Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2009 (27/09/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de setiembre de 2009

NORMAS LEGALES
LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO:

403321

mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-12, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, estableciendose en el Numeral 4.2.1., que se autorizaran los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representacion sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones oficiales que comprometan la presencia de los funcionarios de la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, Nº SBSDIR-ADM-085-12; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA Canazaca, Analista Principal de Regulacion del Departamento de Regulacion de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica de la SBS, a la MORDAZA de Tokio, Japon del 28 de setiembre al 03 de octubre de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, debera presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ US$ US$ 2 364,76 1 040,00 31,00

El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Ordinaria de fecha 14 de agosto del 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano ha ratificado diversos tratados internacionales de derechos humanos por los cuales se obliga a garantizar el derecho a la educacion asi como a prevenir, sancionar y eliminar toda forma de discriminacion contra la mujer, las ninas y adolescentes. Entre estos, el Pacto Internacional de Derechos Economicos, Sociales y Culturales; la Convencion sobre los Derechos del MORDAZA y la Convencion sobre la Eliminacion de Todas las formas de Discriminacion contra la Mujer (CEDAW). Que, los Comites que realizan el monitoreo y seguimiento del cumplimiento de los tratados internacionales, han formulado observaciones a los informes oficiales presentados por el Estado Peruano. Asi por ejemplo, el Comite de la CEDAW, expresa su preocupacion por "el escaso nivel de educacion de las ninas, en particular sus tasas de analfabetismo, ausentismo y desercion escolar, en especial la educacion de las ninas de las zonas rurales". Por ello, recomienda al Estado peruano "a que de inmediato adopte todas las medidas especiales de caracter temporal, a fin de reducir la tasa de analfabetismo de las mujeres y proporcionar educacion, tanto en forma oficial como no oficial, a las mujeres, en particular en las zonas rurales" (Observaciones al MORDAZA Informe Periodico del Peru, 2007). Que, el Estado Peruano ha reconocido los derechos relacionados a la educacion encontrandose taxativamente previstos en la Constitucion Politica del Peru, en sus articulos 2º inciso 2, 13º, 16º y 17º. Que, en el 2001 el Estado Peruano reconocio la permanencia de la brecha existente en la educacion de las ninas y adolescentes rurales, completando el indicador de acceso a la escuela con los de permanencia, repitencia y promedio de escolaridad. En este MORDAZA se promulgo ese mismo ano, la Ley de Fomento de la Educacion de las Ninas y Adolescentes Rurales, Ley Nº 27558 con el fin de avanzar hacia la Equidad en la educacion de las ninas, ninos y adolescentes en areas rurales en la que se senalan los objetivos y estrategias para garantizar acceso, permanencia y promocion de las ninas y adolescentes rurales, la articulacion del Estado y la sociedad civil y un programa de estimulos a los maestros de las zonas rurales para lograr mayor impacto. Que, del mismo modo, la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades en su Articulo 6º, de los lineamientos del Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y gobiernos locales, en todos los sectores adoptan politicas, planes y programas, integrando los principios de la presente ley de manera transversal, en tal sentido, el inciso k considera que es un lineamiento el garantizar el acceso a la educacion publica y la permanencia en todas las etapas del sistema educativo en condiciones de igualdad entre mujeres y hombres, en las zonas rurales, promoviendo el respeto y valoracion de las identidades culturales. Que, la Ley General de Educacion, Ley Nº 28044, entre los principios de la educacion, Articulo 8º de la ley, se establece la equidad que garantiza a todos iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un sistema educativo de calidad (b); la inclusion, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos, marginados y vulnerables, especialmente en el ambito rural, sin distincion de etnia, religion, sexo u otra causa de discriminacion, contribuyendo asi a la eliminacion de la pobreza, la exclusion y las desigualdades (c); entre otros.

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
402759-3

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran de interes prioritario para la Region MORDAZA la educacion de las ninas y adolescentes rurales
ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2009-GR.LAMB./CR

Chiclayo, 16 de septiembre de 2009

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