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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (27/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de noviembre de 2009 406795 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Establecen beneficio administrativo de regularización de licencia de construcción por obra nueva, ampliación, remodelación, demolición, refacción o modificación en los predios unifamiliares de la jurisdicción que cumplan con las normas de edificación vigentes ORDENANZA Nº 108-2009-MDC Cieneguilla, 12 de noviembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 0341-2009-GDU/MDC, de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, referente a la Ordenanza que establece el Benefi cio Administrativo de Regularización de Licencia de construcción por obra nueva, ampliación, remodelación, demolición, refacción o modifi cación en los Predios Unifamiliares de la Jurisdicción, que cumplan con las Normas de Edifi cación Vigentes; CONSIDERANDO: Que, según la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Constitución Política del Perú, regulan que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el Art. 79 numeral 3.6.2 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que son funciones especifi cas de las municipalidades en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de construcciones, remodelaciones o demolición de inmuebles y declaratoria de fábrica; Que, existe gran cantidad de edifi caciones que se han construído sin la debida autorización municipal, problemática dentro de la jurisdicción de Cieneguilla, que implica que el administrado construya irregular o antirreglamentariamente y evada sus obligaciones establecidas en los dispositivos legales de la corporación para acceder a una licencia de construcción, por lo que se ha considerado pertinente el facilitar oportunidades para regular la propiedad con opción de inscribir en el registro de propiedad inmueble de Lima; Que, según el Art. 34º de la Ley Nº 29090, regula que las Municipalidades, para incentivar la formalización de la propiedad predial en sus jurisdicciones o con fi nes de incentivar el desarrollo inmobiliario, podrán reducir, exonerar o fraccionar el pago de los derechos establecidos, en aplicación de lo establecido en el Art. 9 Numeral 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, la Regularización de Edifi caciones sin Licencia por amnistía conllevará: a) Regularizar y simplifi car el trámite de Licencia de construcción en Vías de Regularización de predios. b) Formalizar las edifi caciones construidas sin Licencia. c) Condonar y/o reducir las multas administrativas de acuerdo al área construida. Que, según el Artículo Nº 40 de la Ley Nº 27972 regula que mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran, Licencias, Derechos y Contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley; Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Informe Nº 275-2009-GAJ- MDC, el Concejo Municipal con la dispensa de lectura y aprobación del acta, aprobó por unanimidad, expidió la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO ADMINISTRATIVO DE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN POR OBRA NUEVA, AMPLIACIÓN, REMODELACIÓN, DEMOLICIÓN, REFACCIÓN O MODIFICACIÓN EN LOS PREDIOS UNIFAMILIARES DE LA JURISDICCIÓN QUE CUMPLAN CON LAS NORMAS DE EDIFICACIÓN VIGENTES Artículo Primero.- APROBAR, la Ordenanza que establece el Benefi cio Administrativo de Regularización de Licencia de Construcción por Obra Nueva, Ampliación, Remodelación, Demolición ,Refacción o Modifi cación en los Predios Unifamiliares de la Jurisdicción de Cieneguilla que no cuenten con la respectiva autorización siempre que cumplan con las normas de edifi cación vigentes, Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones, Decreto Supremo Nº 024 – 2008 – Vivienda – Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación; ordenanza que se encuentra constituida por 9 artículos y una Disposición Final : Alcances, Generalidades, Procedimientos, Benefi cios, Requisitos administrativos y técnicos, Pagos, Impedimentos y vigencia, que corren como anexo, formando parte de de la presente ordenanza . Artículo Segundo.- DISPONER, la vigencia de la presente Ordenanza por 60 días calendario, a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- FACULTESE, al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente y prorrogue el plazo de la presente Ordenanza si fuera necesario. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a Secretaria General disponga su publicación de la Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en los medios de comunicación de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde ANEXO ORDENANZA QUE ESTABLECE EL BENEFICIO ADMINISTRATIVO DE REGULARIZACIÓN DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN POR OBRA NUEVA, AMPLIACIÓN, REMODELACIÓN, DEMOLICIÓN, REFACCIÓN O MODIFICACIÓN EN LOS PREDIOS UNIFAMILIARES DE LA JURISDICCIÓN QUE CUMPLAN CON LAS NORMAS DE EDIFICACIÓN VIGENTES ALCANCES Artículo 1º.- Es de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas, dentro del Distrito de Cieneguilla, que sean propietarios de construcciones de obra nueva, ampliación, remodelación, demolición, refacción o modifi cación en los Predios Unifamiliares de la jurisdicción de Cieneguilla que hayan sido efectuadas sin Licencia de Obra después del 20 de julio de 1999, hasta la fecha de publicación de la presente Ordenanza. GENERALIDADES Artículo 2º.- Para aplicación de la presente Ordenanza, se tendrá en consideración las defi niciones siguientes: • Edifi cación.- Obra de carácter permanente, cuyo destino es albergar actividades humanas. Comprende las actividades inherentes a su uso específi co. • Regularización.- Procedimiento para formalizar de acuerdo con una norma o regla establecida, a fi n de obtener autorización o reconocimiento ofi cial de una construcción ya realizada. • Licencia.- Licencia que otorga la Municipalidad dentro de su jurisdicción • Amnistía.- Trámite por el cual se anulan y/o fraccionan multas, o infracciones. PROCEDIMIENTO Artículo 3º.- Para aplicación de la presente Ordenanza, se considerará los siguientes procedimientos: