Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2009 (31/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 31 de MORDAZA de 2009

de aplicacion automatica, resulta procedente autorizar la modificacion de la resolucion autoritativa por cambio de numero en la matricula de la embarcacion pesquera MORDAZA ES AMOR; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 415-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el procedimiento 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 176-2003-PRODUCE/DNEPP, en el extremo referido al numero en la matricula de la embarcacion pesquera MORDAZA ES MORDAZA, de 36.01 m3 de capacidad de bodega, la misma que a partir de la fecha sera PL-19023-CM. Articulo 2º.- Incorporar la matricula modificada PL19023-CM, de la embarcacion pesquera MORDAZA ES MORDAZA, al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE, en reemplazo de la anterior (PL-19016-CM). Articulo 3°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignese en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 353331-14

Aprueban cambio de titular de licencia de operacion para desarrollar actividades de procesamiento a favor de Procesadora de Productos Marinos S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 351-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2009 Visto el escrito de Registro Nº 00061735 de fecha 27 de marzo del 2009, presentado por la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A. CONSIDERANDO: Que, los articulos 207º, 208º y 211º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que el recurso de reconsideracion se interpondra ante el mismo organo que dicto el primer acto que es materia de la impugnacion y debe sustentarse en nueva prueba. El plazo para interponer este recurso es de quince (15) dias perentorios, y debe ser autorizado por letrado; Que, el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, indica que, durante la vigencia de la licencia de operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, a traves de Resolucion Directoral Nº 164-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 24 de marzo de 2008,

se otorgo a PESQUERA GENOVA S.A.C., licencia para operar una planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, con capacidad instalada de 50 t/h de procesamiento de materia prima, ubicada en el Pasaje MORDAZA MORDAZA, Sub Lote 2 A, MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que, por Resolucion Directoral Nº 190-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 19 de marzo del presente ano, se declaro improcedente la solicitud presentada por la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., para el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a PESQUERA GENOVA S.A.C. a traves de Resolucion Directoral Nº 164-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 24 de marzo de 2008, para operar una planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, instalada en el establecimiento industrial pesquero ubicado en el Pasaje MORDAZA MORDAZA, Sub Lote 2- A de la MORDAZA Industrial 27 de Octubre, distrito Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la misma; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos adjuntos como nueva prueba mediante escrito de registro Nº 00061735, se ha podido determinar que la recurrente ha cumplido con subsanar el requisito Nº 6 previsto en el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, toda vez que, el administrado ha cumplido con adjuntar la MORDAZA de la inscripcion ante Registros Publicos, del contrato de arrendamiento financiero celebrado entre el Banco de Credito y la empresa Procesadora de Productos Marinos S.A., la cual obra a fojas 123 del presente procedimiento administrativo. En ese sentido se debe declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 190-2009-PRODUCE/DGEPP; Que, por lo tanto al haber el administrado cumplido con presentar todos los requisitos previstos en el procedimiento Nº 29 del precitado MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, es pertinente aprobar el cambio de titular de licencia de operacion a favor de la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A.; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 368-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; y, En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE, de fecha 3 de MORDAZA del 2006; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la empresa PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., contra la Resolucion Directoral Nº 190-2009-PRODUCE/ DGEPP, de fecha 19 de marzo de 2009; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Aprobar a favor de PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., el cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a PESQUERA GENOVA S.A.C., por Resolucion Directoral Nº 164-2008-PRODUCE/ DGEPP, en virtud a los Contratos de Arrendamiento Financiero con Opcion de Compra de bienes muebles e inmuebles de la Unidad Productiva que celebran de una parte el Banco Credito y de la otra parte Procesadora de Productos Marinos S.A., inscritas en Partidas Registrales Nº 02001574 y Nº 11020515, de la Oficina

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