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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de octubre de 2009 405224 antes del 26 de septiembre de 2009, serán tramitados y resueltos de acuerdo al Decreto Supremo Nº 046-2001- EM y la Resolución Ministerial Nº 353-2000-EM/VMM según sea el caso. Sexta.- De conformidad con el artículo 62º de la Constitución Política, nada de lo establecido por la Ley Nº 29410 ni por el presente decreto supremo podrá ser interpretado como Prórroga del PAMA o modifi cación alguna de los plazos, obligaciones o responsabilidades estipulados en los Contratos que la empresa Doe Run Perú S.R.L. y/o sus empresas vinculadas tienen celebrados con CENTROMIN PERU S.A. y con el Estado, aspectos que permanecen sujetos a las consecuencias jurídicas previstas en tales instrumentos dentro de los plazos contractuales primigeniamente estipulados. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 415763-8 Autorizan viaje de Directora General de Asuntos Ambientales Energéticos a EE.UU para participar en audiencias en el marco del 137° Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos RESOLUCIÓN SUPREMA N° 073-2009-EM Lima, 28 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Perú debe participar en las Audiencias a las que ha sido citado en el marco del 137° Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que se realizará en su sede institucional de la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, la primera semana de noviembre del año 2009; Que, en dicho Período de Sesiones se realizará una audiencia que involucra temas del Sector Minería y Energía, referido al Derecho a la Consulta de los Pueblos indígenas de Perú, siendo necesario que en la Audiencia se presente la posición del Estado sobre la participación de los pueblos indígenas en las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, resultando necesario que se designe al funcionario que debe participar en la referida Audiencia; Que, en ese sentido, es necesario autorizar el viaje de la Eco. Iris Cárdenas Pino, Directora General de Asuntos Ambientales Energéticos, del Ministerio de Energía y Minas, del 01 al 04 de noviembre de 2009, debiendo el Ministerio de Energía y Minas asumir con cargo a su presupuesto, los gastos que se irroguen por el evento antes indicado por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Corpac; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como la Directiva Nº 002-2009-MEM/SEG, aprobada por Resolución Secretarial Nº 009-2009-MEM/SEG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior de la Eco. Iris Cárdenas Pino, Directora General de Asuntos Ambientales Energéticos, del Ministerio de Energía y Minas, del 01 de 04 de noviembre de 2009, para los fi nes a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 200.00 Viáticos ($ 220 x 3 días) US$ 660.00 Tarifa Corpac US$ 31.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 415763-12 JUSTICIA Acceden a pedido de extradición activa de ciudadano colombiano y disponen su presentación a Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 249-2009-JUS Lima, 28 de octubre de 2009 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 107-2009/ COE-TC del 23 de octubre de 2009, sobre la solicitud de extradición activa a la República Argentina, del ciudadano colombiano ALEJANDRO TRUJILLO OSPINA o HUGO ARMANDO TRUJILLO OSPINA, formulada por el Quincuagésimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 20 de octubre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano ALEJANDRO TRUJILLO OSPINA o HUGO ARMANDO TRUJILLO OSPINA, por la presunta comisión en calidad de coautor del Delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud– en la modalidad de Homicidio Califi cado por Lucro, en agravio de Silvia Myriam Fefer Salleres (Expediente Nº 89-2009); Que, mediante el Informe Nº 107-2009/COE-TC del 23 de octubre de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito en Buenos Aires el 11 de junio de 2004 y lo dispuesto en el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del ciudadano colombiano ALEJANDRO TRUJILLO OSPINA o HUGO ARMANDO TRUJILLO OSPINA,