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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de octubre de 2009 404746 Que, se ha determinado que el Plan Estratégico Regional de Turismo 2009-2015, se ha formulado en concordancia con los objetivos y lineamientos establecidos en el Plan Estratégico Nacional de Turismo – PENTUR 2008-2015 y al Plan Regional de Desarrollo Concertado de la Región Amazonas, constituyéndose en un importante documento de gestión, que a través del Consejo Regional de Turismo, se pondrá a disposición de los Gobiernos Locales, así como organismos multisectoriales públicos y privados que mantienen una relación directa o indirecta con el desarrollo turístico de la Región, a fi n de articular esfuerzos orientados a potenciar las capacidades turísticas de la región, priorizando los proyectos de impacto regional sostenibles y que preserven el patrimonio natural y cultural; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 015 mediante Acuerdo Nº 104-2009 de la fecha 12 de Agosto del 2009, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por el Inc. a) del Art. º 37º, concordante con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modifi catoria Nº 27902 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Estratégico Regional de Turismo-PERTUR 2009-2015, el mismo que se encuentra contenido en un anillado que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, para que a través de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo y en coordinación con el Consejo Regional de Turismo (CORETUR-Amazonas), sea el órgano de gestión, desarrollo, implementación y evaluación del PERTUR 2009-2015 Amazonas. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Amazonas. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 18 días del mes de agosto del año 2009. JOSE SANTOS RAMIREZ ZEGARRA Consejero Delegado Gobierno Regional de Amazonas POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Amazonas, a los 31 días del mes de agosto del 2009. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente Gobierno Regional de Amazonas 410405-1 Aprueban Plan Regional de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres ORDENANZA REGIONAL N° 241 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS POR CUANTO: El Consejo Regional de Amazonas, en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Agosto del 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, las regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, refi ere el Art. 197º de la Ley Nº 27680 – Ley de la Reforma Constitucional, su defi nición guarda armonía con los Artículos 2º, 15º, Inc. A, 16º, 37º y 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que otorga atribuciones al Consejo Regional para proponer Normas, Acuerdos Regionales y Ordenanzas Regionales; Que, los Gobiernos Regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, ha propuesto al Ejecutivo la aprobación del PLAN REGIONAL DE EDUCACION COMUNITARIA EN GESTION DEL RIESGO DE DESASTRES, elaborado por la Subgerencia de Defensa Civil de acuerdo a la normatividad vigente, el mismo que ha sido derivado a su vez al Consejo Regional para su evaluación y aprobación; Que, la Región Amazonas posee una geografía accidentada con pisos ecológicos que van desde los 200 m.s.n.m. hasta los 4,000 m.s.n.m., cuencas hidrográfi cas con valles interandinos relativamente estrechos, alta precipitación pluvial y una serie de factores naturales y sociales que permite un alto riesgo de desastres, situación que se evidencia con la alta recurrencia de acontecimientos y fenómenos con muy signifi cativo costo económico y riesgo de vidas humanas; esta realidad ineludible determina promover y fortalecer una cultura de prevención en la población mediante un proceso educativo debidamente planifi cado, estratégico, participativo y concertado, para garantizar el logro de capacidades, habilidades, actitudes y valores en la población, representantes, autoridades e instituciones en la gestión del riesgo de desastres y así consolidar un nivel de participación, compromiso y responsabilidades en la organización social, para lograr el bienestar humano y desarrollo sostenible de la Región; Que, el Plan Regional de Educación Comunitaria en Gestión de Riesgos de Desastres, tomando en cuenta la realidad intercultural de la Región Amazonas, ha sido estructurado con un esquema de educación comunitaria diversificado intercultural bilingüe y sustituye al Programa de Capacitación en Prevención y Atención de Desastres, además recoge los antecedentes y experiencia regional y establece como Objetivo General “Desarrollar y Fortalecer la Cultura de Prevención de Desastres en la población de Amazonas” con 04 objetivos específicos basados en los principios de Defensa Civil, así como contempla un Diseño Curricular Regional de Educación Comunitaria en Gestión del Riesgo de Desastres, desarrollando 06 Programas diversificados cada uno con módulos temáticos orientados a los actores sociales, orientaciones metodológicas, evaluación de aprendizajes, recursos, presupuesto, cronograma, monitoreo y evaluación del Plan Regional; Que, asimismo la formulación del Plan Regional de Educación Comunitaria en Gestión de Riesgos de Desastres, se ha sustentado en normas que los Gobiernos, organizaciones regionales, las Naciones Unidas y Organismos Internacionales, han aprobado con el objetivo de contribuir por un mundo más seguro, poniendo a disposición las herramientas necesarias para reducir los efectos de los desastres de origen natural y los inducidos por la actividad del hombre, entre las que se cuenta con el Decenio Internacional para la Reducción de los Desastres Naturales de las Naciones Unidas (DIRD 1990-1999); Estrategia y Plan de Acción de Yokohama para un Mundo más Seguro (mayo 1994); Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM); Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres; Declaración de Johannesburgo sobre Desarrollo Sustentable (Septiembre del 2002); Conferencia Mundial sobre la Reducción de Desastres, Marco de Acción de Hyogo; Decenio para la Educación