Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2009 (31/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 31 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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5. Otros documentos En esta estacion no se admitira debate. Articulo 36º.- Agenda La agenda es elaborada por Secretaria General por disposicion del MORDAZA, en el orden de ingreso. En el caso de los proyectos, pedidos e informes de los regidores estos se presentaran ante Secretaria General, con una anticipacion de dos dias habiles de la iniciacion de la sesion convocada. Articulo 37º.- Tramite del Despacho Leidos los documentos puestos a despacho o distribuido su texto a los regidores, el MORDAZA o quien presida ordenara el tramite que deba darse a cada uno de ellos y pasara a la Orden del Dia aquellos que requieran debate o pronunciamiento del Concejo. Articulo 38º.- Dispensa de Comisiones Cuando la naturaleza del MORDAZA o la urgencia del caso lo requiera, el Concejo Municipal podra dispensar del tramite de Comisiones Ordinarias, disponiendo su tratamiento en la estacion Orden del Dia. El autor o uno de los autores, en caso de ser varios, podra fundamentar su propuesta en un lapso que no excedera de diez minutos, en la estacion Orden del Dia. No podra dispensarse o exonerarse el tramite de comisiones para los asuntos que afecten las rentas de la Municipalidad. ESTACION DE INFORMES Y PEDIDOS Articulo 39º.- Informes Mediante Informes los regidores podran dar cuenta de las gestiones que les hubiera encargado el Concejo o el MORDAZA y, de aquellos asuntos relacionados con las funciones y atribuciones que les senala la ley, que consideren que deben ser puestos en conocimiento del Concejo. El Secretario General anotara los nombres de los regidores que soliciten el uso de la palabra; de acuerdo a la indicacion del MORDAZA y en estricto orden de solicitud. Articulo 40º.- Tiempo y tramite de los Informes Los informes seran breves y concretos y no excederan de cinco (5) minutos. Aquellos asuntos que por su naturaleza o importancia merecieran mayor debate, el MORDAZA o quien presida la sesion, dispondra que el Informe pase a la Orden del Dia. Cuando se trate de informes de una comision, lo efectuara su presidente o el regidor designado por el. Si hubiera informe en minoria lo efectuara quien lo suscribe. En estos casos, los Presidentes de Comision por excepcion podran solicitar se amplie dicho termino, por un MORDAZA de cinco (5) minutos. Articulo 41º.- Pedidos Los regidores podran formular los pedidos que estimen convenientes sobre asuntos que requieran el pronunciamiento del Concejo. Articulo 42º.- Tiempo y tramite de los pedidos Los regidores podran formular pedidos por escrito por intermedio de la Secretaria General, hasta un dia MORDAZA de la sesion. Los pedidos orales seran breves, concretos y no excederan de tres (3) minutos. El MORDAZA dispondra el tramite que se deba dar a cada pedido y pondra a consideracion del Concejo los que podrian requerir un inmediato pronunciamiento, pasando a la Orden del Dia aquellos que requieran de mayor fundamentacion y debate. Articulo 43º.- Duracion MORDAZA de la Estacion Esta estacion tendra una duracion MORDAZA de cuarenta y cinco (45) minutos, vencidos los cuales y aun cuando existan intervenciones pendientes se pasara a la Orden del Dia, quedando los informes y pedidos pendientes para la proxima sesion. Articulo 44º.- Explicaciones, informes por el MORDAZA aclaraciones e

El MORDAZA o quien presida la sesion puede dar las explicaciones, aclaraciones e informes necesarios a fin de atender los pedidos que los regidores formulen. Esta atribucion no se entiende como debate. ESTACION ORDEN DEL DIA Articulo 45º.- Inicio del Orden del Dia MORDAZA de iniciar la Orden del Dia, el MORDAZA, si lo considera necesario, dispondra que se pase lista, para verificar el quorum reglamentario, a efecto de proseguir la sesion. En la Orden del Dia se debatira y votara solamente los asuntos senalados en la Agenda y los que durante la sesion hubieran pasado a esta Estacion. El MORDAZA podra variar el orden de acuerdo a su naturaleza o urgencia. Articulo 46º.- Fundamentacion de los miembros del Concejo Durante la Estacion de Orden del Dia los regidores fundamentaran sus dictamenes, informes y pedidos que hubieran sido consignados en la agenda o hubieran pasado a esta estacion. Articulo 47º.- Debate Durante el debate, ningun regidor podra intervenir mas de dos veces sobre el mismo MORDAZA, excepto el autor del proyecto, dictamen o pedido para formular aclaraciones o responder preguntas sobre ellos. Si los autores fuesen varios regidores, designaran a uno para la sustentacion. Las intervenciones se referiran solamente a los asuntos en debate y no se admitira dialogo entre los regidores, quienes se dirigiran siempre al MORDAZA o a quien dirija la sesion. Articulo 48º.- Frases ofensivas Si en el debate se profiriesen frases o gestos ofensivos, inadecuados o inconvenientes, el MORDAZA llamara al orden al ofensor y de ser el caso, le pedira el retiro de las palabras, si no retira las palabras con las disculpas del caso, el MORDAZA invitara al ofensor a retirarse de la sala. Articulo 49º.- Tiempo de intervencion La intervencion de cada regidor en el debate no puede exceder de cinco (5) minutos. Si la naturaleza del MORDAZA lo hiciera conveniente, el MORDAZA determinara el tiempo adicional requerido. Articulo 50º.- Fijacion de puntos en debate El MORDAZA evitara que el debate derive a asuntos diferentes de los que se esta tratando. Si considera que el MORDAZA ha sido suficientemente tratado, MORDAZA por agotado el debate para someterlo a votacion. Por iniciativa del MORDAZA o a pedido de algun regidor, el Concejo puede suspender el debate de algun MORDAZA, cuando el caso lo amerite, a efectos de solicitar los informes o elementos de juicio que fueren necesarios; para tratarse en la siguiente sesion. Articulo 51º.- Llamado al orden Cuando un regidor se aparte del punto en debate, sera llamado al orden por el Alcalde. Si reincide puede ser retirado del uso de la palabra. Articulo 52º.- Autoria y formalidad de las propuestas Las propuestas se presentan por escrito debidamente sustentadas, fechadas y firmadas por su autor o autores, redactandose con precision y claridad su parte considerativa y resolutiva en los terminos requeridos para su aprobacion. Articulo 53º.- Mociones de Orden del Dia Las Mociones de Orden del Dia seran presentadas por escrito hasta MORDAZA de iniciada la sesion y se referiran exclusivamente a los puntos de debate y seran puestas en conocimiento del Concejo en orden de su presentacion. Articulo 54º.- Cuestion Previa Las cuestiones previas se plantean en cualquier momento del debate y MORDAZA de las votaciones, a efectos de llamar la atencion sobre un requisito de procedibilidad del debate o de la votacion, basado en hechos, o solicitar

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