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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de agosto de 2010 423966 (En Nuevos Soles) DE LA: SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCION 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 1.000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 1 500 000,00 ----------------- TOTAL 1 500 000,00 ========== A LA: SECCION SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 040201 : Municipalidad Provincial de Camaná FUNCION 18 : Saneamiento PROGRAMA FUNCIONAL 040 : Saneamiento SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0088 : Saneamiento Urbano PROYECTO 2.088308 : Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado de la Ciudad de Camaná, Camaná - Arequipa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 500 000,00 ----------------- TOTAL 1 500 000,00 ========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 532097-3 Autorizan viaje de profesional de la SUNAT para participar en la VI Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación Económica (AAE) entre Perú y Japón RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 090-2010-EF Lima, 17 de agosto de 2010 Visto, el Ofi cio Nº 239-2010-SUNAT/1A0000, de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, la SUNAT viene participando activamente en las negociaciones de los diversos Acuerdos Comerciales que suscribirá el Perú, específi camente en las mesas de trabajo correspondiente a los Capítulos de Reglas de Origen, Acceso a Mercados, Facilitación de Comercio, Obstáculos Técnicos al Comercio, Procedimientos Aduaneros, Propiedad Intelectual y Cooperación Aduanera; Que, dicha institución ha participado en anteriores Rondas de Negociación para un Acuerdo de Asociación Económica (AAE) entre Perú y Japón, en las mesas vinculadas a temas aduaneros como la de Reglas de Origen; Que, del 18 al 31 de agosto de 2010 se llevará a cabo la VI Ronda de Negociaciones para el referido Acuerdo a realizarse en la ciudad de Tokio, Japón, en la cual, del 24 al 26 de agosto de 2010, se llevará a cabo la Mesa sobre Reglas de Origen; Que, la participación de un representante de la SUNAT en dicho evento hará posible que las negociaciones sobre temas aduaneros se realicen conforme a las normas, procedimientos y procesos aduaneros aplicados en el Perú, la cual se enmarca en el objetivo estratégico establecido por el gobierno de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económico y comercial, así como procurar la facilitación del comercio con los países que el Perú ha suscrito acuerdos internacionales; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la asistencia del señor Jaime Américo Venero Muñiz, Profesional III de la División de Seguimiento a Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales y Valoración de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera de la SUNAT, a fi n que participe en el referido evento, por lo que siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje del referido trabajador para que participe en la citada Mesa de Reglas de Origen, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa Unifi cada por Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29465, el Decreto de Urgencia Nº 001-2010 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Jaime Américo Venero Muñiz, Profesional III de la División de Seguimiento a Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales y Valoración de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, a la ciudad de Tokio, Japón, del 21 al 27 de agosto de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2010 de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2,566,11 Viáticos US$ 1,300,00 TUUA US$ 31,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado profesional