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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de agosto de 2010 423940 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Jefaturales N°s. 180, 189 y 203-2010-INEI, se aprobaron los Índices Unifi cados de Precios para las seis áreas geográfi cas correspondientes a los meses de junio y julio 2010; Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y a través del Expediente Nº 48500-2010-MTPE/2/12.210, con fecha 20 de julio del 2010 se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2010-2011, registrada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con fecha 23 de julio del 2010, con el número 114-2010-MTPE/2/12.210, en la cual, como resultado de la negociación directa del pliego de reclamos, se acordó entre otros, otorgar incrementos diarios, sobre el jornal básico de los trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1 de junio del 2010; Que, para tal efecto es necesario modifi car el Índice Unifi cado de Mano de Obra de los meses de junio y julio 2010 para las seis áreas geográfi cas; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”; SE RESUELVE: Artículo 1º- Modificar el Índice Unificado de Mano de Obra (Código 47) para las seis áreas geográficas, de los meses de junio y julio 2010, en la forma siguiente: CÓDIGO 47: ÍNDICE MANO DE OBRA AÑO ÍNDICES ANTERIOR MODIFICADO 2010 JUNIO 415,58 430,83 JULIO 415,58 430,83 Artículo 2º.- En los casos de las obras cuyos presupuestos fueron elaborados con precios vigentes a junio del 2010, deberán utilizar para la fi jación del Índice Base del Código 47, el valor establecido en las Resoluciones Jefaturales N°s. 180, 189 y 203-2010-INEI, que aprobaron los Índices Unifi cados correspondientes a dichos meses. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 531452-1 FACTORES DE REAJUSTE MODIFICADOS CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DEL 01 AL 30 DE JUNIO DEL 2010 (*) ÁREAS OBRAS DE EDIFICACIÓN Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos GEOGRÁFICAS (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) No. M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. Elem. Elem. 1 1,0092 1,0039 1,0131 1,0108 1,0056 1,0164 1,0086 1,0038 1,0124 1,0117 1,0049 1,0166 2 1,0090 1,0023 1,0113 1,0104 1,0027 1,0131 1,0085 1,0020 1,0105 1,0114 1,0023 1,0137 3 1,0084 1,0000 1,0084 1,0097 0,9992 1,0089 1,0080 0,9998 1,0078 1,0107 0,9995 1,0102 4 1,0091 1,0023 1,0114 1,0105 1,0028 1,0133 1,0086 1,0022 1,0108 1,0115 1,0023 1,0138 5 1,0096 1,0002 1,0098 1,0114 0,9998 1,0112 1,0088 1,0003 1,0091 1,0122 1,0000 1,0122 6 1,0085 0,9996 1,0081 1,0098 0,9990 1,0088 1,0081 0,9995 1,0076 1,0108 0,9993 1,0101 (*) En base al Convenio Colectivo de fecha 20 de julio del 2010, Exp. Nº 48500-2010-MTPE/2/12.210. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 531452-2 Modifican Factores de Reajuste aplicables a Obras de Edificación del Sector No Público para las seis áreas geográficas, correspondiente al mes de junio de 2010 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 217-2010-INEI Lima, 16 de agosto del 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 190-2010-INEI, se aprobaron los Factores de Reajuste que deben aplicarse a las Obras de Edifi cación, correspondientes a las seis (06) áreas geográfi cas para las Obras del Sector Privado por variación de precios de todos los elementos que intervienen en el costo de dichas obras, ejecutadas en el mes de junio último; Que, en la Convención Colectiva de Trabajo y bajo el Expediente Nº 48500-2010-MTPE/2/12.210, con fecha 20 de julio del 2010, ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2010-2011, registrada por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el 23 de julio del 2010, con el número 114-2010-MTPE/2/12.210, en la cual, como resultado de la negociación directa del pliego de reclamos, se acordó entre otros, otorgar incrementos diarios, sobre el jornal básico de los trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1º de junio del 2010; Que, en efecto es pertinente modifi car los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las Obras de Edifi cación para las seis (06) áreas geográfi cas correspondientes al mes de junio 2010; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car los Factores de Reajuste que se debe aplicarse a las Obras de Edifi cación del Sector No Público para las seis (6) áreas geográfi cas, correspondiente al mes de junio del 2010, que se indica a continuación: