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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 18 de agosto de 2010 423967 deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del profesional cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 532097-7 Aceptan renuncia y nombran Secretario Relator del Tribunal Fiscal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 411-2010-EF/43 Lima, 16 de agosto de 2010 Visto: el Memorando Nº 0339-2010-EF/41.05 y la Nota Nº 0030-2010-EF/41.01, de la Vocal Administrativo y de la Presidenta del Tribunal Fiscal, respectivamente, sobre renuncia y nombramiento al cargo de Secretario Relator del Tribunal Fiscal. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 683-2007-EF/43 de fecha 08 de noviembre de 2007, se nombró entre otros, al señor Lorgio Nilton Moreno de la Cruz como Secretario Relator - Director de Programa Sectorial II del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el indicado funcionario mediante Carta de fecha 04 de agosto de 2010 formula renuncia al mencionado cargo con efectividad al 1º de setiembre del presente año y solicita se le otorgue la exoneración del plazo de Ley, acción que cuenta con la opinión favorable correspondiente; Que, la Vigésima Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, prorrogó, durante el presente año fi scal, la autorización efectuada por Decreto de Urgencia Nº 031-2009 para el nombramiento de Vocales y Secretarios Relatores para implementar nuevas Salas Especializadas, y que se efectúe los nombramientos de personal en las plazas vacantes de Vocales y Secretarios Relatores del Tribunal Fiscal que durante el Año Fiscal 2010 pudieran generarse; Que, el artículo 98º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que corresponde al Presidente del Tribunal Fiscal proponer a los Secretarios Relatores, cuyo nombramiento se efectuará mediante Resolución Ministerial; Que, la Presidenta del Tribunal Fiscal propone que la plaza que se genere vacante al efectivizarse la renuncia del señor Lorgio Nilton Moreno de la Cruz, sea cubierta por el señor Patrick Alfonso Flores Quispe, postulante a Secretario Relator que aprobó el Concurso Nº 1-TF-2010, Concurso de Méritos Abierto al Público para selección de Vocales y de Secretarios Relatores del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, pero no alcanzó vacante y que se encuentra en el décimo puesto de la lista elaborada por la Comisión encargada de dicho Concurso, conforme dispone el artículo 33º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29465, el artículo 98º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el inciso b) del artículo 182º y los artículos 183º y 185º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 1º de setiembre de 2010, la renuncia formulada por el señor Lorgio Nilton Moreno de la Cruz, al cargo de Director de Programa Sectorial II - Secretario Relator, Categoría F-3 del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Nombrar, al señor Patrick Alfonso Flores Quispe, como Director de Programa Sectorial II – Secretario Relator, Categoría F-3 del Tribunal Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 1º de setiembre de 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 531544-1 Disponen mantener la vigencia del Instructivo Nº 21-2003-EF/93.11, Procedimiento para el Registro Contable de las Transacciones Derivadas del Proceso de Promoción de la Inversión Privada RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 016-2010-EF/93.01 Lima, 16 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señala como atribución de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, entre otras, la de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; Que, la Resolución de Contaduría Nº 164-2003- EF/93.01, del 15 de octubre de 2003, aprobó el Instructivo Nº 21-2003-EF/93.11, Procedimiento para el Registro Contable de las Transacciones Derivadas del Proceso de Promoción de la Inversión Privada; Que la Resolución Directoral Nº 006-2008-EF/93.01 del 22 de mayo de 2008, incluye en el Plan Contable Gubernamental diversas cuentas divisionarias, subdivisionarias y otros niveles de desagregación para la contabilización de las transacciones derivadas de los procesos de promoción de la inversión privada, cuyos procedimientos han sido señalados en el Instructivo Nº 21-2003-EF/93.11; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29096, publicada el 05 de octubre de 2007, Ley que establece la entidad encargada de efectuar los registros contables derivados de los procesos de promoción de la inversión privada, dispone que las normas de procedimiento para el registro contable de las transacciones derivadas del proceso de promoción de la inversión privada, objeto de la presente Ley, serán las emitidas por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, Órgano Rector del Sistema Nacional de Contabilidad, en coordinación con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, en cumplimiento del ordenamiento jurídico de la materia señalado en los considerandos precedentes y efectuada la coordinación con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, es necesario mantener la vigencia del Instructivo Nº 21-2003- EF/93.11, Procedimiento para el Registro Contable de las Transacciones Derivadas del Proceso de Promoción de la Inversión Privada; Estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad; y En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y el artículo 7º de la