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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2009 (31/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de mayo de 2009 396807 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital en Sesión Ordinaria de la fecha: Vistos, los Memorandos Nºs. 433-2009-GP/MM y 464-2009-GP/MM de fechas 05 y 21 de mayo del 2009, respectivamente, emitidos por la Gerencia de Planifi cación, mediante los cuales se remite al Proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso de Programación y Concertación del Presupuesto Participativo del distrito de Mirafl ores; CONSIDERANDO: Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. Así también, el artículo IX, establece que el Proceso de Planeación Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos; Que, conforme a lo prescrito en el artículo 53º de la antes referida ley, se dispone que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, en ese orden de ideas, el artículo 3º de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, señala que la ley tiene como finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad, para considerarlos en los presupuestos y promover su ejecución, a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible; Que, asimismo, el artículo 1º literal c) del Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056, establece que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado- Sociedad, mediante el cual se defi nen las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos; Que, los instructivos para el Proceso del Presupuesto Participativo establecen los mecanismos y pautas para el desarrollo del mismo, a fin de que en dicho proceso se determinen proyectos de inversión de impacto para el desarrollo regional o local, que solucionen problemas fundamentales evitando la dispersión o atomización en la asignación de los recursos públicos. Dicho proceso debe desarrollarse dentro de un enfoque de resultados, con la finalidad que las intervenciones del Estado se constituyan en soluciones a problemas fundamentales de la población del ámbito jurisdiccional correspondiente; Que, el literal g) del numeral 1) contenido en el Capítulo II del Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo aprobado mediante Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, publicado el 11 de abril de 2008, establece la aprobación de una ordenanza que reglamente el Proceso del Presupuesto Participativo del Año Fiscal correspondiente; Que, en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con la dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DE PROGRAMACIÓN Y CONCERTACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE MIRAFLORES TÍTULO I Generalidades CAPÍTULO PRIMERO Bases Constitucionales, Legales y Normativas Artículo 1º.- Bases constitucionales, legales y normativas de la presente Ordenanza Municipal. a) Constitución Política del Perú. b) Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralización. c) Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización. d) Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. e) Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. f) Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y Modifi catorias. g) Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo. h) Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01 que aprueba el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo”. i) Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, Precisan criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo. CAPÍTULO SEGUNDO Defi niciones, Finalidad, Objetivos y Alcances del Presupuesto Participativo Artículo 2º.- Defi niciones. Para efectos de la presente Ordenanza se considerará las defi niciones contenidas en el artículo 1º del Reglamento de la Ley Nº 28056, aprobado por Decreto Supremo Nº 171-2003-EF y el Glosario de Términos contenidos en el Anexo Nº 15 del Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01. Artículo 3º.- Finalidad. La presente Ordenanza Municipal tiene por fi nalidad normar la organización y dinámicas del proceso de interacción entre el Gobierno Local, los Agentes Participantes y la Sociedad Civil, con relación al proceso de presupuesto participativo. Artículo 4º.- Defi nición de Presupuesto Participativo. El presupuesto participativo es un proceso de múltiples dimensiones que comprende la construcción de ciudadanía, la reforma del Estado y el enfoque de buen gobierno. Desde la dimensión ciudadana, el presupuesto participativo promueve la participación y concertación en la toma de decisiones para la gestión del desarrollo local, fortaleciendo la cultura democrática. Desde la reforma del Estado, el presupuesto participativo es un proceso de gerencia pública moderna que busca la asignación equitativa, racional, efi ciente, eficaz y transparente de los recursos públicos. Desde el enfoque de buen gobierno, el presupuesto participativo es el ejercicio democrático, transparente, concertado, efi ciente y ordenado de la gestión pública; que busca elevar la calidad de vida de la población. La Municipalidad de Mirafl ores promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de su presupuesto, así como en la vigilancia, fi scalización y evaluación de la gestión de los recursos públicos. Artículo 5º.- Objetivos El Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos: