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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de mayo de 2009 396800 Que, conforme a lo señalado en el artículo 9º numeral 12 de la Ley Orgánica de Municipalidades, se establece como atribución del Concejo aprobar por Ordenanza el Reglamento Interno del Concejo municipal, en concordancia con el numeral 3) del citado artículo que señala como otra atribución del Concejo aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 8) del referido artículo, es atribución del Concejo Municipal aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 016-MDLV de fecha 20 de marzo de 2003, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad de La Victoria; sin embargo en el marco de la normativa glosada corresponde aprobar el mismo a través de Ordenanza Municipal y resulta necesario, además, modifi car el texto y contenido del mismo por cuanto se encuentra desactualizado en relación a la vigente Ley Orgánica de Municipalidades y a los medios tecnológicos que pueden utilizarse como herramientas a favor de las labores del Concejo Municipal; Que, habiendo sido revisado y evaluado el texto propuesto del Reglamento Interno del Concejo – RIC – de la Municipalidad de La Victoria y tomando en cuenta las observaciones formuladas por los señores regidores en sesión ordinaria del 30 de abril de 2009, se encargó a la Secretaría General la incorporación de las mismas a fin de unificar el contenido de dicho instrumento, por lo que habiendo cumplido con lo dispuesto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972 –, el Concejo Distrital de La Victoria, por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL – RIC – DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento Interno del Concejo – RIC – de la Municipalidad Distrital de La Victoria, el mismo que consta de diez (10) capítulos, noventa y tres (93) artículos y tres (3) disposiciones fi nales, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Tecnología de la Información la publicación del la presente Ordenanza en el portal institucional de la entidad www. munilavictoria.gob.pe, efectuando las demás acciones que correspondan a su competencia. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde REGLAMENTO INTERNO – RIC- DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA VICTORIA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objeto El presente reglamento norma el régimen interior del Concejo de la Municipalidad de La Victoria, defi ne su organización y funcionamiento, establece los derechos y deberes de sus miembros, regula el procedimiento de las sesiones de Concejo y el funcionamiento de las respectivas comisiones de regidores. Artículo 2º.- Competencia y Funciones del Concejo Las competencias y funciones del Concejo están normadas en la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones legales pertinentes. Corresponde al Concejo las funciones normativas y fi scalizadoras. CAPÍTULO II DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO Artículo 3º.-Constitución del Concejo y número legal El Concejo está constituido por el Alcalde y los regidores, elegidos en sufragio directo por los vecinos del distrito. El número legal de sus miembros es de doce. Artículo 4º.- Funciones del Alcalde El Alcalde representa al vecindario. Es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Tiene las siguientes atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades: 1. Las establecidas en el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades. 2. Convoca, preside y da por concluidas las sesiones del Concejo Municipal. 3. Propone proyectos de ordenanzas y acuerdos elaborados por la función ejecutiva del Gobierno Local. 4. Formula su voto dirimente en caso de empate. 5. Tiene a su cargo la dirección en los debates y la prerrogativa de exigir a los regidores que se conduzcan con respeto y buenas maneras durante las sesiones. 6. Concede el uso de la palabra en los términos reglamentarios. 7. Exige a los regidores que no se desvíen de la cuestión materia de debate ni vuelvan a tratar sobre un debate que haya concluido. Puede suspender el uso de la palabra al Regidor que persista en esa actitud. 8. Exige el retiro de frases ofensivas proferidas contra los miembros del Concejo Municipal, contra los funcionarios y demás personas; proponiendo de ser necesario, las sanciones reglamentarias. 9. Ordena el desalojo de la Sala de Sesiones de personas extrañas a la sesión, cuya presencia perturbe el normal desarrollo de la misma. 10. Ordena el desalojo de la Sala de Sesiones cuando se produzcan desórdenes, sin perjuicio de la responsabilidad de los infractores. 11. Suspende la sesión hasta que se restablezca el orden en la Sala y convoca a los regidores para armonizar criterios sobre el normal desarrollo de las sesiones. 12. Dispone la publicación de los nombres de los regidores que no asisten puntualmente a las sesiones. Artículo 5º.- Delegación de atribuciones administrativas y políticas del Alcalde El Alcalde puede delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal. Son atribuciones políticas delegables las prescritas en los numerales 1, 2, 4, 5, 12, 13, 14, 21, 30, 32 y 34 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Las demás se consideran atribuciones administrativas. Artículo 6º.- Funciones de los regidores Los regidores desempeñan su función conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo 7º.- Atribuciones y Obligaciones de los regidores Los regidores son representantes de la comunidad de La Victoria y gozan de las prerrogativas y preeminencias que establece la ley. Tiene las siguientes atribuciones y obligaciones: a) Proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos b) Formular pedidos y mociones de orden del día c) Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del Alcalde d) Desempeñar funciones de fi scalización de la gestión municipal e) Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que determine el Reglamento Interno y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el Concejo Municipal. f) Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fi n de informar al Concejo Municipal y proponer la solución de problemas.