NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (04/09/2009)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de setiembre de 2009 401991 mayor circulación y notifíquese a los conductores y de ser el caso, a la entidad administradora del mercado a que se refi ere el “Anexo A” de los alcances de la presente resolución, acompañando copia autenticada de la misma. Artículo 4°.- La aprobación de la presente campaña, no exime a los conductores del mercado incluido en la misma, del cumplimiento de los requisitos y procedimientos que resulten pertinentes, previstos en la normatividad vigente aplicable al Proceso de Privatización de Lotes o Edifi caciones de Propiedad del Estado, a cargo de COFOPRI. Artículo 5°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO JOSE BLANCO OYOLA Dirección de Formalización Integral ANEXO A MERCADO PUBLICO COMPRENDIDO EN LA DECIMO PRIMERA CAMPAÑA DE PRIVATIZACION N° DENOMINACION UBICACION DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 MERCADO MICRO PRODUCTORES 3B INTERSECCION DE AVENIDA ELMER FAUCETT Y PRIMERO DE MAYO CARMEN DE LA LEGUA CALLAO LIMA 392151-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Lima, Moquegua y en la Provincia Constitucional del Callao JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 186-2009/SBN-GO-JAR San Isidro, 28 de agosto de 2009 Visto el Expediente Nº 139-2009/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 840,00 m², colindante a la Carretera Panamericana Norte, zona de ingreso al Serpentín de Pasamayo, ubicado en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 840,00 m², colindante a la Carretera Panamericana Norte, zona de ingreso al Serpentín de Pasamayo, ubicado en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 10 de junio de 2009, cuyo sustento es el Informe Técnico Nº 4431-2009-SUNARP-Z.R.Nº.IX/OC de fecha 28 de mayo de 2009, la Ofi cina Registral de Lima de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, informa que el terreno se ubica en zona donde no encuentran inscripciones registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 13 de julio de 2009, se verifi có que la totalidad del terreno se encuentra ocupado por el grifo “Santa Fe”; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesina y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 840,00 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001- 2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 011-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolución Nº 014-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos i) y s) del Artículo 39º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones, a promover la inmatriculación de predios a favor del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0391-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 17 de julio de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 840,00 m², colindante a la Carretera Panamericana Norte, zona de ingreso al Serpentín de Pasamayo, ubicado en el distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 392064-1 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 187-2009/SBN-GO-JAR San Isidro, 28 de agosto de 2009 Visto el Expediente Nº 115-2009/SBN-JAR, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 85 490,74 m², ubicado frente a la carretera que conduce de Omate