Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2010 (14/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2010

Regulador en el acto privado de precalificacion, en el acto publico apertura de propuestas, adjudicacion de la buena pro y suscripcion de contratos en cumplimiento de su funcion de supervision establecida en el numeral 6.2 del Articulo 6º de la Ley Nº 28832; Que, atendiendo a que se llevaran a cabo, diversos actos de Precalificacion, MORDAZA de Propuestas y Adjudicacion de Buena Pro, correspondientes a procesos de Licitacion de Suministro para Sistemas Aislados desarrollados al MORDAZA de la Ley Nº 28832, es procedente, de conformidad con el MORDAZA de eficiencia y efectividad a que se refiere el Articulo 14º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, designar a un Comite Permanente de OSINERGMIN para participar en los procesos de Licitacion de suministro de energia para los sistemas aislados, quienes se encargaran de las tareas a que se refieren los considerandos precedentes, siendo conveniente designar tres titulares y tres suplentes; Que, la exposicion efectuada en los considerandos que anteceden, dan cumplimiento al requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 Articulo 3° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con los dispositivos legales que anteceden y el Articulo 52° inciso n) del Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 0542001-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar como integrantes del Comite Permanente del OSINERGMIN, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion, a los siguientes funcionarios: Titulares: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Buenalaya MORDAZA Suplentes: MORDAZA MORDAZA Ormeno MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Campodonico MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gacon MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

la obtencion de la buena pro del MORDAZA de seleccion por la modalidad de invitacion por comparacion de precios Nº CI-34-2007-MTC/21 ­ shopping (Tercera convocatoria).y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 10 de junio de 2009, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado ­ Provias Descentralizado, en adelante la Entidad, convoco al MORDAZA de seleccion por la modalidad de invitacion por comparacion de precios Nº CI-34-2007-MTC/21 ­ shopping (Tercera convocatoria) para la contratacion del ejecutor de la Obra de Mantenimiento Periodico del MORDAZA vertical: Incuyo ­ Quilcata ­ Pausa, ubicado en el departamento de Ayacucho. 2. Mediante Informe Nº 003-2009-MTC/21 de fecha 02 de MORDAZA de 2009 la Comision de Recepcion y Evaluacion de Propuestas IVP Huamanga ­ CREP IVP Huamanga comunico a la Direccion Ejecutiva de la Entidad el resultado del MORDAZA, habiendo ocupado el primer lugar en el orden de prelacion el Postor J y C Contratistas Generales. 3. Mediante Oficio Nº 001-2009-MTC/21.CREP- IVP Huamanga de fecha 07 de MORDAZA de 2009, el CREP-IV Huamanga notifico al Postor el otorgamiento de la buena pro en favor suyo. 4. A traves del Oficio Nº 2029-2009-MTC/21 de fecha 09 de MORDAZA de 2009, la Direccion Ejecutiva de la Entidad invito al Postor a suscribir el contrato respectivo, otorgandole como plazo para remitir la documentacion requerida en el numeral 15 de las Bases y suscribir el contrato hasta el dia 21 de MORDAZA de 2009. 5. Mediante carta Nº 0015-2009/JMBM-GG-JYC de fecha 20 de MORDAZA de 2009, el Postor solicito una prorroga de cinco dias adicionales para suscribir el contrato. 6. Mediante Memorando Nº 2523-2009-MTC/21.UGAL de fecha 04 de agosto de 2009, la Unidad de Asesoria Legal informo que el Postor no se presento a la suscripcion del contrato, pese habersele otorgado el plazo adicional solicitado. 7. El 01 de setiembre de 2009, la Entidad puso en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la supuesta comision de infraccion por parte de la empresa J y C Contratistas Generales, en adelante el Postor, consistente en no haber suscrito el contrato derivado de la obtencion de la buena pro del MORDAZA de seleccion por la modalidad de invitacion por comparacion de precios Nº CI-34-2007-MTC/21 ­ shopping (Tercera convocatoria). Adjunto a la denuncia, la Entidad remitio el Informe Nº 1125-2009-MTC/21.UGAL, mediante el cual indico que si bien la contratacion referida era financiada a traves de los contratos de prestamos Nº 1810-OC-PE-BID y Nº 7423-PE-BIRF, el numeral 16 de las Bases del MORDAZA dispuso que en el caso que el adjudicatario de la buena pro no se presentase a la suscripcion del contrato, ello debia ser informado al Tribunal del OSCE a fin que dicho organismo determine la sancion que diera lugar, en MORDAZA con el articulo 240 del Reglamento. 8. En atencion al escrito remitido por la Entidad, mediante decreto del 02 de setiembre de 2009 se dispuso el inicio del procedimiento administrativo sancionador en contra del Postor, por su supuesta responsabilidad consistente en no haber suscrito el contrato derivado de la obtencion de la buena pro del MORDAZA de seleccion por la modalidad de invitacion por comparacion de precios Nº CI-34-2007MTC/21 ­ shopping (Tercera convocatoria). Conforme a ello, se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles para que cumpla con presentar sus descargos, bajo apercibimiento de resolver el procedimiento con la documentacion obrante en el expediente. 9. Con fecha 02 de setiembre de 2009, fue diligenciada la Cedula de Notificacion Nº 38141/2009.TC al domicilio del Postor, sin embargo el cargo fue devuelto al no encontrarse persona alguna que lo recibiera. 10. Mediante decreto del 13 de octubre de 2009, se dispuso sobrecartar la Cedula de Notificacion Nº 38141/2009.TC y remitirla al domicilio MORDAZA M.J MORDAZA 545. El referido decreto fue diligenciado a traves de la Cedula de Notificacion Nº 41692/2009.TC la cual tambien fue devuelta al Tribunal. 11. Mediante decreto del 30 de octubre de 2009, se dispuso notificar via Boletin Oficial El Peruano el decreto de fecha 02 de setiembre de 2009. 12. Teniendo en cuenta que el Postor no cumplio con presentar sus descargos en el plazo otorgado, se hizo efectivo el apercibimiento de resolver con la documentacion obrante en el expediente y se remitio el expediente a la Cuarta Sala del Tribunal para que resuelva.

480076-2

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Declaran no ha lugar la imposicion de sancion administrativa contra la empresa J y C Contratistas Generales
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 668-2010-TC-S4
Sumilla: "(...) este Tribunal carece de competencia para imponer sancion administrativa contra el Postor" MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2010 VISTO en sesion de fecha 09 de MORDAZA de 2010 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente 2020/2009.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa J y C Contratistas Generales, por su supuesta responsabilidad consistente en no haber suscrito el contrato derivado de

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