. 129-98 y 198- 2002, suscritos con EDEGEL S.A.A. y Quitaracsa S.A. Empresa de Generación Eléctrica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2009-EM Lima, 19 de marzo de 2009 VISTOS: El Expediente Nº 11082197, organizado por EDEGEL S.A.A., sobre concesión defi nitiva para desarrollar las actividades de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Chimay; y la solicitud de modifi cación del Contrato de Concesión Nº 129-98, presentada el 5 de noviembre de 2007; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 035-99-EM, publicada el 25 de febrero de 1999, EDEGEL S.A.A. es titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Chimay, asumiendo los derechos y obligaciones derivados del Contrato de Concesión Nº 129-98, elevado a Escritura Pública el 8 de mayo de 2001; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 070-2001- EM, publicada el 17 de abril de 2001, se aprobó a favor de EDEGEL S.A.A. el Addendum Nº 129-98-1 que modifi ca el Contrato de Concesión Nº 129-98; Que, con fecha 5 de noviembre de 2007, bajo el registro Nº 1732112 EDEGEL S.A.A. solicitó la modifi cación del Contrato de Concesión Nº 129-98, a fi n de precisar la ubicación geográfi ca y actualizar los datos consignados e incluir en él los planos de ubicación y del área de la poligonal de la concesión, con sus correspondientes coordenadas UTM PSAD56; Que, EDEGEL S.A.A. ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refi ere el Informe Nº 005-2009- DGE-DCE, siendo procedente aprobar la modifi cación al Contrato de Concesión Nº 129-98, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53º y el artículo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación al Contrato de Concesión Nº 129-98, en los aspectos referidos al numeral 1.2 de la Cláusula Primera, la Cláusula Tercera, el numeral 9.5 de la Cláusula Novena y el literal f) del Anexo Nº 02, relativo a la concesión defi nitiva de generación de la Central Hidroeléctrica Chimay, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la modifi cación al Contrato de Concesión Nº 129-98, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente.