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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (31/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de octubre de 2009 405387 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje de Miembro Titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN Nº 166-2009-P/JNE Lima, 30 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Memorando Nº 251-2009-DCGI/JNE, de fecha 27 de octubre de 2009, la Directora Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, solicita a la Jefa de Logística la adquisición de pasajes y TUUA para la participación del Dr. José Luis Velarde Urdanivia, Miembro Titular del Jurado Nacional de Elecciones, en el Seminario denominado “La aplicación de las tecnologías de la información a los procesos electorales. Su contribución al fortalecimiento de las instituciones democráticas”, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias - Colombia del 03 al 06 de noviembre de 2009; Que, la participación de un representante del Jurado Nacional de Elecciones en calidad de invitado institucional en el marco del seminario referido en el primer considerando, signifi cará un intercambio de experiencias sobre el desarrollo de los procesos electorales, aspectos que, por su naturaleza y trascendencia, resultan de interés institucional específi co y convergen con los esfuerzos que viene realizando nuestra Entidad para el mejoramiento de las funciones encomendadas por la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, además de contribuir a la promoción de nuestro sistema electoral, base de la estabilidad democrática y de la gobernabilidad de nuestro país, lo que constituye una acción de promoción de importancia para el Perú; por lo que, resulta conveniente comisionar al doctor José Luis Velarde Urdanivia, Miembro Titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones para que participe en el evento antes señalado, autorizando su viaje a la República de Colombia, así como el respectivo permiso por comisión de servicios no sujeto a descuento; Que, con la Certifi cación Nº 1694-2009-DGRS/JNE, de fecha 29 de octubre de 2009, la Dirección General de Recursos y Servicios, informa la existencia de crédito presupuestario del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2009, con cargo al calendario de compromisos del mes de octubre de 2009, para sufragar los gastos de la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto y Pasajes Aéreos, ascendente a S/. 3,065.83, que no son cubiertos por los organizadores del evento antes señalado; Que, de conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 27619, los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, deben ser autorizados por la más alta autoridad de la respectiva institución, y , en el caso del Jurado Nacional de Elecciones, conforme al artículo 22º de su Ley Orgánica, Ley Nº 26486 y los artículos 13º, 14º y 16º, de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución Nº 130-2008-JNE, el Presidente es su representante ofi cial, máxima autoridad administrativa y Titular del Pliego; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, así como la Ley Nº 29289; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del doctor José Luis Velarde Urdanivia, Miembro Titular del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, a la República de Colombia, del 03 al 06 de noviembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Jurado Nacional de Elecciones cubrirá, con recursos ordinarios, el siguiente gasto de viaje del funcionario referido en el artículo anterior: Pasajes Aéreos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA): S/. 3,065.83 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendición de cuentas correspondiente. Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO SIVINA HURTADO Presidente Jurado Nacional de Elecciones 416544-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Exoneran de la obligación de la tinta indeleble a los votantes de circunscripciones electorales comprendidas en zonas declaradas en Estado de Emergencia RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 171-2009-J/ONPE Lima, 29 de octubre de 2009 VISTOS: el Memorándum Nº 876-2009-GOECOR/ ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; así como el Informe Nº 243-2009- OGAJ/ONPE, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 050-2009-PCM, se convocó a Nuevas Elecciones Municipales 2009, para el domingo 29 de noviembre próximo con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores en diversos concejos provinciales y distritales; Que, asimismo mediante Resolución Nº 440-2009-JNE del Jurado Nacional de Elecciones se convocó a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales para el día domingo 15 de noviembre de 2009 en diversas circunscripciones de la República; Que, mediante Resolución Nº 491-2009-JNE entre otras disposiciones, se señaló como fecha para la realización de la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales el día domingo 29 de noviembre de 2009, dejándose sin efecto la fecha señalada en la Resolución Nº 440-2009-JNE antes mencionada; Que, de conformidad con el artículo 176º de la Constitución Política del Perú, los organismos electorales tienen por fi nalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos; y que los escrutinios sean refl ejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votación directa; Que, la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE es un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería de derecho público interno y