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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (17/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de setiembre de 2009 402714 Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 397854-5 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 103-2009-CE-PJ Lima, 26 de marzo de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 1553-2008-P-CSJJU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, y el Informe Nº 013-2009-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina Azapampa, Distrito de Chilca, Provincia de Huancayo Departamento de Junín, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida localidad; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 7, 897 habitantes; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado en el Barrio de San Francisco, Distrito de Chilca, se encuentra a 02 kilómetros de distancia; Tercero: Que, el Informe Nº 013-2009-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del órgano jurisdiccional solicitado; precisándose sus límites geográfi cos; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Antonio Pajares Paredes, sin la intervención de los señores Javier Villa Stein y Javier Román Santisteban por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la Comunidad Campesina Azapampa, Distrito de Chilca, Provincia de Huancayo, Departamento y Distrito Judicial de Junín, cuya competencia abarca los Parajes Ancala (I Sector), Ashra (I Sector), Llocllachaca (I Sector), Romancoto (I Sector), Ishuie (II Sector), Huayo (II Sector), Ayhuan (III Sector), Pichas (III Sector), Puituq (III Sector), Diazpa (III Sector) y Wichucruz (III Sector). Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 397854-6 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 104-2009-CE-PJ Lima, 26 de marzo de 2009 VISTOS: El Ofi cio Nº 1532-20008-P-CSJJU/PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín, y el Informe Nº 009-2009-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Unión Perené, Distrito Perené, Provincia de Chanchamayo, Departamento de Junín; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 5,250 habitantes; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a 55 kilómetros de distancia, lo cual signifi ca gasto excesivamente oneroso en tiempo y dinero considerando las difi cultades económicas de dicha población; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 009-2009-SEP-GP-GG- PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del órgano jurisdiccional solicitado; precisándose sus límites geográfi cos; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Antonio Pajares Paredes, sin la intervención de los señores Javier Villa Stein y Javier Román Santisteban, por encontrarse de licencia, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Unión Perené, Distrito Perené, Provincia de Chanchamayo, Departamento y Distrito Judicial de Junín; con competencia además en los Asentamientos Humanos Santa Rosa, María Parado de Bellido, Nueva Esperanza y El Porvenir. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Junín y a la Gerencia