Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2009 (31/05/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 31 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

396809

a) Asistir a los talleres de trabajo, de capacitacion y demas convocatorias que se realicen durante el MORDAZA participativo. b) Proponer la ejecucion de proyectos de inversion o de servicios de interes publico, en funcion a necesidades de la poblacion y el distrito. c) Participar en la priorizacion de los proyectos seleccionados, en funcion al presupuesto disponible para inversion publica. d) Suscribir el acta de acuerdos y compromisos del Presupuesto Participativo. e) Participar en la eleccion del Comite de Vigilancia y Control. Articulo 12º.- Del Equipo Tecnico. El Equipo Tecnico tiene la mision de brindar soporte tecnico en el MORDAZA de planeamiento del desarrollo concertado y presupuesto participativo y desarrollar el trabajo de evaluacion tecnica. Asimismo, de armonizar la realizacion de acciones de capacitacion a los Agentes Participantes, y esta conformado por: a) Gerente de Planificacion, quien lo presidira. b) El Jefe del Equipo Funcional de Programacion de Inversiones, quien actuara como Secretario Tecnico. c) El Subgerente de Costos y Presupuesto. d) El Gerente de Obras y Servicios Publicos. e) El Gerente de Defensoria y Participacion Vecinal. Articulo 13º.- Funciones del Equipo Tecnico Las funciones del Equipo Tecnico, son: a) Brindar apoyo para la organizacion y ejecucion de las diferentes fases del MORDAZA del presupuesto participativo. b) Sistematizar la informacion relacionada y necesaria, para ser suministrada a los Agentes Participantes en el desarrollo de los talleres de trabajo, como para la formalizacion de los acuerdos. c) Consolidar los resultados tecnico-operativos de los talleres de trabajo del MORDAZA del presupuesto participativo. d) La preparacion y suministro de informacion, la evaluacion tecnica, la asesoria y el apoyo permanente al MORDAZA de planeamiento. e) Desarrollar la informacion tecnica y financiera de los proyectos, verificando que ellos correspondan al ambito de competencia del nivel de gobierno y los estandares tecnicos del Sistema Nacional de Inversion Publica - SNIP, cuando corresponda evaluar la viabilidad de los proyectos priorizados en los talleres de trabajo. f) Proponer al Consejo de Coordinacion Local Distrital ­ CCLD, las actividades, tareas y cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo. g) Sustentar la proyeccion economica y financiera de los recursos municipales y la determinacion de los montos de gastos de inversion, puestos a consideracion de los agentes participantes. h) Coordinar la ejecucion de las acciones de difusion y convocatoria del proceso. i) Preparar y presentar la lista de proyectos que superaron la evaluacion tecnica. j) Sistematizar la informacion y elaborar los instrumentos normativos y tecnicos que requiere el proceso. k) Otras funciones que le delegue el Alcalde. TITULO III Consejo de Coordinacion Local Distrital Articulo 14º.- Conformacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital. El Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores estara conformado por: a) El MORDAZA (quien lo preside), pudiendo delegar tal funcion en el MORDAZA Alcalde. b) Los nueve (9) Regidores Distritales. c) Cuatro (4) representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil. Articulo 15º.- De la vigencia de los representantes ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores.

Los representantes de la sociedad civil ejercen sus cargos por un periodo de dos (2) anos. Articulo 16º.- Funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital. Son funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital, en materia de presupuesto participativo, las siguientes: a) Verificar que el Presupuesto Participativo se sujete a los Planes de Desarrollo Concertado, a la Vision General y a los Lineamientos Estrategicos de los mismos. b) Participar y promover activamente el MORDAZA del Presupuesto Participativo, asi como atender a las convocatorias que realicen las autoridades de la Municipalidad. c) Coordinar con el Comite de Vigilancia el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo. d) Otras funciones que le encargue o solicite el Concejo Municipal. Articulo 17º.- Eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital. a) La convocatoria a elecciones de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, la realizara el MORDAZA de Miraflores, mediante Decreto de Alcaldia. b) La Gerencia de Defensoria y Participacion Vecinal, responsable del Libro de Registro Unico de Organizaciones Sociales, segun la Ordenanza Nº 275-MM, que aprueba el Reglamento del Registro Unico de Organizaciones Sociales (RUOS) del distrito de Miraflores, publicara el padron electoral dentro de los diez (10) dias de emitido el Decreto de Alcaldia de convocatoria a elecciones. Las organizaciones sociales inscritas en el RUOS, podran inscribir a sus representantes como candidatos hasta diez (10) dias habiles despues de publicado el padron electoral. c) Las impugnaciones a las candidaturas se presentaran ante la Gerencia de Defensoria y Participacion Vecinal, dentro de los dos (2) dias habiles posteriores al cierre de inscripciones de candidaturas. Al termino de dicho plazo, la mencionada Gerencia contara con dos (2) dias habiles para resolver las impugnaciones, emitiendo la Resolucion correspondiente, la misma que sera irrecurrible. Articulo 18º.- Del MORDAZA Electoral en si. El Comite Electoral estara conformado por la Gerencia de Defensoria y Participacion Vecinal (que lo preside), y las Gerencias de Desarrollo Social, y de Educacion. Tienen derecho a votar los representantes de las organizaciones inscritas en el Registro Unico de las Organizaciones Sociales. El dia de la eleccion, a la hora programada, los representantes presentes en el acto electoral recibiran una cedula de sufragio, donde emitiran su MORDAZA hasta por cuatro (4) candidatos. Seran proclamados los cuatro (4) candidatos que logren la mayor cantidad de votos. En caso de empate en el MORDAZA lugar se repetira la votacion solo entre los candidatos que hayan empatado. El Comite Electoral publicara los resultados de la votacion, en un plazo no mayor de dos (2) dias habiles. Articulo 19º.- De la Instalacion y Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital. a) El Consejo de Coordinacion Local Distrital se instalara cuando asi lo convoque el Alcalde. b) El Consejo de Coordinacion Local Distrital se reune ordinariamente dos (2) veces al ano, y extraordinariamente, cuando asi lo convoque el Alcalde. c) El quorum de sus sesiones se establece con la mitad mas uno (1) de sus miembros. De no alcanzar el quorum reglamentario, se realizara una nueva convocatoria en los siguientes treinta (30) minutos, iniciandose con los integrantes que estuvieran presentes. d) Los acuerdos que adopte el Consejo de Coordinacion Local Distrital, se obtendran mediante votacion mayoritaria entre sus integrantes. El Presidente del Consejo de Coordinacion Local Distrital tiene MORDAZA dirimente.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.