Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2009 (29/10/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

405221

mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, el mismo que sera aprobado por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas; Que, asimismo el Articulo 5º del acotado Decreto Supremo establece que el servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos, que ocasione la citada operacion de endeudamiento, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que proporcione oportunamente SEDAPAL; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 4º de la Ley Nº 29290, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 y su modificatoria, se dispone que el mecanismo de reembolso a favor del Gobierno Nacional, correspondiente a compromisos generados en el MORDAZA de las operaciones realizadas bajo el ambito del Sistema Nacional de Endeudamiento, sera efectuado a traves de la constitucion de un fideicomiso; Que, mediante el Fideicomiso de Administracion de Fondos constituido por SEDAPAL y el Ministerio de Economia y Finanzas en la Corporacion Financiera de Desarrollo- COFIDE, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 056-2009-EF/75, se atendera el servicio de la deuda de la operacion de endeudamiento aprobada por el D.S. Nº 208-2009-EF; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y sus modificatorias, la Ley Nº 29290 y su modificatoria, y el Decreto Supremo Nº 208-2009-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA - SEDAPAL, mediante el cual se establecen los terminos y condiciones para el traslado de los recursos y el pago del servicio de la deuda correspondiente a la operacion de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 208-2009-EF. El mecanismo de garantia del presente Convenio de Traspaso de Recursos sera el fideicomiso aprobado por Resolucion Ministerial Nº 056-2009-EF/75. Articulo 2º.- Autorizase al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico a suscribir, en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas, el Convenio de Traspaso de Recursos que se aprueba en el articulo precedente, asi como a suscribir toda documentacion necesaria para su implementacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 415472-1

Que, para tal efecto, dicha Ley establece que en respaldo del cumplimiento de las obligaciones materia del referido Proyecto es necesario que la empresa Doe Run Peru S.R.L. presente las garantias suficientes para respaldar la ampliacion de plazo otorgada; Que, asimismo en tanto que dicha Ley Nº 29410 establece que el Poder Ejecutivo dictara las disposiciones complementarias para la aplicacion de la Ley, resulta necesario que mediante Decreto Supremo se establezcan las obligaciones que dicha empresa debera cumplir para efectos de la culminacion del Proyecto "Planta de Acido Sulfurico y Modificacion de Circuito de Cobre" del Complejo Metalurgico de la Oroya; De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto del presente Decreto Supremo Establecer las disposiciones necesarias para la reglamentacion de la culminacion del Proyecto "Planta de Acido Sulfurico y Modificacion del Circuito de Cobre", en adelante el Proyecto, en cumplimiento del MORDAZA de descontaminacion del ambiente en la MORDAZA de La Oroya, departamento de MORDAZA, de conformidad con lo establecido en el articulo 1º de la Ley Nº 29410. Articulo 2º.- Plazo para el cumplimiento del Proyecto Ambiental "Planta de Acido Sulfurico y Modernizacion del Circuito de Cobre" 2.1 La ampliacion de plazo otorgada por la Ley Nº 29410, rige a partir de la entrada en vigencia de dicha MORDAZA y es aplicable unica y exclusivamente para las obligaciones vinculadas al Proyecto, quedando plenamente vigentes y exigibles el cumplimiento y plazo de ejecucion de las demas obligaciones contenidas en el MORDAZA legal vigente. OSINERGMIN, conforme a sus competencias, realizara las acciones de fiscalizacion y de sancion que correspondan en caso de incumplimiento. 2.2 La ampliacion del plazo otorgada por la Ley Nº 29410 no exime a la empresa Doe Run Peru S.R.L. de la auditoria ambiental de los proyectos no ampliados por dicha Ley, conforme al ordenamiento vigente. Articulo 3º.- Del plazo para el financiamiento y culminacion del Proyecto Ambiental 3.1 Dentro del plazo MORDAZA de diez (10) meses improrrogables para la obtencion del financiamiento del Proyecto y para el reinicio de operaciones del Complejo Metalurgico de La Oroya previsto en el articulo 2º de la Ley 29410 y dentro de los plazos especificos que para cada compromiso se establecen en los articulos 4º, 5º y 6º del presente Decreto Supremo; la empresa Doe Run Peru S.R.L. debera acreditar ante la Direccion General de Mineria del Ministerio de Energia y Minas, contar con el financiamiento respectivo para la culminacion y puesta en marcha del Proyecto, comunicar el reinicio de sus operaciones, constituir las garantias correspondientes, y realizar la modificacion del Contrato de Fideicomiso a que se refiere el articulo 4º del presente Decreto Supremo. 3.2 A partir del vencimiento del plazo MORDAZA de diez (10) meses senalado en el numeral 3.1 del presente articulo, la empresa Doe Run Peru S.R.L. cuenta con un plazo MORDAZA de hasta catorce (14) meses, el mismo que comprendera un plazo MORDAZA de dos (02) meses para la renegociacion y removilizacion de contratistas y de hasta doce (12) meses para la construccion del Proyecto. Vencido el plazo de catorce (14) meses MORDAZA referido, contara con un plazo MORDAZA improrrogable de hasta seis (06) meses para la puesta en marcha del Proyecto de acuerdo a lo recomendado por la Comision Tecnica designada por Resolucion Suprema Nº 2092009-PCM. 3.3 Sin perjuicio de los plazos maximos senalados en el numeral anterior, la empresa Doe Run Peru S.R.L., podra adelantar los inicios de construccion, renegociacion y removilizacion de contratistas, asi como la puesta en marcha del Proyecto. Asimismo, en caso se cumplan con las obligaciones relacionadas al referido proyecto, MORDAZA del plazo adicional otorgado mediante la Ley Nº 29410, la empresa Doe Run Peru S.R.L. debera comunicar dicho hecho al OSINERGMIN, para efectos de la auditoria a

ENERGIA Y MINAS
Decreto Supremo que reglamenta la Ley Nº 29410
DECRETO SUPREMO Nº 075-2009-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29410, por ser de necesidad publica y de preferente interes social coadyuvar a la descontaminacion del medio ambiente en la MORDAZA de La Oroya, departamento de MORDAZA, se ha senalado un plazo adicional improrrogable para culminacion del Proyecto Planta de Acido Sulfurico y Modificacion del Circuito de Cobre del Complejo Metalurgico de la Oroya de la empresa Doe Run Peru S.R.L.;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.