Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2009 (31/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, sabado 31 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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solicita a la Comision de Evaluacion del Desempeno el cuadro de meritos con las notas de cada magistrado, a que se refiere el articulo 101º de la Ley de MORDAZA Judicial y convoca a concurso publico de ascenso disponiendo su publicacion en la pagina web del CNM. Articulo 64º.- El aviso de convocatoria al concurso de ascenso contiene las plazas materia del mismo, la relacion de magistrados considerados en el cuadro de meritos, el plazo de inscripcion y demas informacion necesaria. Articulo 65º.- El postulante se inscribe al concurso convocado llenando la ficha de inscripcion en la pagina web del Consejo. CAPITULO II: DE LA EVALUACION PSICOLOGICA Y ENTREVISTA PERSONAL Articulo 66º.- Los postulantes inscritos seran sometidos a una evaluacion psicologica y a una entrevista personal a cargo del Pleno del Consejo, con la finalidad que los senores Consejeros, previo al acto de votacion para el nombramiento, puedan verificar si el candidato cumple con el perfil requerido para el cargo. El Pleno dispone la publicacion en la pagina web del Consejo del cronograma de entrevistas, el lugar de su desarrollo y el curriculum vitae de los postulantes, respetando sus derechos consagrados en la Constitucion Politica. Entre la publicacion del cronograma de entrevistas y el inicio de las mismas debe mediar cuando menos siete (7) dias habiles. Articulo 67º.- Para orientar la entrevista personal los Consejeros cuentan con las notas de la evaluacion parcial del desempeno, los resultados del examen psicologico y cualquier otra informacion que se considere necesaria. Se pierde el derecho a la entrevista personal por inasistencia o por impuntualidad. No se admite justificacion alguna. Articulo 68º.- El Consejo recibira hasta MORDAZA de la entrevista todo MORDAZA de informacion que este destinada a acreditar o cuestionar la idoneidad y/o probidad del postulante. Se rechaza el cuestionamiento que no contenga elementos objetivos que permitan acreditar la validez del mismo; admitido aquel, se corre traslado al postulante para que exponga lo conveniente, si lo estima pertinente. Articulo 69º.- La entrevista personal se rige por las disposiciones contenidas en los articulo 46º y 47º del presente Reglamento. CAPITULO III: DE LA VOTACION NOMINAL Y NOMBRAMIENTO Articulo 70º.- Los Consejeros reunidos en Pleno proceden al acto de votacion nominal en estricto orden de meritos. Se nombra al postulante que obtiene el MORDAZA de no menos los dos tercios del numero legal de sus miembros. La decision de apartarse del cuadro de meritos es motivada y consta en el acta respectiva. Articulo 71º.- En el caso que el postulante a quien correspondiese nombrar segun el orden de meritos no obtuviese la mayoria de votos requeridos, se elegira entre los dos siguientes en el orden de meritos. Si ninguno alcanzase mayoria, la plaza sera declarada desierta. Articulo 72º.- La juramentacion y entrega de titulo se rige por lo establecido en los articulos 59º al 61º del presente Reglamento. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- El Consejo otorgara una bonificacion del 5% sobre el promedio final a que se refiere el articulo 50º del presente Reglamento, a aquellos postulantes a plazas en las que el idioma predominante sea el quechua o MORDAZA u otros dialectos y que acrediten su capacidad de comunicarse en el idioma o dialecto, en la forma que el Consejo determine. Segunda.- El Consejo brindara al postulante con discapacidad las facilidades que fueran necesarias para rendir el examen escrito, siempre que no presenten discapacidad mental, fisica o sensorial debidamente acreditada que lo imposibilite para cumplir con sus

funciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 4º numeral 6) de la Ley de MORDAZA Judicial. Tercera.- Publicado el resultado de cada etapa del concurso y a solicitud del interesado, se expide la MORDAZA correspondiente, previo abono de los derechos establecidos en el MORDAZA del Consejo. Cuarta.- No procede la devolucion del monto pagado por concepto de inscripcion a un concurso una vez publicada la relacion de postulantes aptos y no aptos para el MORDAZA de seleccion, excepto lo dispuesto en el articulo 12º del presente Reglamento. Quinta.- En tanto se implemente la Comision de Evaluacion del Desempeno, el concurso para cubrir el 30% de las plazas reservadas para el ascenso a que alude el articulo 3º de la Ley de MORDAZA Judicial se regira por las mismas disposiciones que regulan el concurso abierto. Sexta.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento rigen para los concursos de plazas del Ministerio Publico, en tanto no exista una Ley de MORDAZA Fiscal. Septima.- Los postulantes deben retirar sus documentos de la Unidad de Tramite Documentario del Consejo, en el plazo improrrogable de treinta (30) dias calendario contados a partir de la fecha en que termino su participacion en el concurso. Vencido este plazo el CNM esta autorizado a disponer de ellos. Octava.- La modificacion del presente Reglamento requiere acuerdo del Pleno, adoptado con el MORDAZA conforme de los dos tercios del numero legal de sus miembros. Novena.- Las situaciones no previstas en el presente Reglamento son resueltas por el Pleno del Consejo. Decima.- El presente Reglamento rige desde el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano y es de aplicacion para los concursos que se convoquen a partir de su vigencia.
Anexo 1 Tabla de puntaje para la Calificacion Curricular FISCAL ADJUNTO PROVINCIAL
Consolidado Rubro A. MORDAZA, Titulos y Estudios Academicos B. Capacitacion C. Publicaciones D. Experiencia Profesional 1. Tiempo de Servicios 2. Desempeno Profesional Ejercicio Profesional 3. Otras Actividades y Meritos Especiales TOTAL A. MORDAZA, Titulos y Estudios Academicos 1. MORDAZA Academicos en Derecho 1.1. 1.2. Doctor Maestro (12 puntos) (9 puntos) Hasta 10 Hasta 24 Hasta 10 Hasta 9 100 MORDAZA 21 puntos Puntaje MORDAZA por rubro 21 43 6 30

2. Estudios de Doctorado o Maestria en Derecho 2.1. 2.2. Estudios curriculares de Doctorado Estudios curriculares de Maestria (2.0 semestre aprobado) (1.75 semestre aprobado)

3. Estudios de Doctorado o Maestria en Otras Disciplinas 3.1. 3.2. Estudios curriculares de Doctorado Estudios curriculares de Maestria (0.50 semestre aprobado) (0.25 semestre aprobado) (2 puntos) (1 punto) Hasta 21

4. Titulo Profesional en otra disciplina 5. Bachiller en otra disciplina 6. Tesis Universitaria Haber optado el Titulo de Abogado mediante Tesis 7. Meritos Universitarios a nivel de pre grado 7.1. 7.2. 7.3. Primer puesto MORDAZA Superior MORDAZA Superior

(4 puntos)

(8 puntos) (7 puntos) (6 puntos)

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