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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de agosto de 2010 423964 En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º numeral 19) de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio de Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto La presente norma tiene como objeto dictar medidas urgentes y excepcionales en materia económica y fi nanciera, en el presente ejercicio presupuestal, para la ejecución del expediente técnico del proyecto de inversión Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital de Tingo María, a cargo del Gobierno Regional de Huánuco. Artículo 2º.- Aprobación de Transferencia de Partidas Autorízase la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS DOCE MIL NOVENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 412 092,00), para la ejecución del expediente técnico del proyecto de inversión Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital de Tingo María, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : 011 Ministerio de Salud FUNCION : 20 Salud PROGRAMA FUNCIONAL : 044 Salud Individual SUBPROGRAMA FUNCIONAL : 0096 Atención Médica Básica PROYECTO : 107892 Construcción y Equipamiento del Hospital Santa María Nivel II-1, Provincia de Cutervo, departamento de Cajamarca. FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 412 092,00 -------------------- TOTAL 2 412 092,00 ============ A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : 448 Gobierno Regional del Departamento de Huánuco FUNCION : 20 Salud PROGRAMA FUNCIONAL : 044 Salud Individual SUBPROGRAMA FUNCIONAL : 0096 Atención Médica Básica PROYECTO : 094811 Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva del Hospital de Tingo María FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 412 092,00 -------------------- TOTAL 2 412 092,00 ============ Artículo 3º.- Procedimiento para la Desagregación 3.1 El Titular del Pliego involucrado en la Transferencia de Partidas a que hace referencia la presente norma, aprobará, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los citados artículos, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 3.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 532097-2 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 191-2010-PCM Lima, 17 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088 se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN como organismo técnico especializado de derecho público, rector, orientador y coordinador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, siendo una nueva entidad, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico requiere sus respectivos instrumentos de gestión, entre ellos, el Cuadro para Asignación de Personal, documento de gestión institucional que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad sobre la base de su estructura orgánica; Que, los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, disponen que los Cuadros para Asignación de Personal - CAP de las entidades del Gobierno Nacional se aprueban mediante Resolución Suprema, refrendada por el Titular del Sector, previo informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; siendo que para tal efecto los cargos son clasifi cados y aprobados por la propia entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, Resolución Nº 083-2009/CEPLAN/PCD, de fecha 30 de diciembre de 2009, se aprobó el Clasifi cador de Cargos del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, mediante Informe de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros se ha emitido opinión favorable a la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico;