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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de octubre de 2009 404758 condiciones acústicas y demás aspectos funcionales, que resulten aplicables al giro solicitado conforme al Reglamento Nacional de Edifi caciones y demás normas aplicables, incluidas las normas sobre accesibilidad a personas con discapacidad. Disposiciones Finales Primera: La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Segunda: Deróguese toda norma que se oponga a la presente ordenanza. Tercera: Las disposiciones complementarias de la presente ordenanza se emitirán mediante Decreto de Alcaldía Cuarta: Las Licencias de Funcionamiento Temporales, de Mercados de Abastos y Galerías Comerciales, así como de Concesionarios se sujetan a las disposiciones contenidas en los Capítulos II, III y IV del Título I de la presente Ordenanza en lo que resulte aplicable. Disposiciones Transitorias Primera: Los procedimientos administrativos relacionados a la obtención de la Licencia de Funcionamiento defi nitiva o Autorización Temporal, que se encuentren en trámite, se adecuarán a lo dispuesto en la presente ordenanza. Segunda: Las Licencias de Funcionamiento con vigencia indeterminada cuya zonifi cación establecida en la Ordenanza Nº 1017-MML no sea compatible con el giro autorizado mantendrán su vigencia hasta el 17 de mayo de 2012. Tercera: Precísese que los derechos a cobrar por los trámites relacionados a la Licencia de Funcionamiento son los establecidos en el TUPA vigente, no siendo de aplicación, en ningún caso, los derechos correspondientes a Certifi cado de Zonifi cación y Compatibilidad de Uso y Conformidad de Establecimiento. POR TANTO: Mando se registre, publique y cúmplase. JUAN JOSÉ CUYA ESPINOZA Alcalde 410381-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL GRAN CHIMU Reconocen la zona urbana y zona de expansión urbana del distrito de Cascas, provincia de Gran Chimú ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2009-MPGCH EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE GRAN CHIMÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE GRAN CHIMÚ, en sesión de fecha 25 de junio de 2009; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su Art. 194º, preceptúa que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo prescrito por el Art. 79 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, Las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen la función de Aprobar el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas; Que, dentro del marco de las funciones antes indicadas, y de acuerdo a lo indicado por la Gerencia de Infraestructura y Obras, referido a la ubicación de viviendas del distrito de Cascas, resulta preciso declarar al mismo como zona urbana, dentro de las coordenadas UTM siguientes: Zona Urbana Vértices Norte Este A 9173490 739500 B 9173490 741500 C 9181500 739500 D 9181500 741500 Zona de Expansión Urbana Vértices Norte Este F 9174570 738290 G 9174570 742460 H 9179850 738290 I 9179850 742460 Por lo que el Pleno del Concejo, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECONOCE LA ZONA URBANA Y ZONA DE EXPANSIÓN URBANA DEL DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA DE GRAN CHIMÚ Artículo 1º.- DECLARAR como Zona Urbana del distrito de Cascas, provincia de Gran Chimú, departamento y región de La Libertad a aquella comprendida dentro de las coordenadas UTM siguientes: Zona Urbana Vértices Norte Este A 9173490 739500 B 9173490 741500 C 9181500 739500 D 9181500 741500 Artículo 2º.- DECLARAR como Zona de Expansión Urbana del distrito de Cascas, provincia de Gran Chuimú, departamento y región de La Libertad a aquella comprendida dentro de las coordenadas UTM siguientes: Zona de Expansión Urbana Vértices Norte Este F 9174570 738290 G 9174570 742460 H 9179850 738290 I 9179850 742460 Artículo 3º.- Facúltese al señor Alcalde a dictar por Decreto de Alcaldía, las normas y disposiciones reglamentarias que fueran necesarias para la cabal ejecución de la presente ordenanza municipal Artículo 4º.- Deróguese todas las disposiciones municipales que se opongan o contradigan la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en Cascas, a los 25 días del mes de junio de 2009. JOEL D. DÍAZ VELÁSQUEZ Alcalde