Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2009 (29/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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cuyo caso no podra cobrarse en un semestre determinado mas de 1% del monto de financiamiento dividido por el numero de semestres comprendidos en el plazo original de desembolsos. Articulo 2º.- Facilidad de Conversion de Moneda y Facilidad de Conversion de Tasa de Interes Autoricese al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico, para que en el MORDAZA de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal, pueda ejercer los instrumentos financieros denominados "Facilidad de Conversion de Moneda" y "Facilidad de Conversion de Tasa de Interes", mencionados en la parte considerativa de esta MORDAZA legal. Para tal fin, se autoriza al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir, en representacion de la Republica del Peru, las instrucciones de conversion asi como toda la documentacion que se requiera para implementar los referidos instrumentos financieros. Articulo 3º.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Programa para el Desarrollo de una Matriz Energetica Sostenible I" sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales ­ UCPS. Articulo 4º.- Suscripcion de documentos Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1º de esta MORDAZA legal; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar la citada operacion. Articulo 5º.- Servicio de deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la presente operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1º del presente dispositivo legal, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA del Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de octubre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 415763-3

Autorizan transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009 a favor del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para el desarrollo MORDAZA y ambiental del litoral de MORDAZA y Callao
DECRETO SUPREMO Nº 238-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, de conformidad a la Ley Nº 27792, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento; asimismo ejerce competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento, conforme a Ley; Que, el Plan Nacional de Vivienda - Vivienda para Todos: "Lineamientos de Politica 2006-2015" aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006-Vivienda, establece como mision, el mejorar las condiciones de MORDAZA y las oportunidades de desarrollo de la poblacion nacional, MORDAZA y rural, entre otros, contribuyendo con la elevacion de los estandares de calidad de vida: mejor habitat, mas seguridad y mas salubridad; asimismo establece entre las lineas de accion programatica para el cumplimiento de los objetivos, metas y estrategias del Plan, el facilitar a la poblacion MORDAZA y rural el acceso, uso y disfrute de los espacios publicos libres, de caracter civico, deportivo, natural y zonas verdes, respecto de estandares minimos preestablecidos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007VIVIENDA se crea el "Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos" - PIMBP, el cual comprende el Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA - "Mi Barrio", el proyecto de Mejoramiento Integral de Vivienda y Pueblos Rurales - "Mejorando mi Pueblo", el proyecto piloto "La MORDAZA de mi Barrio", el programa de Proteccion Ambiental y Ecologia MORDAZA en MORDAZA y Callao, el proyecto de Reconstruccion de Vivienda, el proyecto "Mejorando Mi Quinta" y el componente "Muros de Contencion"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 050-2009VIVIENDA se crea el "Proyecto de Desarrollo MORDAZA y Ambiental del Litoral de MORDAZA y Callao", como componente del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos, con el proposito de mejorar las condiciones urbanas y ambientales a traves de intervenciones fisicas en instalaciones recreativas, vias de comunicacion, veredas, instalaciones de salubridad y afines, incrementar las areas verdes, fomentando el tratamiento ecologico de las areas del litoral comprendidas en el area de intervencion; implementar la infraestructura fisica y ambiental como parte del plan MORDAZA del litoral del Departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao; Que, la Costa MORDAZA es un area natural de espacio publico y paisajista, integrante del litoral que recorre las Provincias de MORDAZA y Callao y forma parte del area de intervencion que debe ser integrada al area MORDAZA metropolitana y brindar a su poblacion servicios de infraestructura en optimas condiciones en materia de turismo, recreacion - deporte, cultura, conservacion del medio ambiente y otros, generando al mismo tiempo un impulso a la inversion local y consecuentemente el desarrollo de puestos de trabajo, todo ello en el MORDAZA del desarrollo MORDAZA y ambiental en las Provincias de MORDAZA y Callao; Que, a fin de continuar con la ejecucion de nuevas intervenciones en los ambitos del componente Desarrollo MORDAZA y Ambiental del Litoral de MORDAZA y Callao, a traves de la "Proteccion Costera Av. Costa Verde", "Estabilizacion de Taludes de Av. Costa Verde" "Ensanche de vereda en malecon", "Construccion de Escalera de Acceso a la Playa desde Mirador Bertolotto", "Construccion de Escalera de Acceso al MORDAZA Ecologico", "Obras complementarias del Malecon Costa Verde", "Construccion de dos puentes peatonales incluida escalera de acceso en el Malecon Costa Verde", "Construccion de Enrocado en la Costa MORDAZA - Proteccion MORDAZA Deportivos" y "Tratamiento de espacios verdes", entre otros; el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves del Oficio Nº 689 -2009-VIVIENDA-DM, ha solicitado recursos adicionales a su presupuesto institucional 2009, por la suma de S/. 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES ) para que en el MORDAZA de sus competencias en materia de urbanismo, realice transferencias de recursos para financiar la ejecucion de las intervenciones MORDAZA descritas, en el MORDAZA de lo dispuesto por la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, modificada por el articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009 y el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 102-2009;

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