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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (29/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de abril de 2010 418093 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Plan de Acción del Programa de País 2006-2010 suscrito con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) DECRETO SUPREMO Nº 066-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Plan de Acción del Programa de País 2006- 2010 entre el Gobierno de la República del Perú y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)”, fue suscrito el 31 de enero de 2006 en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional. Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2° de la Ley N°. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherirse a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso. DECRETA: Artículo 1°.- Ratifícase el “Plan de Acción del Programa de País 2006-2010 entre el Gobierno de la República del Perú y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)”, suscrito el 31 de enero de 2006 en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 487435-5 Ratifican Memorándum de Entendimiento con la República Federativa del Brasil DECRETO SUPREMO N° 067-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Memorándum de Entendimiento entre la República Federativa del Brasil y la República del Perú”, fue suscrito el 14 de mayo de 2009, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Memorándum de Entendimiento entre la República Federativa del Brasil y la República del Perú”, suscrito el 14 de mayo de 2009, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 487435-6 Ratifican el Acuerdo Recíproco con el Gobierno del Reino de España sobre el Ejercicio del Derecho de Sufragio de las Elecciones por Parte de los Residentes de ambos países DECRETO SUPREMO N° 068-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo Recíproco entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino de España sobre el Ejercicio del Derecho de Sufragio de las Elecciones por Parte de los Residentes de ambos países”, fue formalizado mediante intercambio de Notas el 6 de febrero de 2009, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España, en la ciudad de Madrid, Reino de España. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo Recíproco entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino de España sobre el Ejercicio del Derecho de Sufragio de las Elecciones por Parte de los Residentes de ambos países”, formalizado mediante intercambio de Notas el 6 de febrero de 2009, entre el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España, en la ciudad de Madrid, Reino de España. Artículo 2°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 487435-7 Ratifican la Enmienda 55 al “Convenio para Combatir el Abuso, la Producción y el Tráfico Ilícito de Drogas”, con el Gobierno de los Estados Unidos de América DECRETO SUPREMO N° 069-2010-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA