Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2009 (17/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES

402713

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 099-2009-CE-PJ
MORDAZA, 26 de marzo de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 059-2009-P-CSJH/PJ, cursado por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 030-2009-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Caserio Ocucalla, comprension de la Comunidad Campesina Matihuaca, Distrito de San MORDAZA, Provincia de Ambo, Departamento de MORDAZA, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida localidad; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 935 habitantes; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado a quince kilometros de distancia, lo cual representa para los pobladores trasladarse durante aproximadamente por dos horas en auto por trocha carrozable; lo que significa gasto excesivamente oneroso en tiempo y dinero considerando las dificultades economicas de dicha poblacion; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 030-2009-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del organo jurisdiccional solicitado; precisandose sus limites geograficos; Cuarto: Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82º, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA Stein y MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserio de Ocucalla de la Comunidad Campesina Matihuaca, Distrito de San MORDAZA, Provincia de Ambo, Departamento y Distrito Judicial de Huanuco; con competencia ademas en las Comunidades Campesinas de Pillao, Saunang y Pueblo Libre. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de

Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

397854-4 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 102-2009-CE-PJ
MORDAZA, 26 de marzo de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 2050-2008-CED-CSJLA/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 182-2008-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA de Chingama, Distrito de Bellavista, Provincia de MORDAZA y Departamento de MORDAZA, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida localidad; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 2,161 habitantes; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado a 19.5 kilometros de distancia, lo cual representa para los pobladores trasladarse durante aproximadamente 02 horas en vehiculo; lo que significa gasto excesivamente oneroso en tiempo y dinero considerando las dificultades economicas de dicha poblacion; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 182-2008-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del organo jurisdiccional solicitado; precisandose sus limites geograficos; Cuarto: Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82º, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA Stein y MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, en sesion ordinaria de la fecha, en sesion ordinaria de la fecha por unanimidad, RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA de Chingama, Distrito de Bellavista, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA y Distrito Judicial de Lambayeque; con competencia ademas en los Caserios Altamiza de Chingama, Mexico de Chingama, Gramalotal de Chingama, Corazon de Naranjos, MORDAZA de Chingama; y los Sectores Carrizal Sanicillos, Chadin y Barro Negro, del referido distrito. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la

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