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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2009 (29/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de mayo de 2009 396621 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 354147-3 Aprueban transferencias de concesiones definitivas para desarrollar actividades de transmisión y generación de energía eléctrica a favor de Chinango S.A.C. RESOLUCIÓN SUPREMA N° 036-2009-EM Lima, 28 de mayo de 2009 VISTO: El Expediente Nº 14085698 sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, organizado por Edegel S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008822 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral Lima; y la solicitud de transferencia de concesión, presentada el 21 de enero de 2009; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Suprema Nº 108-98- EM, publicada el 24 de octubre de 1998, se otorgó a favor de Edegel S.A.A. la concesión defi nitiva para realizar la actividad de transmisión de energía eléctrica en las Líneas de Transmisión en 220 kV SE Chimay – SE Yanango y SE Yanango – SE Pachachaca, ubicadas en la provincias de Jauja, Chanchamayo, Tarma y Yauli, departamento de Junín, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 134-98; Que, mediante el documento presentado el 21 de enero de 2009, ingresado bajo el Registro Nº 1853466, Edegel S.A.A. solicitó a la Dirección General de Electricidad se apruebe la transferencia de la concesión defi nitiva para el desarrollo de la actividad de transmisión referida de manera precedente, a favor de la empresa Chinango S.A.C., sociedad inscrita en el Asiento A00001 de la Partida Electrónica Nº 12136598 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral Lima; Que, como sustento de su solicitud, presentó el Contrato de Cesión de Posición Contractual y de Transferencia de Servidumbres, suscrito el 01 de febrero de 2009 entre Edegel S.A.A. y Chinango S.A.C., mediante el cual aquella cedió a favor de ésta su posición contractual en el Contrato de Concesión Nº 134-98, en los términos y condiciones de dicho contrato, con lo cual Chinango S.A.C. debiera tenerse como titular de la concesión defi nitiva de transmisión de energía eléctrica en en las Líneas de Transmisión en 220 kV SE Chimay – SE Yanango y SE Yanango – SE Pachachaca; Que, mediante el documento con registro de ingreso N° 1879962, Edegel S.A.A. precisó que la fecha de entrada en vigencia de la reorganización simple a la que se hace referencia en el contrato citado en el considerando precedente es el 31 de mayo de 2009, motivo por el cual requirió que la aprobación de la transferencia solicitada surta efectos a partir de dicha fecha; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1436° del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se defi nen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, la citada solicitud cumple con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 061-2006-EM, y estando a lo dispuesto por el artículo 1436° del Código Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesión a Chinango S.A.C., quien deberá elevar el Contrato de Cesión de Posición Contractual a Escritura Pública, incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe Nº 133-2009-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 1435° y 1436° del Código Civil, en el segundo párrafo del artículo 53° y en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en las Líneas de Transmisión en 220 kV SE Chimay – SE Yanango y SE Yanango – SE Pachachaca, que efectúa Edegel S.A.A. a favor de Chinango S.A.C. por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Tener como titular de la concesión mencionada en el artículo precedente a Chinango S.A.C. a partir del 31 de mayo de 2009, quien asumirá en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones que aparecen en el Contrato de Concesión Nº 134-98. Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá ser incorporado en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Cesión de Posición Contractual mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 354147-7 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 037-2009-EM Lima, 28 de mayo de 2009 VISTO: El Expediente Nº 11068096 sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, organizado por Edegel S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008822 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral Lima; y la solicitud de transferencia de concesión, presentada el 21 de enero de 2009; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Suprema Nº 081-96- EM, emitida el 05 de noviembre de 1996, se otorgó a favor de Compañía Minera San Ignacio de Morococha S.A. la concesión defi nitiva para realizar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Yanango, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 092-96; Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 035-98-EM, publicada el 08 de abril de 1998, se aprobó la transferencia de la concesión antes referida a favor de Edegel S.A.A., quien asumió los derechos y obligaciones relativos a dicha concesión; Que, mediante el documento presentado el 21 de enero de 2009, ingresado bajo el Registro Nº 1853467, Edegel S.A.A. solicitó a la Dirección General de Electricidad se apruebe la transferencia de la concesión defi nitiva para el desarrollo de la actividad de generación en la Central Hidroeléctrica Yanango, a favor de la empresa Chinango S.A.C., sociedad inscrita en el Asiento A00001 de la Partida Electrónica Nº 12136598 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral Lima;