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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de mayo de 2009 396618 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Quito, República de Ecuador, se llevará a cabo una reunión bilateral entre los Gobiernos del Perú y Ecuador, el día 29 de mayo de 2009, con el objeto de tratar entre otros asuntos, la problemática originada por las medidas correctivas aplicadas por el Ecuador, destinadas a corregir la situación de desequilibrio en su balanza de pagos desde enero de 2009; Que, en dicha reunión el Perú expresará su posición frente a la medida de salvaguardia adoptada por el Gobierno de Ecuador, la misma que viene afectando signifi cativamente los fl ujos de comercio que este país mantiene con sus socios andinos, en particular con el Perú, buscando establecer un espacio de diálogo y entendimiento al más alto nivel para una solución equilibrada y satisfactoria; Que, por tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior, ha solicitado que se autorice el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la ciudad de Quito, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, participe en dicha reunión; Que, el MINCETUR es el organismo público responsable de formular, proponer y evaluar la política de integración regional y subregional en los temas de la Agenda Comercial, en coordinación con los distintos sectores del Gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, con algunas excepciones, entre las que se encuentran los viajes que se efectúan en el marco de la negociación de acuerdos comerciales de importancia para el Perú; De conformidad con la Ley N° 29289 antes citada, la Ley N° 27790, de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, el día 29 de mayo de 2009, para que en representación del MINCETUR, participe en la reunión a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US $ 1 137,81 Viáticos : US $ 400,00 Tarifa CORPAC : US $ 31,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el funcionario cuyo viaje se autoriza mediante la presente resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Articulo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de la Producción, encargada de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción Encargada del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo 354147-11 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Bolivia y Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 484-2009-DE/SG Lima, 27 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº F-401 de fecha 20 de abril de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Bolivia sin armas de guerra; Que, mediante el Compromiso Conjunto N°4 del Acta Final de la XXXIV Conferencia Bilateral de Inteligencia realizada en Lima el año 2008, se acordó realizar la XXI Reunión Bilateral de Inteligencia entre la 1ra División de Viacha del Ejército de Bolivia y la 4ta Brigada de Montaña del Ejército del Perú, en la ciudad de Puno – Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República a los siguientes efectivos militares, del 28 al 29 de mayo de 2009, para participar en la XXI Reunión Bilateral de Inteligencia entre la 1ra División de Viacha del Ejército de Bolivia y la 4ta Brigada de Montaña del Ejército del Perú, a llevarse a cabo en la ciudad de Puno: 1) Gral Brig José Oscar Delgadillo Aguilar 2) Tte Crl DEM Juan A. Ampuero Gallardo 3) Tte Crl DEM José Toro Claure 4) Tte Crl DEM Sergio C. Orellana Centellas Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 353975-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 485-2009-DE/SG Lima, 28 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DGS) Nº F-443, F-444 y F-445 de fecha 05 de mayo de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia sin armas de guerra;