TEXTO PAGINA: 72
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de noviembre de 2009 406794 Ofi cial El Peruano. Copia de las Resoluciones Autoritativas de viajes al exterior deberán ser remitidas a la Contraloría General de la República. Que, el Fondo Metropolitano de Inversiones – INVERMET, mediante Ofi cio FMI-348-2009-SGP de fecha 30 de octubre del 2009, sustenta que en su calidad de Supervisor, tiene la necesidad de capacitar a su personal en temas relacionados a sistemas de transportes (BRT – Buses de Transporte Rápido), similares al COSAC I, próximo a entrar en funcionamiento, por lo que requiere que tal capacitación sea externa. Que, según la Ordenanza N° 799, INVERMET tiene como atribución supervisar los Contratos de Concesión que suscriba la Municipalidad Metropolitana de Lima, siendo necesario que el personal de dicha OPD, cumpla con los requisitos que establecen las Directivas sobre capacitación de personal, se perfeccione y adquiera conocimientos y experiencia respecto de un proyecto similar al COSAC I como es el TRANSMILENIO, en donde las fases son similares como es el Patio de buses, Operación de Buses Alimentadores, Operación de Recaudo y Actividades del Concedente y Fideicomiso. Que, en ese sentido, la Gerencia de Supervisión de INVERMET, alcanzó la propuesta de una Empresa Colombiana con experiencia en Sistemas Integrales de Transportes, la misma que consideraba la capacitación teórica y práctica; asimismo la Oficina de Administración y Finanzas, detalló que cuenta con la disponibilidad presupuestal para atender los gastos de capacitación, así como los viáticos de los funcionarios y participantes, pero que deberá ceñirse a lo dispuesto por la Directiva “Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en la Ejecución del Gasto para el Ejercicio 2009 aplicables a la Municipalidad Metropolitana de Lima, Organismos Públicos Descentralizados y Empresas Municipales” aprobada por Resolución de Alcaldía N° 456, que en su artículo 9° detalla: “En la MML y sus OPDS se prohíben los viajes al exterior que irroguen gasto para la entidad, con excepción de aquellos que debe concurrir el Alcalde Metropolitano de Lima, en su condición de Alto funcionario del Estado, conforme lo refiere la Ley N° 28212. En las empresas municipales, el Servicio de Administración Tributaria y la Caja Metropolitana todo viaje al exterior debe ser aprobado por sus respectivos entes colegiados, debiendo cuidar que los mismos se reduzcan a lo estrictamente indispensable y generen un valor agregado replicable a la entidad. En cualquiera de los supuestos todos los viajes se realizarán en clase económica. Las excepciones a las restricciones establecidas en el primer y segundo párrafo, se autorizan por Acuerdo de Concejo Municipal, el mismo que deberá ser publicado en el Diario Oficial El Peruano”. Que, siendo INVERMET un Organismo Descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica, que cuenta con un Organo Colegiado como es el Comité Directivo, solicitan la aprobación de capacitación y autorización de viaje al exterior y viáticos, para lo cual adjunta el Acuerdo de Comité Directivo N° 794/3.1 de fecha 29 de octubre del 2009. Que, mediante Memorándum N° 69-2009/SCD de fecha 29 de octubre del 2009, emitido por el Secretario del Comité Directivo (e), manifi esta que el día 28 de octubre del presente año, el Comité Directivo en la Sesión N° 794, ha emitido por unanimidad y con dispensa de la aprobación de la lectura del Acta, el Acuerdo siguiente: “Acuerdo N°794/3.1: 1. Autorizar el viaje con fi nes de capacitación para el fortalecimiento en labores de Supervisión de contratos de las Concesiones relacionadas al COSAC I, a la Ciudad de Santa Fe de Bogotá, en la República de Colombia de los señores Ing. Luis Antonio Robles Recavarren, Secretario General Permanente; Ing. Guillermo Segundo Gonzales Criollo, Gerente de Supervisión de Contratos; Especialista Guillermo Antonio Chávez Silva y el abogado Jorge Aurelio Alferrano D’onofrio servidores contratados de INVERMET. 2. Autorizar a la Administración a asumir los gastos por viáticos, pasajes aéreos para cuatro personas por seis días conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, del modo siguiente: Viáticos por hospedaje y alimentación $ 4,800 Luis A. Robles Recavarren ($200x 6 días) $1,200 Guillermo S. Gonzáles Criollo ($/.200 x 6 días) $1,200 Jorge A. Alferrano D’onofrio ($/.200 x 6 días) $1,200 Guillermo A. Chávez Silva ($/.200 x 6 días) $1,200 Pasajes aéreos $ 1,600 Luis A. Robles Recavarren $400 Guillermo S. Gonzáles Criollo $400 Jorge A. Alferrano D’onofrio $400 Guillermo A. Chávez Silva $400 Impuestos $ 144 Luis A. Robles Recavarren $ 31 Guillermo S. Gonzáles Criollo $ 31 Jorge A. Alferrano D’onofrio $ 31 Guillermo A. Chávez Silva $ 31 TOTAL $ 6,544.00 3. Encargar a la Administración la gestión de la aprobación por parte del Concejo Metropolitano de Lima de la excepción a las restricciones establecida en la Resolución de Alcaldía N°456-2008 sobre viajes al extranjero”. Que, de otro lado, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Informe N° 687-2009-MML-GAJ de fecha 16 de noviembre del 2009, expresa opinión favorable, en relación al requerimiento efectuado por INVERMET sobre la Autorización Excepcional y Aval del Acuerdo N° 794/3.1 expedido por su Comité Directivo, en el marco de la Directiva de austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima. De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y de Asuntos Legales en sus Dictámenes Nos. 282-2009-MML- CMAEO y 137-2009-MML-CMAL; ACORDÓ: Artículo Primero.- Autorizar en forma excepcional la Exoneración de la Directiva “Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en la Ejecución del Gasto para el Ejercicio 2009 aplicables a la Municipalidad Metropolitana de Lima, Organismos Públicos Descentralizados y Empresas Municipales” al Fondo Metropolitano de Inversiones – INVERMET, conforme lo detallado en el Memorándum N° 69-2009/SCD emitido por el Secretario del Comité Directivo de dicha institución, en el que transcribe el Acuerdo N° 794/3.1, sobre Autorización de viaje con fi nes de capacitación y asunción de gastos por viáticos, pasajes aéreos para los señores Ingeniero Luis Antonio Robles Recavarren, Secretario General Permanente; Ingeniero Guillermo Segundo Gonzales Criollo, Gerente de Supervisión de Contratos; Especialista Guillermo Antonio Chávez Silva y el Abogado Jorge Aurelio Alferrano D’onofrio servidores contratados de INVERMET, por seis días. Artículo Segundo.- Encargar al Fondo Metropolitano de Inversiones – INVERMET, efectuar las acciones administrativas y de modifi cación presupuestaria que correspondan, dentro de lo que disponen las normas vigentes para este efecto, que permitan el cumplimiento del presente Acuerdo, así como la remisión a la Contraloría General de la República la documentación pertinente, de acuerdo a ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaria General del Concejo la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 427383-1