Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2010 (08/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

430541

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificacion de la Resolucion Directoral Nº 2766-2009-MTC/15 Modifiquese los articulos 1, 2, 3, 4, 5, 8 y 9 de la Resolucion Directoral Nº 2766-2009-MTC/15, en los terminos siguientes: "Articulo 1.- Objetivo de las capacitaciones El objetivo de las capacitaciones previstas en el Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA Codigo de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, y en el Decreto Supremo Nº 029-2009MTC dirigidas a peatones y conductores infractores de las normas de MORDAZA terrestre, es generar conciencia respecto del cumplimiento de las normas de MORDAZA mediante: el reforzamiento de la capacidad de los mismos para identificar, discernir y entender la problematica de la seguridad vial en el pais; la actualizacion en las normas de MORDAZA terrestre y para el caso de los conductores, el reforzamiento de sus habilidades de manejo a la defensiva con sentido de responsabilidad. "Articulo 2.- Alcances de las capacitaciones Se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la presente Resolucion Directoral, los infractores de las normas de MORDAZA terrestre que se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos: 2.1. Para participar de la Jornada de Capacitacion Extraordinaria, los conductores que hayan sido sancionados por primera vez por la comision de alguna infraccion grave o leve al MORDAZA terrestre, que genere puntaje para el conductor. 2.2. Para participar del Curso Extraordinario de Educacion en MORDAZA y Seguridad Vial, los conductores que no hayan acumulado cien (100) puntos dentro de un periodo de dos anos. 2.3 Para participar del Curso de Educacion Vial para el Peaton, los peatones que hayan cometido por primera vez una infraccion al MORDAZA terrestre o, se encuentren sancionados por primera vez por la comision de alguna infraccion al MORDAZA terrestre aplicable a los peatones." "Articulo 3.- Competencias Las autoridades competentes encargadas de la implementacion de las capacitaciones a nivel nacional son las siguientes de acuerdo a sus respectivas jurisdicciones: 3.1.1. El Consejo Nacional de Seguridad Vial, a traves de su Secretaria Tecnica, se encargara de realizar las capacitaciones, en MORDAZA Metropolitana y Callao, y acreditar la participacion de los conductores y peatones infractores que hayan participado en las mismas, mediante la emision de certificados e inscripcion en el Registro Nacional de Sanciones por Infracciones al MORDAZA Terrestre. 3.1.2. Los Consejos Regionales de Seguridad Vial, a traves de la Direccion Regional de Transportes en sus respectivas jurisdicciones, se encargaran de dictar las capacitaciones y acreditar la participacion de los conductores y peatones infractores que hayan participado en las mismas, mediante la emision de certificados e inscripcion en el Registro Nacional de Sanciones por Infracciones al MORDAZA Terrestre. "Articulo 4º.- Contenido y duracion de las capacitaciones. 4.1. Jornada de Capacitacion Extraordinaria. Los conductores habiles que hayan sido sancionados, por primera vez, por la comision de alguna infraccion grave o leve al MORDAZA terrestre podran redimir por unica vez la multa y los puntos asignados, previa participacion en la Jornada de Capacitacion Extraordinaria, cuyo contenido y duracion se detalla a continuacion: a) La Seguridad Vial en el Peru. b) Principios, valores y civismo para vivir en sociedad. c) Revision del Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA - Codigo de MORDAZA en los aspectos vinculados al conductor. d) Dispositivos de control de MORDAZA terrestre. e) Responsabilidad civil y seguros obligatorios por accidentes de transito. f) MORDAZA de casos practicos sobre las materias dictadas.

La duracion de la jornada sera de cuatro (04) horas academicas presenciales. 4.2. Curso Extraordinario de Educacion en MORDAZA y Seguridad Vial. Los conductores habiles que no hayan acumulado cien (100) puntos dentro de un periodo de dos (02) anos podran reducir treinta (30) puntos, previa participacion en el Curso Extraordinario de Educacion en MORDAZA y Seguridad Vial, cuyo contenido y duracion se detalla a continuacion: a) La Seguridad Vial en el Peru: Principales factores causantes de los accidentes de MORDAZA (Fatiga, Alcohol y velocidad). b) Principios, valores y civismo para vivir en sociedad. c) Manejo a la defensiva. d) Revision del Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA - Codigo de MORDAZA en los aspectos vinculados al conductor. e) Dispositivos de control de MORDAZA terrestre. f) Responsabilidad civil y seguros obligatorios por accidentes de transito. g) Responsabilidad penal por la conduccion en estado de ebriedad. h) MORDAZA de casos practicos sobre las materias dictadas. La duracion del curso sera de seis (06) horas academicas presenciales. 4.3. Curso de Educacion Vial para el Peaton. Los peatones podran redimir su primera infraccion de MORDAZA o sancion impaga, por unica vez, previa participacion en el Curso de Educacion Vial para el Peaton, cuyo contenido y duracion se detalla a continuacion: a) La Seguridad Vial en el Peru: Imprudencia del Peaton b) Principios, valores y civismo para vivir en sociedad. c) Revision del Texto Unico Ordenado del Reglamento Nacional de MORDAZA - Codigo de MORDAZA en los aspectos vinculados al peaton. d) Responsabilidad civil y seguros obligatorios por accidentes de transito. e) MORDAZA de casos practicos sobre las materias dictadas. La duracion del curso sera de tres (03) horas academicas presenciales." "Articulo 5.- Asistencia. Para cumplir con las capacitaciones es requisito indispensable que los participantes hayan asistido al 100% de las horas academicas establecidas en el articulo 4 de la presente Resolucion Directoral, debiendo registrar su ingreso y salida en forma personal, ademas de exhibir su documento nacional de identidad." "Articulo 8.capacitaciones. Procedimiento para realizar las

8.1. Los infractores de las normas de MORDAZA terrestre, que se encuentren dentro de los alcances del articulo 2 de la presente Resolucion Directoral, podran presentar su solicitud dentro de los plazos siguientes: a) Tratandose de la Jornada de Capacitacion Extraordinaria, a partir de la notificacion de la resolucion de sancion, lo que se acreditara con la MORDAZA de dicha resolucion o su registro en el Sistema Nacional de Sanciones por Infracciones al MORDAZA Terrestre o, de ser el caso, con el pago de la multa, lo que se acreditara con el registro del pago en el Sistema Nacional de Sanciones por Infracciones al MORDAZA Terrestre o la MORDAZA de la MORDAZA del recibo de pago. b) Tratandose del Curso Extraordinario de Educacion en MORDAZA y Seguridad Vial, en cualquier fecha con anterioridad al registro de los cien (100) puntos en el Registro Nacional de Sanciones por Infracciones al MORDAZA Terrestre. c) Tratandose del Curso de Educacion Vial para el Peaton, en cualquier fecha con anterioridad a la notificacion de la resolucion de inicio del procedimiento de ejecucion coactiva.

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