Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2009 (04/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de setiembre de 2009

Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa MORDAZA S.R.L., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de movil por satelite. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa MORDAZA S.R.L. para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2º de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion y con la MORDAZA de la carta fianza que asegure el inicio de operaciones. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 392303-1

Reclasifican temporalmente la Ruta Nacional PE - 34 H en el tramo: Dv. MORDAZA - Huatasani - Putina, de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignandole el Codigo Temporal Nº PU-135
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 603-2009-MTC/02 MORDAZA, 28 de agosto de 2009 VISTOS: Los Oficios Nº 704-2009-GR-PUNO/GGR y Nº 7142009-GR-PUNO/GGR del Gobierno Regional de Puno; el Informe Nº 064-2009-MTC/20.13 de la Oficina de Proyectos Especiales del Provias Nacional; el Informe Nº 448-2009MTC/14.07 de la Direccion de Caminos; y, el Memorandum Nº 2806-2009-MTC/14 del Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficios Nº 704-2009-GR-PUNO/ GGR y Nº 714-2009-GR-PUNO/GGR de fecha 13 de agosto de 2009, el Gobierno Regional de MORDAZA solicito la reclasificacion temporal de la Ruta Nacional PE ­ 34 H en

el tramo: Dv. MORDAZA ­ Huatasani ­ Putina ­ Quilcapuncu ­ MORDAZA Toco Toco ­ Quiscupunco ­ MORDAZA Sallaco ­ MORDAZA ­ MORDAZA Maroncunca ­ San MORDAZA del Oro ­ San MORDAZA ­ Paujil Playa (frontera con Bolivia), como Ruta Departamental o Regional, por cuanto tiene programado realizar inversiones para mejorar las caracteristicas del tramo citado, en un plazo estimado de un (01) ano, manifestando que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, con Informe Nº 064-2009-MTC/20.13 de fecha 19 de agosto de 2009, el Jefe de la Oficina de Proyectos Especiales del Provias Nacional, senalo que a traves del Programa Proyecto Peru se viene convocando el Concurso Publico Nº 027-2009-MTC/20, para la Contratacion de los Servicios de Gestion y Conservacion Vial: Ruta PE-34G Tramo: Juliaca ­ Putina ­ MORDAZA ­ San MORDAZA y Ruta PE 34H Tramo: Emp. PE-34G ­ Moho ­ Tilali ­ Limite con Bolivia de 438 Km. por lo que a fin que no se imposibilite el MORDAZA correspondiente, recomienda la recategorizacion temporal del tramo de la Ruta Nacional comprendido entre la Dv. MORDAZA ­ Huatasani ­ Putina a la Red Vial Departamental o Regional, a fin de que el Gobierno Regional de MORDAZA efectue las inversiones necesarias para su consolidacion; Que, mediante Informe Nº 448-2009-MTC/14.07 de fecha 20 de agosto de 2009, la Direccion de Caminos de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles considero procedente la reclasificacion temporal de la jerarquia de la Ruta Nacional PE ­ 34 H en el tramo: Dv. MORDAZA ­ Huatasani ­ Putina, de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignandosele el Codigo Temporal Nº PU-135, a efectos que el Gobierno Regional de MORDAZA efectue las inversiones programadas destinadas a mejorar las caracteristicas del referido tramo; Que, mediante Memorandum Nº 2806-2009-MTC/14 de fecha 21 de agosto de 2009, el Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles recomienda, en virtud del Informe Nº 448-2009-MTC/14.07, la reclasificacion temporal de la jerarquia de la Ruta Nacional PE ­ 34 H en el tramo: Dv. MORDAZA ­ Huatasani ­ Putina, de la Red Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional, asignandosele el Codigo Temporal Nº PU-135; Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6º del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras y las autoridades competentes para la aplicacion del referido Reglamento, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado; Que, de conformidad con el numeral 10.2 del articulo 10º del referido Reglamento, se establece que las autoridades competentes podran proponer de comun acuerdo la reclasificacion de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ambito de su jurisdiccion, con el correspondiente sustento tecnico y en concordancia con los criterios del articulo 8º, la cual sera aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolucion Ministerial e incorporada al Clasificador de Rutas y al Registro Nacional de Carreteras (RENAC); Que, asimismo el articulo 9º del citado Reglamento, dispone que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a traves de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasificacion de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) en aplicacion a los criterios establecidos en el articulo 8º del Reglamento considerando para tales efectos la informacion que proporcionen las autoridades competentes a que se refiere el articulo 6º del referido Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2008MTC, se aprobo la actualizacion del Clasificador Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), incorporandose a dicho cuerpo legal el articulo 5-A de la Clasificacion Temporal de Carreteras, a traves del Decreto Supremo Nº 026-2009-MTC, estableciendo que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podra disponer, a peticion de las autoridades

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