Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2009 (22/05/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

396284

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 22 de MORDAZA de 2009

tropas extranjeras al territorio nacional es autorizado por el Congreso de la Republica mediante Resolucion Legislativa y el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del estado peruano, es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial; Que, la promulgacion de las citadas leyes ha ocasionado la desactualizacion del reglamento senalado en el primer considerando, haciendose necesario concordar su contenido a las nuevas normas y procedimientos vigentes que regulan el ingreso de tropas extranjeras y de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA al territorio de la Republica; por lo que es conveniente su actualizacion; Que, la Seccion VII, Capitulo II, parte "D", De la Navegacion del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2001-DE/SG de fecha 25 de MORDAZA de 2001, establece disposiciones relativas al arribo y zarpe de buques de MORDAZA de bandera extranjera; que se hace necesario concordar en el MORDAZA texto de reglamento presentado; Que, el Articulo 86° del Reglamento de Recepcion y Despacho de Naves en los Puertos de la Republica del Peru, REDENAVES, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2005-MTC de fecha 13 de junio de 2005, establece que las visitas de los buques de MORDAZA de bandera extranjera son reguladas por el Ministerio de Defensa; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 118° Inciso (8) de la Constitucion Politica del Peru; Estando a lo opinado por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto de la disposicion Aprobar el Reglamento de Visita y Permanencia de Buques de MORDAZA Extranjeros a Puertos Nacionales y MORDAZA por Aguas bajo el Dominio Maritimo del Peru, que consta de CINCO (5) Titulos, DIECISIETE (17) Capitulos, NOVENTA Y NUEVE (99) Articulos y DOCE (12) Anexos, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. El texto del referido reglamento y sus anexos, se publicaran en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe). Articulo 2°.- Deroga dispositivos legales Deroguese el Decreto Supremo N° 004-77-MA de fecha 22 de marzo de 1977, sus modificatorias y todas aquellas normas que se opongan al presente Decreto Supremo. Articulo 3°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

metodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversion Publica; Que, los literales f. y m. del numeral 3.2 del articulo 3º del Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 102-2007EF, senalan que la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico establece los niveles minimos de estudios de preinversion que requieren los Proyectos de Inversion Publica, asi como las metodologias generales y especificas para la formulacion y evaluacion de proyectos, normas tecnicas y parametros de evaluacion; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley Nº 27293 y modificatorias, normas reglamentarias y complementarias, y las Resoluciones Ministeriales Nos. 158-2001-EF-15 y 052-2009-EF/43; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion del Perfil Estandarizado para los Proyectos de Inversion Publica de Rehabilitacion de Carreteras 1.1. Aprobar el Perfil Estandarizado para los Proyectos de Inversion Publica de Rehabilitacion de Carreteras, que como Anexo forma parte de la presente Resolucion, elaborado en coordinacion con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 1.2. El Perfil Estandarizado a que se refiere el numeral precedente, solamente es aplicable para los Proyectos cuyos montos de inversion, a precios de MORDAZA, MORDAZA superiores a S/. 1'200,000.00 (Un Millon Doscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles). 1.3. Los Proyectos de Inversion Publica cuyos Perfiles cumplan con lo dispuesto en los numerales precedentes podran ser declarados viables solamente con ese nivel de estudio, debiendo ser evaluados en el plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles, a partir de la recepcion del Perfil. Articulo 2º.-Prohibicion de aplicacion indebida del Perfil Estandarizado aprobado por la presente Resolucion Directoral El Perfil Estandarizado aprobado por la presente Resolucion Directoral no puede ser aplicado para la formulacion de proyectos cuya ejecucion o la elaboracion de estudios definitivos, expedientes tecnicos o el equivalente se MORDAZA iniciado MORDAZA de la vigencia de la presente MORDAZA sin haber contado con los estudios de preinversion respectivos; ni para los proyectos que hayan sido evaluados y rechazados, bajo responsabilidad de la Unidad Formuladora y de la Oficina de Programacion e Inversiones que evalue dichos proyectos. Articulo 3º.- Publicacion El Anexo aprobado por la presente Resolucion Directoral, se publicara en la pagina web de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico (http://www. mef.gob.pe/DGPM). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico

350760-1 351226-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Perfil Estandarizado para los Proyectos de Inversion Publica de Rehabilitacion de Carreteras
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 007-2009-EF/68.01
MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3º de la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversion Publica dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, es la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica. Dicta las normas tecnicas,

Modifican fecha para la remision de la Evaluacion Presupuestaria y de la Evaluacion de los Indicadores de Desempeno a que se refiere la Directiva Nº 006-2008-EF/76.01
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 023-2009-EF/76.01 MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 CONSIDERANDO: Que, el articulo 13º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con lo establecido en los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que la Direccion Nacional del Presupuesto Publico es el organo rector y constituye la mas alta autoridad tecnico normativa del Sistema Nacional del Presupuesto, dicta las normas y establece los procedimientos

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.