Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2009 (31/10/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de octubre de 2009 405389 Asignación de Personal de la Entidad, el mismo que contiene la modifi cación de la estructura de cargos de la Gerencia de Información y Educación Electoral, así como de las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica, Comunicaciones e Imagen Institucional y Planeamiento y Presupuesto; Que, habiéndose verifi cado la existencia del supuesto de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal previsto en el literal a) del artículo 16º del Decreto Supremo antes referido, corresponde la aprobación de un nuevo CAP; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Entidades de la Administración Pública, y en uso de las facultades conferidas en el literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y los literales p) y bb) del artículo 9º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado y modifi cado mediante Resoluciones Jefaturales Nos. 073 y 163-2009-J/ONPE, respectivamente; Con el visado de las Ofi cinas Generales de Asesoría Jurídica y de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 075-2009-J/ONPE y demás disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto la modifi cación del Manual de Organización y Funciones (MOF), adecuándolo a los cargos establecidos en el Cuadro para Asignación de Personal, que se aprueban mediante la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; así como en el portal institucional: www.onpe.gob.pe, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) y en el Portal del Estado Peruano, de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 29091. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa 416437-1 MINISTERIO PUBLICO Disponen que la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Santa Anita trabaje a dedicación exclusiva con el Juzgado Penal Transitorio de Ate Vitarte, a nivel judicial RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1562-2009-MP-FN Lima, 29 de octubre de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, las Fiscalías Provinciales Penales de la Sede Descentralizada de Santa Anita, al tomar conocimiento de los hechos delictivos suscitados en las zonas donde ejercen competencia las mismas que comprenden las circunscripciones policiales de Salamanca, Ate Vitarte, Santa Clara, Huachipa, Jicamarca y en mérito a las atribuciones establecidas en las leyes de la materia, se encuentran facultadas de formalizar las denuncias penales correspondientes, previa califi cación de considerarlo pertinente, una vez cumplida con dicha formalidad son remitidas al Primer y Segundo Juzgado Penal de Chosica, tratándose de reos libres. A consecuencia de ello, la Primera y Segunda Fiscalía Provincial Penal de Chosica asumen la carga procesal proveniente de los Juzgados antes citados. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa Nº 029-2008-CE- PJ, de fecha catorce de febrero del año dos mil ocho, creó el Juzgado Penal Transitorio de Ate Vitarte, con la fi nalidad de reducir la excesiva carga procesal que viene siendo materia de conocimiento de los Juzgados Penales de Chosica. En ese sentido, las formalizaciones de denuncias provenientes de las Fiscalías Provinciales de Santa Anita, respecto de los distritos citados en el párrafo precedente, son inmediatamente derivadas al Juzgado Penal Transitorio de Ate Vitarte. No obstante, no se ha designado una Fiscalía Provincial Penal que apoye en la labor de diligencias judiciales y dictámenes, con el referido Juzgado Penal Transitorio, saturando las labores de las Fiscalías Provinciales Penales de Chosica. Que la Fiscal de la Nación como Titular del Ministerio Público, es la responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, siendo uno de sus principales objetivos ofrecer a la sociedad un servicio fi scal efi ciente y oportuno. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que, a partir de la fecha, la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Santa Anita trabaje a dedicación exclusiva, con el Juzgado Penal Transitorio de Ate Vitarte, a nivel judicial. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, adopte las medidas pertinentes, a partir de la vigencia de la presente Resolución, respecto de la distribución equitativa de la carga existente en la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santa Anita, así como del establecimiento de turnos fi scales entre las Fiscalías Provinciales Penales de Santa Anita y otras que resulten necesarias para su efi ciente funcionamiento. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a las Fiscalías mencionadas, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO WILFREDO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal Supremo Titular Encargado del Despacho de la Fiscalía de la Nación 416529-1 Establecen disposiciones relativas a la competencia territorial de las Fiscalías Provinciales de Familia de Santa Anita y de la Fiscalía Provincial Mixta de Ate Vitarte, en concordancia con la competencia territorial de las Fiscalías Provinciales Penales de Santa Anita RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1563 -2009-MP-FN Lima, 29 de octubre de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la Fiscalía Provincial Mixta de Ate Vitarte, a nivel preliminar, recepciona denuncias sobre casos de Violencia Familiar, Área Tutelar, Familiar Penal (infractores),