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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (27/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 59

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de noviembre de 2009 406781 Que, conforme lo dispuesto por el artículo 201º de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General, los errores de orden material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, de acuerdo al informe del visto, la Resolución Jefatural Nº 664-2009-JNAC/RENIEC, adolece de errores materiales en lo relativo al nombre del Centro Poblado Machaca Marca Yaputira, cuya incorporación al Sistema Registral de su Ofi cina de Registro de Estado Civil, fue autorizada en vía de regularización mediante la referida Resolución, conforme consta en las copias de tales instrumentos, errores que no implican alteración sustancial del acto, su contenido ni el sentido de la decisión, por lo que se hace necesaria su rectifi cación en la forma prevista por la norma acotada; y, Estando a lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General y el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la rectifi cación de la Resolución Jefatural Nº 664-2009-JNAC/RENIEC, respecto a los errores materiales a que se contrae la parte resolutiva, debiendo entenderse en adelante como: 1. “... Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Machaca Marca Yaputira, Distrito de Vilquechico, Provincia de Huancane, Departamento de Puno.” 2. “... El Jefe de la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Machaca Marca Yaputira, ...” 3. “... El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnica de Registros Civiles, proporcionará los libros de nacimiento, matrimonio y defunción, a la Ofi cina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Machaca Marca Yaputira cuya delegación ...” Artículo Segundo.- Poner en conocimiento de la Jefatura de la Ofi cina de Registro del Estado Civil del Centro Poblado de Machaca Marca Yaputira, el texto de la presente resolución. Regístrese, publíquese y comuníquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 427677-3 MINISTERIO PUBLICO Designan Fiscales Superiores Coordinadores de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas, Provinciales Penales y Mixtas de los Distritos Judiciales de Ica y Cañete RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1718-2009-MP-FN Lima, 25 de noviembre de 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobó el Código Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que éste entrará en vigencia progresivamente en los diferentes distritos judiciales según el Calendario Ofi cial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los artículos 16º, 17º y 18º regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal; modifi cado por la Ley Nº 28994 en el Artículo 18º referente a la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal; Que, por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, se modifi có el Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especifi cando en dicha norma que el mencionado código, entrará en vigencia en el Distrito Judicial de Ica el 01 de octubre de 2010; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2009-JUS, se aprueba la modifi cación del Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, estableciéndose que el mencionado código entrará en vigencia en el Distrito Judicial de Ica, el 01 de diciembre de 2009. Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 242-2007-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2007, se aprobó el Reglamento de Funciones de los Fiscales Coordinadores del Código Procesal Penal. Que, por Resolución Nº 090-2009-MP-FN-JFS, de fecha 25 de noviembre de 2009, según Acuerdo Nº 1699 de Junta de Fiscales Supremos, se crearon Fiscalías para implementar el nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Ica. Que, por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1713-2009-MP-FN, de fecha 25 de noviembre de 2009, se convierten y delimitan las competencias de los despachos fi scales del Distrito Judicial de Ica. Que, el nuevo diseño de organización fi scal, refl ejado en Fiscalías Corporativas, aprobado mediante Acuerdo Nº 457 de la Junta de Fiscales Supremos, de fecha 04 de noviembre de 2004, en el marco del Decreto Legislativo Nº 958, requiere de fi scales Coordinadores que aseguren el proceso de implementación del Nuevo Código Procesal Penal y la conducción adecuada de la gestión fi scal en el mencionado modelo. Que, de conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE : Artículo Primero.- Designar a la doctora Alicia Balbina Palomino Villaverde, Fiscal Superior Titular Penal de Ica, del Distrito Judicial de Ica, como Fiscal Superior Coordinadora de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas, Provinciales Penales y Mixtas del Distrito Judicial de Ica. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministro de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comisión Distrital de Implementación del Distrito Judicial de Ica, Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ica, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y a la Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO WILFREDO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal Supremo Titular Encargado del Despacho de la Fiscalía de la Nación 428567-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1719-2009-MP-FN Lima, 25 de noviembre de 2009 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobó el Código Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que éste entrará en vigencia progresivamente en los diferentes distritos judiciales según el Calendario Ofi cial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los artículos 16º, 17º y 18º regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal; modifi cado por la Ley Nº 28994 en el Artículo 18º referente a la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación. Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal; Que, por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, se modifi có el Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, especifi cando en dicha norma que el mencionado código, entrará en vigencia en el Distrito Judicial de Cañete el 01 de octubre de 2010;