Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2009 (04/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de setiembre de 2009

Descentralizado, en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, Departamento de Ica. Asimismo, declara de interes nacional los proyectos petroquimicos que se instalen en la referida MORDAZA geografica, sin que ello implique la autorizacion para instalar y operar plantas petroquimicas; Que, el articulo 2º del Reglamento de la Ley Nº 29163 establece, entre otros aspectos, que para la instalacion y operacion de las Plantas Petroquimicas, los interesados deberan cumplir con obtener las autorizaciones correspondientes de las autoridades competentes, previo cumplimiento de las normas de seguridad, ambientales y de operacion, y supletoriamente las normas internacionales debidamente reconocidas, por lo que las declaraciones contenidas en la Resolucion Ministerial Nº 312-2009-MEM/DM no aprueban la instalacion ni las operaciones de Plantas Petroquimicas; Que, finalmente, los recurrentes sostienen que se incurriria en avocamiento indebido, por existir procesos pendientes en el Poder Judicial sobre los terrenos aludidos en la Resolucion Ministerial impugnada, lo cual carece de fundamento debido a que la referida Resolucion Ministerial se limita a determinar una MORDAZA para la instalacion de un Complejo Petroquimico, sin que ello implique una decision respecto al destino de los terrenos mencionados, ni una interferencia con los procesos judiciales aludidos en los escritos a traves de los cuales se interponen los recursos impugnatorios; De conformidad con lo establecido en el literal b) del articulo 6º del Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; y el literal h) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acumulese los procedimiento adminis-trativos referidos a los escritos de reconsideracion Nº 1912100, 1912103, 1912106 y 1912107, interpuestos por los recurrentes MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA TASAYCO, contra la Resolucion Ministerial Nº 312-2009-MEM/DM. Articulo 2º.- Declarar IMPROCEDENTE los recursos de reconsideracion a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, por las razones expuestas en la parte considerativa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 392928-1

para todos los medios de transporte de Petroleo Crudo, Gas Licuado de Petroleo, Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0452009-EM senala que el Ministerio de Energia y Minas establecera el MORDAZA y caracteristicas minimas del Sistema de Posicionamiento Global - GPS, en los medios de transporte de Petroleo Crudo, Gas Licuado de Petroleo, Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos; Que, los Sistemas de Control y Seguridad permitiran complementar las labores de supervision y fiscalizacion de los medios de transporte de Petroleo Crudo, Gas Licuado de Petroleo, Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, permitiendo la verificacion de su ubicacion geografica, en cualquier momento, del ingreso y salida de los puntos de despacho, asi como del arribo o llegada fisica a los puntos de destino indicados por el agente que origino el pedido en el Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP); Que, de la legislacion vigente, se considera conveniente adoptar los tipos y caracteristicas minimas actualmente exigibles en medios de transporte, aprobadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- MORDAZA y caracteristicas de los Sistemas de Posicionamiento Global para medios de transporte terrestre Los Sistemas de Posicionamiento Global ­ GPS para los medios de transporte terrestre de Petroleo Crudo, Gas Licuado de Petroleo, Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, tendran el MORDAZA y caracteristicas siguientes: - Equipos con tecnologia GPS/GSM, GSM/GPRS (Cuatro bandas 850/900/1800/1900 MHz), Duales (GSM/ GPRS/SATELITAL) u otros que realicen la transmision remota que posean frecuencia y tecnologia autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Equipos con capacidad de monitoreo en tiempo real, capaces de notificar eventos (Alertas) y paradas prolongadas en lugares no autorizados. - Equipos con capacidad de enviar reportes en formatos binarios y ASCII, debiendo utilizar protocolos AT, TAIP, TSIP, NMEA, SIRF, TCP/IP, UDP u otros que proporcionen bidireccionalidad de la comunicacion. - Equipos programables por conector externo y/o forma remota. - Equipos con capacidad de operar dentro de los rangos de -40°C a +70°C. - Equipos alimentados por 12 VDC o 24 VDC y cuenten con bateria de respaldo recargable por lo menos con 8 horas de duracion. - Equipos que cuenten con garantia y soporte tecnico local. - Equipos con capacidad de almacenar informacion hasta por veinte (20) dias cuando se encuentre fuera de cobertura de comunicacion, debiendo reportarla inmediatamente retorne a la cobertura de comunicacion. - Deben contar con puertos digitales y/o analogos. - Equipos que tengan comunicacion a un Servidor propio y capacidad de publicacion en Internet de manera MORDAZA, concisa y en tiempo real. - Equipos debidamente Homologados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Los equipos deben contar con soporte tecnico distribuidos a lo largo del pais. - Servicio de senal secundaria habilitada, en caso de MORDAZA en la senal principal. - Minimo de doce (12) MORDAZA GPS, con capacidad de brindar la ubicacion del medio de transporte con un margen de error de distancia de aproximadamente 4 metros y en caso de medios de transportes que no se encuentren en movimiento, hasta quince (15) metros. - El Sistema debe permitir localizar el transporte en cualquier momento de su recorrido. - El equipo debe permitir verificar si el vehiculo se encuentra en movimiento o se encuentra estacionado, pudiendo establecer el tiempo de paralizacion desde el

Aprueban MORDAZA y caracteristicas minimas del Sistema de Posicionamiento Global para los Medios de Transporte de Petroleo Crudo, Gas Licuado de Petroleo, Combustibles Liquidos y otros Productos Derivados de los Hidrocarburos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 380-2009-MEM/DM MORDAZA, 3 de setiembre de 2009. CONSIDERANDO: Que, el articulo 76º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, senala que el transporte, la distribucion mayorista y minorista y la comercializacion de los productos derivados de los hidrocarburos se regiran por las normas que apruebe el Ministerio de Energia y Minas, dichas normas deberan contener mecanismos que satisfagan el abastecimiento al MORDAZA interno; Que, mediante Decreto Supremo Nº 045-2009-EM se dictaron normas para la prohibicion de venta de Kerosene y Diesel Nº 1 (D1), para la creacion del Programa de Sustitucion de Kerosene por Gas Licuado de Petroleo y para el establecimiento de sistemas de control y seguridad

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