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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de noviembre de 2009 406787 Autorizan al Banco de Crédito del Perú el cierre temporal de agencias ubicadas en los distritos de Miraflores y Lince, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS N° 15053-2009 Lima, 17 de noviembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice el cierre temporal de dos (02) Agencias, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para los mencionados cierres temporales; Contando con la opinión favorable del Departamento de Evaluación Bancaria “A”; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución N° 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante la Resolución SBS N° 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar, en vías de regularización, al Banco de Crédito del Perú para el cierre temporal de dos (02) Agencias, del 9 de noviembre de 2009 al 16 de noviembre como máximo, ubicadas en Av. Larco N° 1085, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima y Av. Petit Thouars N° 2705, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 427467-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A. - Credinka, el traslado de oficina especial ubicada en el distrito de Urcos, departamento de Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 15062-2009 Lima, 18 de noviembre de 2009. EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud de autorización presentada por Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A. – Credinka de fecha 10 de noviembre de 2009, para el traslado de su ofi cina especial ubicada en el Jirón Francisco Zuviaga s/n, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchis y departamento de Cusco; y la aclaración en la dirección de su Agencia ubicada en la avenida Próceres de la Independencia Nº 1771, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 12819-2009 de fecha 10 de septiembre de 2009 se autorizó a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A. – Credinka la apertura de una ofi cina especial ubicada en el Jirón Francisco Zuviaga s/n, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchis y departamento de Cusco; Que mediante Resolución SBS Nº 13558-2009 de fecha 30 de septiembre de 2009 se autorizó a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A. – Credinka la apertura de una Agencia ubicada en la avenida Próceres de la Independencia Nº 1771, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado y aclaración de las citadas ofi cinas; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° y 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A. - Credinka, el traslado de la ofi cina especial ubicada en el Jirón Francisco Zuviaga s/n, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchis y departamento de Cusco a la dirección ubicada en el Jirón Oropesa s/n, distrito de Urcos, provincia de Quispicanchis y departamento de Cusco. Artículo Segundo.- Modifi car el artículo único de la Resolución SBS Nº 13558-2009 en los siguientes términos: Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A. – Credinka, la apertura de una Agencia ubicada en la avenida Próceres de la Independencia Nº 1771 y Nº 1771-B, distrito de San Juan Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO CISNEROS SALAS Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas 427475-1 Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de sucursal en la República de Panamá RESOLUCIÓN SBS N° 15090-2009 Lima, 19 de noviembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se le autorice la apertura de una Sucursal a ubicarse en la ciudad de Panamá según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, el referido Banco ha presentado la documentación pertinente señalada en el procedimiento N° 15 del Texto Único de Procedimientos vigente a la fecha, la cual sustenta el pedido formulado; Que, mediante carta N°0010-2009-FIN120 del 14 de octubre del 2009, el Banco Central de Reserva emite opinión favorable para que se autorice a Interbank la apertura de una Sucursal en la ciudad de Panamá; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”, el Departamento Legal y el Departamento de Análisis del Sistema Financiero; y contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, Asesoría Jurídica y Estudios Económicos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y la Resolución N° 775-2008; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702;