Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2009 (31/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 31 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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de matricula PL-4001-CM, al procedimiento de incremento de flota por guardar conexion. Articulo 2º.- Aprobar via regularizacion el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera EL AMIGO DEL MORDAZA, de matricula PL-4001-CM, a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA DE IPANAQUE. Articulo 3º.- Ratificar la aprobacion automatica recaida en la solicitud de modificacion de resolucion autoritativa por cambio de matricula de la embarcacion pesquera EL AMIGO DEL MORDAZA, de matricula PL-4001-CM. Articulo 4º.- Otorgar a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera de MORDAZA "EL AMIGO DEL GALILEO" con matricula PL-4001-CM de 37.00 m3 hasta 71.00 m3, via aplicacion de 34.00 m3 procedentes de la embarcacion pesquera de MORDAZA EL AMIGO DE MORDAZA de matricula PL-4161-BM, para la extraccion del recurso anchoveta para consumo humano directo e indirecto, y sardina para consumo humano directo, utilizando redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 1½ pulgadas (38 mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas de la costa. Articulo 5º.- La autorizacion otorgada en el Articulo 4º de la presente Resolucion, tendra vigencia por un plazo de veinticuatro (24) meses, y que por razones de caracter economico o por motivos de fuerza mayor debidamente acreditados pueden por unica vez ampliar el plazo por veinticuatro (24) meses improrrogables, debiendo ser solicitados dentro del plazo original, vencido el plazo inicial o la ampliacion, y de no haberse acreditado la construccion total de la embarcacion pesquera, la autorizacion de incremento de flota caducara de forma expresa por la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion. Asimismo, sera causal de caducidad de la autorizacion otorgada construir la embarcacion excediendo la capacidad de bodega autorizada y/o con caracteristicas a una embarcacion MORDAZA cerco. Articulo 6º.- Ejecutada la construccion de la nueva embarcacion pesquera dentro de los plazos previstos, los administrados deberan solicitar ante la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo MORDAZA de un (01) ano contada a partir de la acreditacion del termino de la construccion, vencido dicho plazo sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho, declarandose mediante Resolucion Directoral. Articulo 7º.- La embarcacion pesquera de MORDAZA "EL AMIGO DE DIOS" con matricula PL-4161-BM, de 34.00 m3, consignada en el Literal A del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 085-2007-PRODUCE, podra operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion de incremento de flota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca; sin perjuicio de lo MORDAZA senalado y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo N° 004-2007-PRODUCE. La citada embarcacion debera ser desguazada como requisito previo para solicitar el permiso de pesca de la nueva embarcacion. Articulo 8º.- Incorporar la autorizacion de incremento de flota contenida en la presente Resolucion en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 9º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 353331-13

Modifican R.D. Nº 176-2003-PRODUCE/ DNEPP en el extremo referido al numero de matricula de embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 350-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2009 Visto el Escrito de Registro Nº 00023946 de fecha 01 de MORDAZA del 2009 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA PINGO. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 176-2003PRODUCE/DNEPP, de fecha 01 de MORDAZA del 2003, se otorgo permiso de pesca entre otros al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA ES MORDAZA, con matricula PL-19016-CM, de Arqueo Neto 08.32, equivalente a 36.01 m3 de capacidad de bodega para dedicarla a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta con destino al consumo humano indirecto e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa para consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), y 1½ pulgadas (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que mediante oficio Nº V.200-1812 emitido por la Capitania de Guardacosta Maritima de MORDAZA, se informa que la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, ha establecido que el correcto numero de matricula que corresponde a la embarcacion pesquera MORDAZA ES MORDAZA, es PL-19023-CM, y al MORDAZA del numeral 1 del articulo 201º, que establece que los errores material o aritmetico, en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que el numeral 31.1 del articulo 31º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en el procedimiento de aprobacion automatica, la solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su MORDAZA ante la entidad competente para conocerla, siempre que cumpla con los requisitos y entregue la documentacion completa exigidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la entidad; Que la embarcacion pesquera MORDAZA ES MORDAZA, de matricula PL-19023-CM, se encuentra consignada en el Literal L, del Anexo II de la Resolucion Directoral Nº 482-2007-PRODUCE/DGEPP, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con 36.01 m3 de capacidad de bodega para la extraccion de los recursos anchoveta, jurel y caballa; Que por Resolucion Directoral Nº 083-2008PRODUCE/DGEPP se resolvio caducar los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la referida resolucion, Unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo e indirecto, encontrandose entre estas la embarcacion pesquera MORDAZA ES MORDAZA, de matricula PL19016-CM, hoy PL-19023-CM; Que, mediante escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita la modificacion de la resolucion autoritativa por cambio de numero en la matricula de la embarcacion pesquera MORDAZA ES MORDAZA, de matricula PL19016-CM por el actual de PL-19023-CM; Que, de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el escrito, se ha determinado que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y al ser este procedimiento uno

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