Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2009 (22/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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Que, a la fecha, el administrado no ha cumplido con subsanar las observaciones formuladas mediante Oficios N° 6609-PRODUCE/DGEPP-Dch y N° 1533-2009PRODUCE/DGEPP-Dch por lo que habiendose paralizado el procedimiento administrativo por mas de treinta (30) dias por causas imputables al solicitante, corresponde declarar el abandono del citado procedimiento administrativo iniciado por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano en sus Informes N° 648 Y 700-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dch de fechas 20 de octubre y 11 de noviembre del 2008, respectivamente, e Informe N° 197 -2009-PRODUCE/ DGEPP-Dch de fecha 30 de marzo del 2009, y con la opinion de la instancia legal pertinente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el procedimiento administrativo N° 31 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial N° 341-2005-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; y el literal c) del Articulo 21° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo correspondiente a la Autorizacion para la Operacion de planta de procesamiento pesquero con fines de investigacion y capacitacion que cuenten con MORDAZA de Verificacion Ambiental, solicitada por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A.C a traves del escrito del visto, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Directoral. Articulo 2°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia y a la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria asimismo debera consignarse en la pagina web del MORDAZA del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

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Otorgan licencia a Sermarsu S.A.C. para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos con destino al consumo humano directo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 322-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 05 de MORDAZA del 2009 Visto los escritos con Registro N° 00023346-2009 y 00028901-2009, de fechas 30 de marzo y 16 de MORDAZA del 2009, respectivamente, presentados por la empresa SERMARSU S.A.C. CONSIDERANDO: Que los articulos 43° inciso d), y 46° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales y para la operacion de plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos se requiere de la autorizacion y licencia correspondiente, las que constituyen derechos que el Ministerio de la Produccion, otorga a nivel nacional; Que el articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de la capacidad de operacion del establecimiento industrial y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento;

Que mediante Resolucion Directoral N° 441-2008PRODUCE/DGEPP de 11 de agosto del 2008, se otorgo a SERMARSU S.A.C. autorizacion para la instalacion de un establecimiento industrial pesquero para desarrollar la actividad de procesamiento pesquero, a traves de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, a instalarse en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA D, Mz. B lote N° 08 ­ 09, MORDAZA Industrial Municipal N° 02, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura; Que mediante los escritos del visto, la empresa SERMARSU S.A.C. solicita se le otorgue licencia para la operacion de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial pesquero citado en el considerando precedente; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, mediante MORDAZA de Verificacion N° 0032009-PRODUCE/DIGAAP de fecha 06 de marzo del 2009, senala que la empresa SERMARSU S.A.C., ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion presentadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de congelado de productos hidrobiologicos; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP mediante Protocolo Sanitario para Licencia de Operacion N° PTL-002-09-CG-SANIPES del 12 de febrero del 2009, precisa que la citada planta de congelado se adecua a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, segun lo establecido en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo N° 040-2001-PE; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se desprende que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento N° 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009PRODUCE, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero en el Informe N°239-2009PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en los articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los articulos 49°, 53° numeral 53.1 y 54° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedimiento N° 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2006PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa SERMARSU S.A.C. licencia para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, con destino al consumo humano directo, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA D, Mz. B lote N° 08 ­ 09, MORDAZA Industrial Municipal N° 02, distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA, con las siguientes capacidades instaladas: Congelado Almacenamiento de producto congelado : 39.42 t/dia : 600 t

Articulo 2°.- La empresa SERMARSU S.A.C., debera operar su planta de congelado de productos hidrobiologicos, con sujecion a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de seguridad del control del MORDAZA que garantice la sanidad y la optima calidad del producto final, conforme dispone el Decreto Supremo N° 040-2001-PE, asi como debera implementar los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria segun la MORDAZA de Verificacion N° 003-2009-PRODUCE/DIGAAP de fecha 06 de marzo del 2009.

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