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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (18/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de agosto de 2010 423968 Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo Único.- MANTENER la vigencia del Instructivo Nº 21-2003-EF/93.11, Procedimiento para el Registro Contable de las Transacciones Derivadas del Proceso de Promoción de la Inversión Privada. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 532086-1 ENERGIA Y MINAS Modifican artículos del D.S. Nº 042- 2003-EM, que estableció compromiso previo como el requisito para el desarrollo de actividades mineras y normas complementarias DECRETO SUPREMO Nº 052-2010-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los artículos 7º y 8º de la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, aprobada mediante Ley Nº 26821, es responsabilidad del Estado promover el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, a través de las Leyes especiales sobre la materia, las políticas del desarrollo sostenible, la generación de la infraestructura de apoyo a la producción, fomento del conocimiento científi co tecnológico, la libre iniciativa y la innovación productiva; Que, el Estado debe velar para que dicho aprovechamiento se realice en armonía con el interés de la Nación, el bien común y dentro de los límites y principios contenidos en dicha Ley; Que, en dicho marco y siendo necesario asegurar el desarrollo de las actividades mineras como uno de los más importantes medios con que cuenta el país para el fortalecimiento económico y mejoramiento del bienestar social, mediante D.S. Nº 042-2003-EM, se estableció el compromiso previo como requisito para el desarrollo de actividades mineras, fijándose en él, seis compromisos básicos que establecen un marco de referencia en el cual deben desenvolverse las actividades mineras en su relacionamiento con las poblaciones del entorno; Que, dichos compromisos se constituyen en requisito para la presentación de la solicitud de petitorio minero, y para la solicitud de concesión de benefi cio, estableciéndose la obligación para todos los titulares de la actividad minera, de refl ejar el compromiso previo en los respectivos Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y de presentar un informe escrito como declaración jurada anual, sobre las actividades de desarrollo sostenible realizadas en el ejercicio anterior; Que, si bien es cierto los principios contenidos en el D.S. Nº 042-2003-EM, mantienen su vigencia, es necesario ampliar sus alcances, a fi n de orientar las actividades de los titulares mineros, con una estrategia de gestión social, que promueva y procure la participación, equidad e inclusión, contribuya a la mejora de la calidad de vida de las poblaciones involucradas en las actividades mineras y la promoción de las relaciones armoniosas entre los actores, buscando una armonización con el marco de las políticas públicas sociales; privilegiando la coordinación y articulación público – privada para potenciar el impacto de dichas acciones; Que, de otro lado, mediante Resolución Ministerial Nº 192-2008-MEM/DM, se aprobó el nuevo formato de Declaración Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible a que se refi ere el artículo 5º del D.S. Nº 042- 2003-EM, integrando dicha declaración a la Declaración Anual Consolidada - DAC; Que, estando a que la Declaración Jurada Anual de Actividades de Desarrollo Sostenible - Anexo IV, se integra y utiliza la herramienta de recojo de información en la DAC, es preciso adecuar la fecha de presentación de dicha Declaración Jurada contenido en el Anexo IV, fi jada para el 30 de setiembre de cada año, a la de presentación de la Declaración Anual Consolidada que se fi ja cada año, mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Minería; Que, es preciso indicar que de acuerdo al artículo 3º del D.S. Nº 042-2003-EM, los titulares de la actividad minera deben refl ejar los compromisos de la norma en la presentación de los respectivos estudios ambientales; sin embargo, no se especifi có la forma en la que dichos compromisos deben traducirse en los instrumentos de gestión ambiental, por lo que es necesario modifi car dicho articulado a efecto de establecer ciertos lineamientos generales que permitan mejorar los planes de relaciones comunitarias de los estudios ambientales; Que, fi nalmente resulta necesario informarse sobre el cumplimiento de los compromisos con el desarrollo sostenible por parte de los titulares mineros en base a la información contenida en las Declaraciones Juradas, a efecto de generar confi anza y un mejor relacionamiento entre los titulares de la actividad minera y la población del área de infl uencia; Que, de conformidad con lo señalado anteriormente, resulta necesario modifi car el D.S. Nº 042-2003-EM; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo Primero.- De la Modifi cación del artículo 1º del D.S. Nº 042-2003-EM. Modifíquese el artículo 1º del D.S. Nº 042-2003-EM, con el siguiente texto: “Artículo 1º.- Del requisito para la presentación de la solicitud de petitorio minero. Agréguese como literal i) del numeral 1) del artículo 17 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-92-EM, con el siguiente texto: “i) Compromiso Previo en forma de Declaración Jurada del peticionario, mediante el cual se compromete a: a) Enfoque de Desarrollo Sostenible Contribuir al desarrollo sostenible de la población ubicada en el área de infl uencia de la actividad minera, procurando de manera conjunta con ella, el desarrollo y el fortalecimiento de la institucionalidad local, principalmente y la articulación con los proyectos de desarrollo productivo, que conlleven a la diversifi cación económica y la sostenibilidad local más allá de la vida útil de las actividades mineras. b) Excelencia Ambiental y Social Realizar las actividades mineras en el marco de la política ambiental del Estado, en su interdependencia con el entorno social, buscando la gestión social y ambiental con excelencia y el uso y manejo responsable de los recursos naturales para impulsar el desarrollo sostenible. c) Cumplimiento de Acuerdos Cumplir con los compromisos sociales asumidos en convenios, actas, contratos y estudios ambientales. d) Relacionamiento Responsable Respetar a las personas e instituciones, autoridades, cultura y costumbres locales. Promover acciones que fortalezcan la confi anza entre los actores involucrados con la actividad minera, a través del establecimiento y vigencia de procesos participativos y favoreciéndose la prevención y gestión de confl ictos y la utilización de mecanismos alternativos de solución de confl ictos. e) Empleo Local Fomentar preferentemente la contratación de personal local, para realizar labores de la actividad minera o relacionadas con la misma según los requerimientos del titular en las diversas etapas del ciclo minero y de forma consensuada con la población del área de infl uencia,