TEXTO PAGINA: 50
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de mayo de 2009 396808 a) Mejorar la efi ciencia en la asignación y ejecución de los recursos públicos, de acuerdo a las prioridades consideradas en el Plan de Desarrollo Concertado y los Planes Sectoriales y Nacionales, propiciando una cultura de responsabilidad fi scal, concertación y paz en la sociedad. b) Promover la democracia participativa y la descentralización de las decisiones de la gestión municipal en la inversión. c) Comprometer a la sociedad civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en la implementación de las acciones del estado y la sociedad en su conjunto. d) Fijar prioridades en la inversión pública, estableciendo un orden de prelación para la ejecución de los proyectos declarados viables, bajo las normas técnicas y procedimientos establecidos en la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública; así como garantizar la sostenibilidad de la inversión ya ejecutada, ya sea en el ejercicio fi scal actual o en los siguientes, según corresponda. e) Reforzar el seguimiento, control, vigilancia, monitoreo de la ejecución del presupuesto y fi scalización de la gestión por parte de la sociedad civil. El presupuesto participativo, fortalece la participación ciudadana consolidando los mecanismos de participación, vigilancia y control y rendición de cuentas. Para tal efecto, la Municipalidad promueve estrategias y mecanismos de participación individual y colectiva en la programación y ejecución presupuestaria, así como en la vigilancia de la gestión de los recursos del presupuesto local. Artículo 6º.- Alcances. La presente ordenanza precisa la naturaleza y alcances de los roles de los actores institucionales involucrados en el proceso del presupuesto participativo, en el distrito de Mirafl ores, para efecto de la formulación concertada del presupuesto municipal. CAPÍTULO TERCERO Principios Rectores del Presupuesto Participativo Artículo 7º.- El proceso del Presupuesto Participativo se rige por los siguientes principios: 7.1. Participación. La Municipalidad promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación ciudadana, en las fases de programación, seguimiento, fi scalización y evaluación de la gestión del gobierno; y de los planes, presupuestos y proyectos, en concordancia con las políticas de desarrollo nacional, regional y local. 7.2. Transparencia. El presupuesto participativo, se rige por las normas de transparencia y acceso a la información pública. 7.3. Igualdad. Las organizaciones de la sociedad y los vecinos tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, género, racial o de otra naturaleza, en el proceso del presupuesto participativo. 7.4. Tolerancia. Es la garantía de reconocimiento y respeto a la diversidad de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial para la construcción de consensos. 7.5. Efi cacia y efi ciencia. La Municipalidad organiza su gestión en torno a objetivos y metas establecidas en los planes concertados y presupuestos participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una óptima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos, normados por las instancias correspondientes. 7.6. Equidad. Las consideraciones de equidad son un componente constitutivo y orientador de la gestión local, sin ningún tipo de discriminación: (género, racial étnico, nivel socio económico, educativo, entre otros), igual acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. 7.7. Respeto a los Acuerdos. Los acuerdos que dan origen al Presupuesto Participativo tienen naturaleza vinculante para el Gobierno Local y las organizaciones de la Sociedad Civil involucradas, es decir, el presupuesto participativo compromete en su respeto y cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados a autoridades y ciudadanos. 7.8. Competitividad. Los gobiernos locales tienen como objetivo la gestión estratégica de la competitividad. Para ello promueven la producción y su articulación a los ejes de desarrollo o corredores económicos, así como la ampliación de mercados interno y externo, en un entorno de innovación, de calidad, de alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado. CAPÍTULO CUARTO De las Fuentes de Financiamiento y la distribución presupuestal Artículo 8º.- Fuentes de Financiamiento del Presupuesto Participativo. Las fuentes de fi nanciamiento del presupuesto participativo son: a) Los recursos propios. b) Las transferencias del presupuesto nacional por conceptos diversos. c) Los aportes directos de la cooperación internacional y/o a través de las organizaciones no gubernamentales. d) Eventualmente, los recursos de endeudamiento interno o externo. e) El sector privado, las organizaciones de la sociedad civil y la población en general. Artículo 9º.- Cobertura del Presupuesto Participativo. El monto destinado al presupuesto participativo será equivalente al cien por ciento de los importes que se consideren en el anteproyecto de presupuesto para el rubro de inversiones. Este monto será el resultante de la deducción de las obligaciones, teniendo en cuenta la realización de un proceso de optimización organizacional y funcional de la entidad, la cobertura de obligaciones continuas, el mantenimiento de la infraestructura existente y, la atención de proyectos en ejecución. TÍTULO II Agentes Participantes y Equipo Técnico Artículo 10º.- Agentes Participantes. Son agentes participantes quienes participan con voz y voto en la discusión y toma de decisiones del proceso del presupuesto participativo. Están conformados por: a) Los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital. b) Los miembros del Concejo Municipal. c) Representantes de las organizaciones de la sociedad civil, que se inscriben como agentes participantes del proceso participativo. d) Vecinos del distrito que se inscriben para participar en el proceso del presupuesto participativo. e) Representantes de instituciones públicas y privadas con sede en la jurisdicción de Mirafl ores, que se inscriben para participar en el proceso. Artículo 11º. – Responsabilidades de los Agentes Participantes. Las responsabilidades de los Agentes Participantes son: