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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (31/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 75

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de octubre de 2009 405397 Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2009-VIVIENDA. Que, el numeral 3 de la Octava Disposición Complementaria y Final del Reglamento antes mencionado respecto al saneamiento de los bienes estatales establece que : “3. El saneamiento de bienes estatales a cargo de las entidades, se regula por las Leyes Nos. 26512 y 27493, por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, por los Decretos Supremos Nºs. 130 y 136-2001-EF, y demás normas complementarias y conexas.” Que, el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 130-2001- EF señala las inscripciones a ser realizadas al amparo del Decreto Supremo Nº 130-2001-EF, considerándose en el inciso g) el de “Independizaciones, acumulaciones, desmembraciones y fraccionamientos. Que, conforme obra de la documentación remitida la acción a realizar es una de independización, pues se requiere independizar una extensión de un terreno matriz, debiendo crearse una partida independiente del área a independizar, lo que es concordante con lo establecido en el artículo 40 y siguientes del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobada por Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Nº 248-2008-SUNARP-SN. Que, estando a lo señalado en los informes emitidos es procedente expedir la resolución de independización de una área de 200 000.00 m2, del terreno eriazo de 6 539, 782.59 m2. ubicado en el distrito de Yura provincia y departamento de Arequipa, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº P06122364 del Registro de Predios, debiendo publicarse por una vez en el Diario Ofi cial El Peruano y otro de circulación regional y en la página Web institucional. Que, una vez realizada la publicación en un plazo no mayor de sesenta días calendario deberá presentarse ante el Registro de Predios la solicitud de anotación preventiva, adjuntando la documentación referida en el artículo 9 del Decreto Supremo antes mencionado. Que, una vez realizada la publicación en un plazo no mayor de sesenta días calendario deberá presentarse ante el Registro de Predios la solicitud de anotación preventiva. Transcurrido el plazo de 30 días calendario de efectuada la inscripción provisional, sin que haya mediado oposición, deber solicitarse la inscripción defi nitiva. Con Informe Nº 740 -2009-GRA/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 337-2007-GRA/PR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la INDEPENDIZACIÓN de una área de 200, 000.00 m2, del terreno eriazo de 6 539, 782.59 m2. ubicado en el distrito de Yura provincia y departamento de Arequipa, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº P06122364 del Registro de Predios, conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicada por única vez en el Diario Ofi cial El Peruano, otro de circulación regional y en la página Web institucional. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, continúe con el procedimiento establecido en la Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2009-VIVIENDA, Decretos Supremos Nºs. 130 y 136-2001-EF, y demás normas complementarias y conexas aplicables al presente procedimiento. Artículo 4º.- La Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la inscripción de la independización dispuesta. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintitrés (23) dias del mes de Octubre del Dos Mil Nueve. Regístrese y comuníquese. BERLY JOSE GONZALES ARIAS Gerente General Regional 416015-1 GOBIERNO REGIONAL DE ICA Aprueban el “Plan de Promoción de las Inversiones de la Región Ica” ORDENANZA REGIONAL Nº 0014 -2009- GORE-ICA Ica, 28 de setiembre de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de fecha 10 de setiembre del 2009. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su Artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su Artículo 192º inciso 1), dispone que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por Ley Nº 27902, establece en el artículo 10º numeral 1), inciso m), que los Gobiernos Regionales tienen competencia exclusiva para dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad; el numeral 2., inciso c) del artículo 10º de la indicada Norma, señala que, son competencias compartidas de los Gobiernos Regionales, la promoción, gestión y regulación de las actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondiente a los sectores agricultura, pesquería, industria, comercio, turismo, energía, hidrocarburos, minas, transportes, comunicaciones y medio ambiente; y su Artículo 38º, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Artículo 34º de la citada Ley, establece que los Gobiernos Regionales crearán mecanismos para promover la inversión privada, nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento económico regional conforme a ley; Que, el Plan de Desarrollo Regional Concertado de Ica, defi ne los objetivos estratégicos, así como objetivos específi cos, políticas y metas a ser cumplidas en dicho período; ello con la fi nalidad de lograr avances claros en la lucha contra la pobreza y en la construcción de las capacidades humanas y de infraestructura, que se consideran necesarias para viabilizar el logro de la visión de largo plazo; Que, con Ofi cio Nº 198-2009-GORE-ICA/GRDE, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, remite al Consejo Regional la versión fi nal del “Plan de Promoción de Inversiones de la Región Ica”, documento elaborado en coordinación con PROINVERSION, dentro del marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional, suscrito entre el Gobierno Regional de Ica y Agencia de Promoción de la Inversión Privada- PROINVERSION, con la participación de técnicos del Gobierno Regional Ica, Cámara de Comercio de Ica, CITEVID, Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica y demás instituciones públicas y/o privadas precisadas en el Informe No. 025-2009-GRDE/ MVR, dentro del marco general del Plan de Desarrollo Regional Concertado, PERX, Plan de Desarrollo Turístico, complementado con información de campo, de acuerdo a