Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2009 (29/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de octubre de 2009

Que, en la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economia y Finanzas existen recursos hasta por la suma de S/. 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES), que pueden ser destinados a los fines que se senalan en los considerandos precedentes; por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; De conformidad con lo establecido por el articulo 45º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, hasta por la suma de S/. 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES), con el objeto de ser destinados a las nuevas intervenciones para el Desarrollo MORDAZA y Ambiental del Litoral de MORDAZA y Callao, citadas en el MORDAZA considerando del presente Decreto Supremo; de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUNCION : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economia y Finanzas 001 : Administracion General 03 : Planeamiento, Gestion y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administracion del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia TOTAL A LA: : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - Administracion General FUNCION 19 : Vivienda y Desarrollo MORDAZA PROGRAMA FUNCIONAL 041 : Desarrollo MORDAZA SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0090 : Planeamiento y Desarrollo MORDAZA ACTIVIDAD 088270 : Desarrollo MORDAZA y Ambiental del Litoral de MORDAZA y Callao FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Nuevos Soles GASTOS DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL 20 000 000,00 ------------------20 000 000,00 =========== SECCION PRIMERA PLIEGO 1 : Recursos Ordinarios En Nuevos Soles 20 000 000,00 ------------------20 000 000,00 ===========

nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia a que hace referencia el articulo 1º del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos. Articulo 4º.- De la Ejecucion de Proyectos de Inversion Los proyectos de inversion publica que se ejecuten con cargo a los recursos establecidos en el articulo 1º del presente dispositivo, se sujetan a la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica. Articulo 5º.- De la responsabilidad El Titular del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es responsable de la adecuada aplicacion de los recursos autorizados conforme a la presente MORDAZA, debiendo publicar en su MORDAZA institucional, las acciones y resultados obtenidos de la referida aplicacion. Articulo 6º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de octubre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 415763-4

Autorizan al Ministerio de Economia y Finanzas para que atienda el pago del servicio de deuda externa
DECRETO SUPREMO Nº 239-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 29291, Ley de Equilibrio Financiero del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, faculta al Poder Ejecutivo para que, ante desfases respecto de la oportunidad prevista para efectos de la percepcion u obtencion de los fondos programados en el Presupuesto de MORDAZA del Gobierno Nacional provenientes de Operaciones de Endeudamiento mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, autorice, de manera transitoria y excepcional, la utilizacion de recursos administrados por la Direccion Nacional del Tesoro Publico en la atencion de obligaciones contraidas y previstas en el Presupuesto del Sector Publico, con cargo a ser restituidos automatica e inmediatamente despues de haberse percibido u obtenido, sin aplicacion de intereses, en las MORDAZA correspondientes; Que, parte de los recursos de los prestamos otorgados por el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento (BIRF) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) aprobados por los Decretos Supremos Nºs 138-2008EF, 196-2009-EF, 197-2009-EF y 210-2009-EF, y de los prestamos en MORDAZA de contratacion con el BIRF y el BID, comprendidos en el presupuesto del servicio de la deuda como parte del financiamiento para la atencion del servicio de la deuda publica y en la reestructuracion de MORDAZA de Financiamiento autorizada mediante el Decreto de Urgencia Nº 090-2009, se haran efectivos con desembolsos en fechas posteriores a aquellas en las

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la entrada en vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de

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