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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (14/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 42

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de abril de 2010 417101 Cupi (Sector 4) Yuracmarca 182077.2150 9031431.4630 181851.4264 9031064.2497 Chanahuasi Yuracmarca 180973.5561 9033033.8731 180747.7575 9032666.6333 Ocomas Yuracmarca 179588.5555 9032798.4600 179362.7518 9032431.2449 Departamento Ancash Provincia Huaylas Nombre del paisaje cultural arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Quihuay (Sector 1) Yuracmarca 179620.8330 9032384.7380 179395.0308 9032017.5216 Quihuay (Sector 2) Yuracmarca 179604.2670 9032347.2170 179378.4648 9031980.0006 Mayucayan 1 (Sector 1) Yuracmarca 178958.7380 9032485.8120 178732.9326 9032118.5940 Mayucayan 1 (Sector 2) Yuracmarca 178916.6591 9032460.8081 178690.8537 9032093.5901 Mayucayan 2 Yuracmarca 178469.9433 9033057.6030 178244.0940 9032690.3860 Artículo 2º.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos, ubicados en la provincia de Huaylas, departamento de Ancash, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se indican: Nombre del monumento arqueológico Nº de Plano en Datum PSAD56 Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Cupipampa PAP-01 PAP-01 27,613.87 2.76 682.214 Cupi (Sector 1) PAP-02-S1 PAP-02-S1 21,354.85 2.13 804.003 Cupi (Sector 2) PAP-02-S2 PAP-02-S2 5,483.40 0.54 325.170 Cupi (Sector 3) PAP-02-S3 PAP-02-S3 799.66 0.079966 135.004 Cupi (Sector 4) PAP-02-S4 PAP-02-S4 2,407.40 0.2407 202.565 Chanahuasi PAP-03 PAP-03 5,074.84 0.5074 325.235 Ocomas PAP-04 PAP-04 3,384.10 0.3384 315.486 Quihuay (Sector 1) PAP-05 PAP-05 3,286.32 0.3286 223.157 Quihuay (Sector 2) PAP-05 PAP-05 1,829.70 0.1829 191.159 Mayucayan 1 (Sector 1) PAP-06 PAP-06 7,801.99 0.7801 434.906 Mayucayan 1 (Sector 2) PAP-06 PAP-06 2,485.15 0.2485 218.663 Mayucayan 2 PAP-07 PAP-07 71,254.10 7.1254 1,119.491 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 479337-4 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Ica INTENDENCIA REGIONAL ICA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 100-024-0000369 Ica, 12 de abril del 2010 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar a un nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Ica para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Ica, al funcionario que se indica a continuación: Noellia Elizabeth Loayza Gahona. Regístrese, comuníquese y publíquese. FEDERICO F. GUERRA YUNGBLUTH Intendente 479865-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Califican como información confidencial al documento denominado “Exhibit E - Payment Schedule - Revision 2”, presentado por Kallpa Generación S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 077-2010-OS/CD Lima, 13 de abril de 2010 VISTOS: La comunicación Nº KG-358/10, recibida en fecha 16 de marzo de 2010 según Registro GART Nº 1745, de la Empresa Kallpa Generación S.A. (en adelante “Kallpa”), y el Informe Legal Nº 0130-2010-GART sobre la solicitud de califi cación de información confi dencial. CONSIDERANDO: 1.- ANTECEDENTES Que, con fecha 02 de marzo de 2010, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, la Resolución OSINERGMIN Nº 043-2010-OS/CD, que dispuso la publicación del Proyecto