TEXTO PAGINA: 21
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de octubre de 2009 404651 prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado JUAN PAULINO FARFÁN MARTÍNEZ como Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 410740-1 Implementan el Plan Piloto “Servicio de Defensa del Pensionista” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0194-2009-JUS Lima, 14 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0522-2008- JUS se implementó en el Ministerio de Justicia, como Plan Piloto, el Servicio de Defensa del Justiciable en la ciudad de Lima, Lima Norte y Callao, a cargo de la Dirección de Coordinación con la Administración de Justicia, con la fi nalidad de ejecutar acciones de estrecha colaboración y apoyo a la correcta, oportuna y efi caz administración de justicia, para lo cual debían recibirse los pedidos de ayuda de los ciudadanos, trasladar dicha información a las ofi cinas de control de las entidades correspondientes que conforman el sistema de administración de justicia y poder así adoptar las acciones necesarias que permitan optimizar el servicio que brindan; Que, con la fi nalidad de establecer prioridades de atención a los ciudadanos de escasos recursos económicos que formulen peticiones ante este Sector, relacionados con el acceso a la justicia, es necesario crear un Plan Piloto de Servicio de Defensa del Pensionista a nivel de los distritos judiciales de Lima, Lima Norte y Callao a fi n de dar oportunidad a los ciudadanos que se consideren con derecho a obtener una pensión justa y oportuna, por haber cumplido el tiempo de aportación exigido por ley o que percibiéndola formulen de ella un reclamo en el marco legal correspondiente, las que de acuerdo a ley son atendidas por la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) y recurridas ante el Poder Judicial y/o el Tribunal Constitucional; Que, este Plan supone focalizar las acciones que venía implementando el Servicio de Defensa del Justiciable, para potenciar los logros obtenidos y así optimizar la colaboración de este Ministerio a la correcta, oportuna y efi caz administración de justicia; Que, conforme lo establecen los incisos a) y b) del artículo 75º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, son funciones de la Dirección de Coordinación con la Administración de Justicia de la Dirección Nacional de Justicia formular y ejecutar acciones orientadas a la colaboración mutua con el Poder Judicial, Ministerio Público y otras entidades, para un efi caz ejercicio de la función jurisdiccional y conocer y tramitar las peticiones de los ciudadanos relacionadas con la correcta administración de justicia; Que, por otro lado, mediante la Resolución Ministerial Nº 153A-86-JUS se crea el sistema de Consultorios Jurídicos Populares, el cual tiene por fi nalidad promover, conducir y coordinar un adecuado asesoramiento legal a las personas de escasos recursos económicos, encontrándose a cargo de la Dirección de Defensoría de Ofi cio y Servicios Jurídicos Populares de la Dirección Nacional de Justicia; Que, por consiguiente, corresponde a la Dirección Nacional de Justicia implementar el Servicio de Defensa del Pensionista; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0147-2009- JUS se implementaron las “Casas de la Justicia” a nivel nacional, a través de las cuales se brindan los servicios de Defensoría de Ofi cio, Consultorio Jurídico Popular y Centro de Conciliación Extrajudicial Gratuito, entre otros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; y Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Implementar en el Ministerio de Justicia el Plan Piloto “Servicio de Defensa del Pensionista” en el ámbito de los distritos judiciales de Lima, Lima Norte y Callao, así como en los distritos judiciales donde se implementen las denominadas “Casas de la Justicia”, estando a cargo de la Dirección Nacional de Justicia, a través de la cual se realizará el seguimiento del trámite de las peticiones o reclamos que los ciudadanos de escasos recursos económicos formulen ante esta Entidad, a fi n de obtener o reclamar una pensión justa y oportuna que haya sido tramitada ante la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) y recurrida ante el Poder Judicial y/o Tribunal Constitucional, a efectos de asistirlos y apoyarlos ante dichos órganos, siempre y cuando no guarden relación con procesos de ejecución de sentencia. Artículo 2º.- Los abogados especialistas que presten el Servicio de Defensa del Pensionista podrán asistir legalmente a los recurrentes en forma oportuna, en la gestión que realicen ante la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP), Poder Judicial y/o Tribunal Constitucional. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Justicia determinará la ubicación de las ofi cinas y/o Consultorios Jurídicos Populares destinados a la ejecución de los servicios creados por la presente Resolución y fi jará los criterios y requisitos para el acceso a la defensa que brinden los abogados asignados a dichas ofi cinas. Artículo 4º.- Para el mejor cumplimiento de los fi nes a que se contrae la presente Resolución el Ministerio de Justicia podrá celebrar convenios con la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP) y otras instituciones vinculadas con las actividades del Servicio de Defensa del Pensionista. Artículo 5º.- Disponer que la Dirección Nacional de Justicia se encargue del cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 6º.- Incorporar el literal j) al numeral 2 del inciso 11 del acápite II de la Directiva Nº 002-99-JUS/ PROYECTO-USAID “Funciones de los Abogados de los Consultorios Jurídicos Populares del Ministerio de Justicia”, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 218-99-JUS, con el siguiente texto: “II. DEL SERVICIO LEGAL 11. DE LAS MATERIAS (...) 2. Asesoría legal ante instancia policial, judicial y administrativa: Se prestará asesoramiento en: (...) j) Materia previsional ante la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP).” Artículo 7º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0522-2008-JUS, por la que se implementa el Servicio de Defensa del Justiciable. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 410127-1 Designan miembro de la Comisión Especial encargada de proseguir con la revisión del texto del Código Penal y normas modificatorias RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0198-2009-JUS Lima, 15 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29153, modifi cada por la Ley N° 29295, se constituye una Comisión Especial encargada de proseguir con