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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de mayo de 2009 396763 Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$3 194,96x2) : US $ 6389,92 Viáticos (US$260,00x5 días x 2) : US $ 2600,00 Tarifa CORPAC (US$31,00x2) : US $ 62,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 354749-4 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 a favor del Ministerio de Agricultura DECRETO SUPREMO N° 120-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 57º del Decreto Supremo Nº 031- 2008-AG Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 997, establece que la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre es la encargada de proponer políticas, estrategias, normas, planes, programas y proyectos nacionales relacionados al aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, los recursos genéticos asociados en el ámbito de su competencia, en concordancia con la Política Nacional del Ambiente y la normatividad ambiental; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 28766, se aprobó el Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos - APC y por Resolución Legislativa Nº 29054, se aprobó el Protocolo de Enmienda al APC, en cuyo Anexo 18.3.4. denominado “Sobre el Manejo del Sector Forestal”, que establece, entre otras obligaciones del Estado Peruano, fortalecer la capacidad institucional para el cumplimiento de la ley forestal y el comercio internacional de productos forestales, combatir el comercio asociado a la tala ilegal y el comercio ilegal de fauna silvestre; Que, asimismo el numeral 3 inciso h (ii), del Anexo en mención, señala que el Perú deberá diseñar sistemas para verifi car el origen legal y la cadena de custodia para las especies de árboles enumerados por la CITES y para rastrear de manera confi able los especímenes de la extracción, hasta su transporte, procesamiento y exportación, incluidos los requisitos para la supervisión y el manejo y el mantenimiento de registros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2009-AG, se incorporan las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre al Ministerio de Agricultura, por lo que se constituyen en ofi cinas desconcentradas responsables del control y manejo forestal y que dependen jerárquicamente de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre; Que, en dicho contexto, es de interés nacional garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Peruano en el marco del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con los Estados Unidos de América y la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre – CITES; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos disponibles, que permiten fi nanciar en parte, los mencionados compromisos internacionales asumidos por el Estado Peruano; por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00) a favor del Pliego Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo establecido por el artículo 45° de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00), para fi nanciar en parte el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Peruano en el marco del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con los Estados Unidos de América y la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre – CITES, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia 30 000 000,00 -------------------- TOTAL 30 000 000,00 ============= A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 013 : Ministerio de Agricultura UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Agricultura - Administración Central FUNCIÓN 10 : Agropecuaria PROGRAMA FUNCIONAL 023 : Agrario SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0080 : Protección de Flora y Fauna ACTIVIDAD 000327 : Manejo Forestal FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO Y GENERICA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 1 Personal y Obligaciones Sociales 708 478,00 3 Bienes y Servicios 3 603 482,00 GASTOS DE CAPITAL 6 Adquisición de Activos No Financieros 3 284 100,00 -------------------- SUB-TOTAL 7 596 060,00 --------------------