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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (29/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de octubre de 2009 405226 SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelar, por causal de muerte, el título de Notario Público de la provincia de Tingo María, departamento de Huánuco, otorgado a don NICOLÁS BESADA GARAY. Artículo 2.- Reconocer y agradecer públicamente los servicios prestados a la Nación por don NICOLÁS BESADA GARAY quien ejerció el cargo de Notario Público de la provincia de Tingo María durante cincuenta y tres (53) años. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, y al Colegio de Notarios de Huánuco y Pasco para los fi nes que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 415202-1 Cancelan, por causal de renuncia, título de Notario Público del distrito, provincia y departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0205-2009-JUS Lima, 23 de octubre de 2009 VISTO, el Informe N° 010-2009-JUS/CN, de fecha 7 de octubre de 2009, remitido por la Presidenta del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 150-2009-CNC/C, de fecha 26 de setiembre 2009 el Decano del Colegio de Notarios de Cajamarca, comunica que ha operado la causal de cese por la renuncia del señor doctor Julio Alcides Cabanillas Becerra al cargo de notario del distrito de Cajamarca, provincia de Cajamarca, departamento de Cajamarca del Distrito Notarial de Cajamarca; Que, el inciso c) del artículo 21° del Decreto Legislativo N° 1049 - Decreto Legislativo del Notariado, establece que, entre otras causales, el notario cesa por renuncia, por lo que resulta necesario cancelar el título de Notario Público del Cercado de Cajamarca otorgado al señor doctor Julio Alcides Cabanillas Becerra, por Resolución Suprema de fecha 30 de junio de 1961; Que, el señor doctor Julio Alcides Cabanillas Becerra, ejerció el cargo de Notario Público del Cercado de Cajamarca durante 48 años, debiendo dejar precedente a su renocimiento público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049 - Decreto Legislativo del Notariado, el Decreto Ley N° 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia y el Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelar, por causal de renuncia, el título de Notario Público del distrito de Cajamarca, provincia de Cajamarca, departamento de Cajamarca, otorgado al señor doctor JULIO ALCIDES CABANILLAS BECERRA. Artículo 2.- Reconocer y agradecer públicamente los servicios prestados a la Nación por el señor doctor JULIO ALCIDES CABANILLAS BECERRA; quien ejerció el cargo de Notario Público del Cercado de Cajamarca durante 48 años, cumpliendo ejemplarmente con la responsabilidad delegada por el Estado Peruano. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Cajamarca y al interesado para los fi nes que corresponda. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 415202-2 Declaran de interés institucional la promoción de la difusión de la legislación de carácter general y de la información jurídica, a través de instituciones públicas y privadas afines, a nivel nacional RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 051-2009-JUS Lima, 16 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la permanente modernización y actualización de nuestro sistema jurídico, genera la constante afectación legal de los más importantes cuerpos normativos consagrados, ya sea a nivel constitucional o legal propiamente; a lo que se añade la profi cua labor en materia de jurisprudencia que expiden los órganos jurisdiccionales del país; Que, para el cabal conocimiento del proceso señalado en el considerando precedente, es necesario que el Estado impulse una masiva y permanente difusión de la legislación de carácter general y de la información jurídica, respectivamente, a nivel nacional; Que, dicha labor, sin embargo, no es posible que sea atendida directamente por el organismo estatal competente, debido a factores de índole presupuestal y logístico; Que, ante tal situación, es menester recurrir al apoyo de terceros para el cumplimiento de tan importante labor, ya sean Colegios de Abogados, Facultades de Derecho de universidades públicas o privadas o entidades privadas de reconocido prestigio y experiencia; ello sin perjuicio del cumplimiento de las actividades institucionales en dicha materia, que corresponden a la Dirección de Difusión Legislativa; Que, de manera complementaria es de interés del Ministerio de Justicia, que los eventos de capacitación en materia jurídica que realicen los particulares, garanticen a los participantes su desarrollo en condiciones óptimas, en cuanto a la calidad de expositores y relevancia de los temas a abordar; Que, para formalizar tan importante apoyo de las entidades convocadas, es necesario la suscripción de convenios que tengan por fi nalidad la permanente colaboración de parte del Ministerio de Justicia para la realización de diplomados, cursos de especialización, seminarios y eventos similares en las distintas materias jurídicas, en sus respectivas localidades, para lo cual es necesario que se promuevan las ventajas y benefi cios que trae consigo la “Ofi cialización de Eventos de Carácter Jurídico solicitados por Instituciones Públicas y Privadas”, en especial en lo relativo al “Uso del logotipo del Ministerio de Justicia” y de “Autenticación de certifi cados de eventos ofi cializados”, contemplados en la Directiva Nº 001-2001- JUS-VM, aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 232-2001-JUS; así como para la inclusión con fi nes de publicidad de los eventos ofi cializados en la Página Web del MINJUS; De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Sector Justicia – Decreto Ley Nº 25993, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia – Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS y en la Directiva Nº 001-2001-JUS “Lineamientos para la Ofi cialización de Eventos de Carácter Jurídico solicitados por Instituciones Públicas y Privadas”, aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 232-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR de interés institucional la promoción de la difusión de la legislación de carácter general y de la información jurídica, a través de instituciones públicas y privadas afi nes, a nivel nacional. Artículo 2º.- La Dirección Nacional de Asuntos Jurídcos para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 1º, organizará y concertará convenios de colaboración con Colegios de Abogados, Facultades de Derecho de universidades públicas o privadas y entidades privadas de reconocida trayectoria, prestigio y experiencia.