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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2009 (29/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de mayo de 2009 396633 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car la Resolución Directoral Nº 213- 2008-PRODUCE/DGEPP del 21 de abril del 2008, con el que se otorgó permiso de pesca a favor de la empresa PESQUERA SANTA ENMA S.A., para operar la embarcación pesquera ILEÑA I de matrícula CO-28571-PM y 297 m3 de capacidad de bodega con sistema de preservación RSW a bordo, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcación; entendiéndose que actualmente la embarcación ILEÑA I de matrícula CO-28571-PM cuenta con 479.60 m3 de capacidad de bodega, con acceso a la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto. Artículo 2º.- El permiso de pesca a que se refi ere el artículo 1º de la presente resolución, será ejercido conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2002- PRODUCE, que establece entre otros que el recurso sardina será destinado al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 3º.- Incorporar la presente Resolución, en los anexos correspondientes de los listados de embarcaciones pesqueras publicados por Resolución Ministerial Nº 084- 2007-PRODUCE y Resolución Ministerial Nº 086-2007- PRODUCE. Artículo 4º.- En virtud de haberse ejecutado, déjese sin efecto la autorización de incremento de fl ota otorgado por Resolución Directoral N° 825-2008-PRODUCE/DGEPP del 19 de diciembre del 2008. Artículo 5°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www. produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 353294-4 RELACIONES EXTERIORES Nombran a Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa del Brasil para que se desempeñe como Embajador Concurrente ante la República Cooperativa de Guyana RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 179-2009-RE Lima, 28 de mayo de 2009 VISTAS: La Resolución Suprema Nº 152-2007-RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa del Brasil, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Hugo Claudio De Zela Martínez; y, La Resolución Ministerial Nº 0968-2007-RE, que fi jó el 21 de agosto de 2007, como la fecha en que debió asumir funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa del Brasil; CONSIDERANDO: Que, el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Que, con el Memorándum (PRO) Nº PRO0366/2009, de 25 de mayo de 2009, la Dirección Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, informa que la República de Guyana ha otorgado el beneplácito de estilo para que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Hugo Claudio De Zela Martínez, se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República Cooperativa de Guyana, con residencia en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; De conformidad con los artículos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y los artículos 62º, 63º literal B) y 64º inciso a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa del Brasil, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Hugo Claudio De Zela Martínez, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Concurrente ante la República Cooperativa de Guyana, con residencia en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 354147-12 Autorizan viaje de funcionario diplomático a El Salvador a fin de participar en la Reunión Preparatoria de Altos Funcionarios y en la II Reunión Ministerial de la Iniciativa Caminos Hacia la Prosperidad en las Américas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0802/RE Lima, 22 de mayo de 2009 CONSIDERANDO: Que, del 30 al 31 de mayo de 2009 se llevarán a cabo en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, la Reunión Preparatoria de Altos Funcionarios y la II Reunión Ministerial de la Iniciativa Caminos Hacia la Prosperidad en las Américas, con el objetivo de acordar la agenda de la citada reunión y el Proyecto de Declaración Ministerial, respectivamente; Que, la Cancillería ha venido participando de manera regular y activa en las Reuniones de la Iniciativa Caminos Hacia la Prosperidad en las Américas, teniendo en cuenta la importancia que tienen los acuerdos de libre comercio para la Política Exterior del Perú; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha estimado conveniente designar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, para que participe en la Reunión Preparatoria de Altos Funcionarios y la II Reunión Ministerial de la Iniciativa Caminos Hacia la Prosperidad en las Américas; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Subsecretaría de Asuntos Económicos Nº SAE0324/2009, de 18 de mayo de 2009; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que