Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2009 (29/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de octubre de 2009

Oficializan el "II Congreso Nacional de Criadores de Camelidos Domesticos del Peru"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0753-2009-AG MORDAZA, 26 de octubre de 2009 VISTO: El Oficio Nº 2969-2009-AG-DGCA/DPC, de fecha 21 de octubre de 2009, del Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, es politica del Ministerio de Agricultura promover, fomentar e incentivar la organizacion de Ferias y Eventos Agropecuarios, con la participacion activa de los agentes productivos, MORDAZA personas naturales o juridicas, vinculadas a la produccion agraria a nivel nacional, regional y local; asi como promover la inversion privada en el desarrollo del Sector Agrario; Que, mediante Solicitud Nº 005-2009/SPAR, de fecha 24 de setiembre del 2009, el Presidente de la Sociedad Peruana de Alpacas Registradas, inscrita en la Partida Nº 01969226 de la MORDAZA Registral Nº IX ­ MORDAZA Registral de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, solicita la oficializacion del "II Congreso Nacional de Criadores de Camelidos Domesticos del Peru", Oportunidades Presentes y Futuras para el Desarrollo Competitivo del Sector Camelidos del Peru, a realizarse los dias 27 y 28 de octubre del presente ano, en el Auditorio de la Municipalidad Provincial de Puno; Que, dicho evento tiene por objeto fortalecer la institucionalidad y asociatividad de las personas y organizaciones peruanas de Criadores de Alpacas y Llamas, implementar politicas economicas sectoriales para la crianza de Camelidos Peruanos Domesticos, reducir la crianza de alpacas y llamas en condiciones de subsistencia, consolidar las Cooperativas Empresariales de Camelidos Peruanos Domesticos, propiciar el mejoramiento genetico y biotecnologia reproductiva con pruebas cientificas de ADN, a fin de avanzar en la investigacion de enfermedades endemicas con impacto en la crianza de camelidos domesticos y efectos del cambio climatico; Que, la Direccion General de Competitividad Agraria mediante documento del visto, adjunta el Informe Nº 0062009-AG-DGCA-DPC, que recomienda la oficializacion de dicho evento; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley Organica y Funciones del Ministerio de Agricultura, Decreto Supremo Nº 031-2008-AG que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y la Resolucion Ministerial Nº 0650-2006-AG - Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Oficializar el "II Congreso Nacional de Criadores de Camelidos Domesticos del Peru", Oportunidades Presentes y Futuras para el Desarrollo Competitivo del Sector Camelidos del Peru, solicitado por el Presidente de la Sociedad Peruana de Alpacas Registradas, a realizarse los dias 27 y 28 de octubre del presente ano, en el Auditorio de la Municipalidad Provincial de Puno. Articulo 2º.- La Comision Organizadora de la convencion a que se refiere el articulo precedente, presentara ante el Ministerio de Agricultura un informe acerca de los resultados de su gestion, dentro de treinta (30) dias calendario despues de finalizado el evento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 415613-1

Designan Director de la Estacion Experimental Agraria "Donoso" Huaral del INIA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 00254-2009-INIA MORDAZA, 28 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 00297-2007INIA, de fecha 22 de noviembre de 2007, se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director de la Estacion Experimental Agraria "Donoso" - Huaral; del entonces Instituto Nacional de Investigacion Agraria, actualmente Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA; Que, el cargo de Director de Estacion Experimental, se encuentra considerado como "cargo de confianza" a que se refiere el articulo 43° del Decreto Supremo N°00397-TR, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, dispositivo legal aplicable al personal del INIA por mandato del Decreto Legislativo Nº 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovacion Agraria; Que, la Jefatura del INIA ha decidido aceptar la renuncia presentada por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director de la Estacion Experimental Agraria "Donoso", dandole las MORDAZA por los servicios prestados; De conformidad con las facultades conferidas por el articulo 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del INIA, aprobado por Decreto Supremo N°0312005-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 0272008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia, a partir de la fecha, del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director de la Estacion Experimental Agraria "Donoso" ­ Huaral del Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA, dandole las MORDAZA por los servicios prestados a Institucion. Articulo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director de la Estacion Experimental Agraria "Donoso" - Huaral del Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA, cargo considerado como de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PIANA Jefe Instituto Nacional de Innovacion Agraria 415440-1

Prorrogan plazo de reserva de agua otorgada mediante D.S. Nº 018-2007AG a favor de SEDAPAL, respecto de aguas superficiales de la microcuenca del rio Huascacocha
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0792-2009-ANA MORDAZA, 26 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley de Recursos Hidricos, Ley Nº 29338, faculta a la Autoridad Nacional del Agua para dictar disposiciones requeridas para la implementacion de dicha ley, en tanto se apruebe sus normas reglamentarias; Que, segun el articulo 103º de la precitada Ley, mediante resolucion de la Autoridad Nacional del Agua se puede reservar un volumen de agua para el desarrollo de proyectos; asimismo, el numeral 5 del articulo 15º, senala que es funcion de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio tecnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando asi lo requiera el interes de la Nacion;

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