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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2009 (22/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de mayo de 2009 396290 a efectuar las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN AURORA VILDOSO CHIRINOS Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 351099-1 PRODUCE Autorizan viaje de funcionaria del IMARPE para participar en las reuniones anuales de la CIAT y APICD que se realizarán en los EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2009-PRODUCE Lima, 21 de mayo de 2009 VISTOS: el Informe Técnico N° OPP-007-2009- PRODUCE/IMP del Instituto del Mar del Perú, el Informe (viaje) N° 067-2009-PRODUCE/OGPP-Octai de la Ofi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, y el Informe Nº 041-2009-PRODUCE/OGAJ-imatias de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 30 de marzo de 2009 la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) comunicó a los Comisionados de la CIAT y Gobiernos Miembros del Acuerdo del Programa Internacional para la Conservación de los Delfi nes (APICD) la realización de las reuniones anuales de la CIAT y APICD, las cuales han sido programadas del 4 al 12 de junio de 2009, en la ciudad de La Jolla - California, Estados Unidos de América; Que, entre los principales logros obtenidos producto de la participación de la Delegación Peruana en las reuniones convocadas por la CIAT y APICD destacan: la incorporación del Perú a la CIAT, ii) haber conseguido una capacidad de acarreo para el Perú, para el corto y largo plazo que permitirá constituir una fl ota atunera peruana, iii) la participación de científi cos peruanos en los diferentes cruceros de evaluación de mamíferos marinos, iv) la obtención de información valiosa para el desarrollo de la pesquería del atún en nuestro país, v) contar con la mejor información científi ca disponible dentro de la Comunidad Científi ca Internacional, a fi n de cumplir con lo estipulado en el Artículo 4° sobre Investigación Científi ca, del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado según el Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE; Que, en tal sentido, se ha considerado de importancia para el Sector Producción, la participación de la Blga. Gladys Cárdenas Quintana, Jefa de Investigaciones de Recursos Neríticos Pelágicos del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) en las diferentes reuniones de los Grupos de Trabajo de la CIAT y el APICD, a fi n de promover e incrementar las actividades en la pesquería del atún de acuerdo con los lineamientos de política del Sector Pesquero respecto al “Desarrollo de Nuevas Pesquerías”, desarrollar estrategias en el corto y mediano plazo para que el Perú tenga una presencia importante en la pesquería de atunes y especies afi nes y además se continuará realizando trabajos de investigación científi ca conjunta con los científi cos de la CIAT, sobre la pesquería antes referida, mamíferos marinos especialmente delfi nes y disminución de la captura incidental de las tortugas marinas; Que, el Consejo Directivo del IMARPE, mediante Acuerdo N° 026-2009-CD/O adoptado en la Cuarta Sesión Ordinaria celebrada el 28 de abril de 2009, aprobó y autorizó la participación de la funcionaria antes mencionada, en las reuniones convocadas por la CIAT y el APICD del 4 al 12 de junio de 2009; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la Blga. Gladys Cárdenas Quintana, Jefa de Investigaciones de Recursos Neríticos Pelágicos del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), a la ciudad de La Jolla, California, Estados Unidos de América, del 3 al 13 de junio de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por el Pliego 240: Instituto del Mar del Perú (IMARPE), de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 542,66 Viáticos (US$ 220 x 9 días) US$ 1 980,00 TUUA Internacional US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la mencionada funcionaria deberá presentar a la Titular del Sector, con copia a su Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con la correspondiente rendición de cuentas. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 351226-10 Autorizan viaje a España de funcionaria del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú - ITP, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2009-PRODUCE Lima, 21 de mayo de 2009 VISTOS: el Ofi cio Nº 292-2009-ITP/DE de la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), el Informe Nº 022-2009-ITP/OPL de la Ofi cina de Planeamiento del ITP, el Informe Técnico Nº 001-2009-ITP/DIDT de la Dirección de Investigación y Desarrollo Tecnológico del ITP, el Memorando Nº 1220-2009-PRODUCE/DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería, el Informe (viaje) N° 059 -2009-PRODUCE/OGPP-Octai de la Ofi cina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y el Informe N° 038- 2009-PRODUCE/OGAJ-imatias, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción, creado por el Decreto Legislativo N° 92, cuya fi nalidad es promover y realizar investigaciones científi cas y tecnológicas con el propósito de lograr el óptimo aprovechamiento de los recursos hidrobiológicos y difundir sus resultados; Que, mediante Ley N° 28559, se creó el Servicio Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES, defi nido como la prestación dirigida a lograr una efi caz administración que establezca y mantenga procedimientos que promuevan y certifi quen la calidad de los recursos y productos pesqueros