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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (29/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de abril de 2010 418090 Que, es necesario acreditar ante la Embajada del Perú en la República de Chile, a un Subofi cial de la Policía Nacional del Perú como Auxiliar de la Agregaduría Policial, a fi n de poder cumplir funciones con la fi nalidad de facilitar la cooperación internacional en la lucha contra el terrorismo, tráfi co ilícito de drogas y otras modalidades delictivas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 139-2010- DIRGEN/EMP del 15 de febrero de 2010, se nombró a los integrantes de la Comisión Especial encargada de seleccionar, evaluar y proponer a un Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú para el cargo de Auxiliar de la Agregaduría Policial de la Embajada de Perú en Chile; Que, mediante Acta del 3 de marzo de 2010, la Comisión Especial encargada de seleccionar, evaluar y proponer a un Subofi cial de la Policía Nacional del Perú para el cargo de Auxiliar de la Agregaduría Policial de la Embajada de Perú en Chile, acordó por unanimidad remitir la terna señalada en el mismo, para que en cumplimiento del artículo 21º del reglamento del Personal Policial en Misión Diplomático, Agregadurías, Enlaces y otras misiones proceda a su designación; Que, teniendo en consideración los dispositivos legales antes mencionados y estando a lo propuesto por el señor General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, resulta necesario nombrar al Subofi cial de la Policía Nacional del Perú, Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Virgilio Rodrigo ROJAS ORIUNDO, en el cargo de Auxiliar de la Agregaduría Policial de la Embajada de Perú en la República de Chile; y, De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, la Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú, Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2005-IN, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 003- 2007-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Virgilio Rodrigo ROJAS ORIUNDO, en el cargo de Auxiliar de la Agregaduría Policial de la Embajada de Perú en la República de Chile, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, por el plazo de DOS (02) años. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al Personal Policial indicado los conceptos económicos que le corresponda, de conformidad con los dispositivos legales vigentes. Artículo 3º.- La presente resolución será refrendada por el Ministro del Interior y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República OCTAVIO SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 487435-23 JUSTICIA Acceden a pedidos de extradición activa de ciudadanos peruanos y disponen su presentación a la República Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA N° 083-2010-JUS Lima, 28 de abril de 2010 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 030-2010/ COE-TC del 12 de abril de 2010, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano LUIS ALEXANDER RAFAGLOSKY HERMOSA, formulada por el Primer Juzgado Especializado en lo Penal del Módulo Básico de Justicia de Los Olivos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 6 de abril de 2010, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano LUIS ALEXANDER RAFAGLOSKY HERMOSA, por la presunta comisión del Delito contra la Administración Pública - Resistencia y Desobediencia a la Autoridad, en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 22-2010); Que, mediante el Informe Nº 030-2010/COE-TC del 12 de abril de 2010, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito en Buenos Aires el 11 de junio de 2004 y el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa del ciudadano peruano LUIS ALEXANDER RAFAGLOSKY HERMOSA, formulado por el Primer Juzgado Especializado en lo Penal del Módulo Básico de Justicia de Los Olivos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Administración Pública - Resistencia y Desobediencia a la Autoridad, en agravio del Estado Peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VÍCTOR GARCÍA TOMA Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 487435-18 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 084-2010-JUS Lima, 28 de abril de 2010 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 032-2010/ COE-TC del 12 de abril de 2010, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano ÁNGEL EDUARDO GUTIÉRREZ PÉREZ, formulada por el Primer Juzgado Penal de Chimbote de la Corte Superior de Justicia del Santa; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 2 de marzo de 2010, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano ÁNGEL EDUARDO