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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2009 (29/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de mayo de 2009 396632 Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2009- PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor del señor TEODORO SANTAMARIA SANTISTEBAN, el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcación pesquera de madera denominada ”MARIA MERCEDES III” de matrícula Nº PL-5139-CM, con 57.42 m3 de capacidad de bodega, sólo en la extracción de anchoveta y sardina, y en los demás términos y condiciones en que fue otorgado. Artículo 2º .- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a JOSE RAUL SANTAMARIA CHAPOÑAN, a través de la Resolución Directoral Nº 066-2000-PRE/P, para operar la embarcación pesquera denominada MARIA MERCEDES III de matrícula Nº PL-5139-CM. Artículo 3°.- Consignar al señor TEODORO SANTAMARIA SANTISTEBAN, como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera ”MARIA MERCEDES III” de matrícula Nº PL-5139-CM, así como la presente Resolución al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, excluyendo a JOSE RAUL SANTAMARIA CHAPOÑAN y la Resolución Directoral Nº 066-2000-PRE/P, de dicho Anexo. Artículo 4º .- El permiso de pesca a que se refi ere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE. Artículo 5°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO A. ESPINO SANCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 353294-8 Modifican la R.D. Nº 213-2008-PRODUCE/ DGEPP, mediante la cual se otorgó permiso de pesca a favor de Pesquera Santa Enma S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 316-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 29 de abril del 2009 Visto los escritos de registro Nº 00027678 de fechas 14, 23, 27 y 28 de abril del 2009, presentados por la empresa PESQUERA SANTA ENMA S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que en el caso de recursos hidrobiológicos que se encuentren plenamente explotados, el Ministerio de Pesquería no autorizará incrementos de fl ota ni otorgará permisos de pesca que concedan acceso a esas pesquerías, bajo responsabilidad; salvo que se sustituya igual capacidad de bodega de la fl ota existente en la pesquería de los mismos recursos hidrobiológicos; Que mediante Resolución Directoral Nº 213-2008- PRODUCE/DGEPP del 21 de abril del 2008, se otorgó a favor de la empresa PESQUERA SANTA ENMA S.A., permiso de pesca para operar la embarcación pesquera denominada ILEÑA I de matrícula CO-28571-PM con 297 m3 de volumen de bodega, con sistema de preservación a bordo RSW, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm) de longitud de abertura de malla, respectivamente, en el ámbito nacional y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que a través de la Resolución Directoral Nº 825-2008- PRODUCE/DGEPP del 19 de diciembre del 2008, se otorgó a la empresa PESQUERA SANTA ENMA S.A. autorización de incremento de fl ota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcación ILEÑA 1 de matrícula CO-28571- PM de 297 m3 de capacidad de bodega con sistema de preservación RSW y con permiso de pesca para la extracción de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, según lo otorgado por Resolución Directoral Nº 213-2008-PRODUCE/DGEPP, hasta 479.61 m3, vía sustitución y acumulación de la capacidad de bodega (182.61 m3) y el derecho administrativo con acceso a los recursos anchoveta y sardina proveniente de la embarcación pesquera siniestrada con pérdida total denominada NAPO 4 de matrícula CO-2448-PM; Que a través de los escritos del visto, la empresa PESQUERA SANTA ENMA S.A. solicita la modifi cación del permiso de pesca de la embarcación ILEÑA I de matrícula CO-28571-PM, en el extremo referido a la capacidad de bodega, de 297 m3 hasta 479.60 m3, en virtud a la autorización de incremento de fl ota otorgado por Resolución Directoral Nº 825-2008-PRODUCE/DGEPP. A continuación se detalla la presentación de los siguientes documentos: Que del Certifi cado Compendioso de Dominio expedido por la Zona Registral Nº IX – Sede Lima del 16 de abril del 2009 (Partida Nº 12142585), se desprende que el BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS S.A. es la propietaria de la embarcación pesquera ILEÑA I de matrícula CO- 28571-PM; fi gurando además el contrato de arrendamiento Financiero celebrado entre el banco antes señalado y la empresa Chillón Almacenes Generales S.A.C. Sin embargo, a efectos de acreditar la posesión de la embarcación Pesquera Santa Enma S.A., adjunta Copia del Contrato de Asociación en Participación y de Transferencia de Posesión y Fianza Solidaria de fecha 28/04/09, elevado a Escritura Pública ante el Notario Público Eduardo Laos de Lama, celebrado entre la Empresa CHILLON ALMACENES GENERALES SAC (ASOCIADA) y PESQUERA SANTA ENMA S.A. (ASOCIANTE) con intervención del BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS; mediante el cual se desprende que la ASOCIADA transfi ere la posesión de la embarcación pesquera ILEÑA I a favor de la ASOCIANTE con permiso de pesca otorgado por RD 213-2008-PRODUCE/ DGEPP; facultándose en dicho Contrato para que la ASOCIANTE –PESQUERA SANTA ENMA S.A. solicite ante el Ministerio de la Producción el incremento de la capacidad de bodega de la embarcación ILEÑA 1 de 297 m3 a 479.61 m3, así como su respectivo permiso de pesca; Que de acuerdo a la evaluación de los documentos presentados, se observa que la administrada ha presentado los requisitos acorde a su solicitud, encontrándose éstos conforme a los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del TUPA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE; además se observa que la misma, acredita tener la posesión de la embarcación pesquera ILEÑA I de matrícula CO-28571-PM, y que además acreditan que dicha embarcación ha sido objeto de modifi cación estructural y de incremento de capacidad de bodega a 479.60 m3, según consta en el Certifi cado de Arqueo Nº DI-08010227-06-01 de fecha 1 de abril del 2009,y el Certifi cado de Matrícula expedido por la Capitanía de Puerto del Callao con fecha 8 de abril del 2009; por lo que es procedente atender la solicitud de la administrada; en consecuencia corresponde modifi car el permiso de pesca de la embarcación ILEÑA I de matrícula CO-28571-PM, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la misma, entendiéndose que la nueva capacidad de bodega de la referida embarcación es de 479.60 m3, con acceso a los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 456-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009- PRODUCE, Ley Nº 27444 General del Procedimiento Administrativo;